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Rebelión

La ‘mal llamada’ asamblea nacional constituyente, que ni es asamblea, ni nacional, ni menos aún constituyente anuncia que violará, o más bien continuará violando el estado de derecho. El año pasado en violación del numeral 1° del artículo 187 de la Constitución que reserva a la Asamblea Nacional la facultad de legislar en materias como la “creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta,…el capital…el valor agregado…” (numeral12 del artículo 156) publicó una supuesta ley ‘mal llamada’ “Ley constitucional que crea el impuesto a los grandes patrimonios”, que desde luego no es tal ley. Los funcionarios que participan en el proceso de imponer la aplicación de la ley están incursos en violación de la constitución y en uno o quizá en varios de los delitos contra la propiedad que tipifica nuestro Código Penal: robo, hurto, estafa, apropiación indebida etcétera, etcétera.

Ahora la ‘mal llamada´ anuncia que reformará el Código Orgánico Tributario, la Ley de Aduanas y la de Impuesto al Valor Agregado a lo que agrega el cobro de sanciones, tasas e impuestos en monedas distintas al bolívar (como el euro, el dólar y la falsa moneda denominada petro). Tales reformas no son válidas, son inconstitucionales por carecer de facultad para legislar la ‘mal llamada’; y la población debe oponer a esas leyes la resistencia pasiva, es decir, no cumplirlas, usando la vieja frase con la cual nuestros antepasados del tiempo colonial resistieron las arbitrariedades de los reyes de España: “se acata pero no se cumple”.

El lector debe saber que de acuerdo con nuestra constitución es el bolívar la moneda que sirve de base para la cancelación de todas las obligaciones pecuniarias (incluidos los impuestos), aun cuando las obligaciones figuren expresadas en moneda extranjera, salvo que quienes hayan contratado expresamente hayan estipulado el pago efectivo en una determinada moneda extranjera.

La República no carece del derecho a exigir el pago en una moneda distinta del bolívar para solventar las obligaciones de los ciudadanos con ella generadas en virtud de un contrato, pues es el mismo contrato el que permite exigir el pago en otra moneda distinta, pero no puede imponerle a la ciudadanía la obligación de pagar en moneda distinta del bolívar obligaciones para con ella que no tienen un origen contractual, como son los impuestos, tasas y contribuciones, porque eso significa una violación del artículo 318 de la Constitución que establece que la unidad monetaria de la República es el bolívar; y que la competencia monetaria se ejerce a través del Banco Central, entre cuyas funciones figura preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria, es decir, del bolívar.

Después de haber destruido el valor del bolívar y haberlo sustituido por ‘el bolívar fuerte’, luego destruir el ‘bolívar fuerte’ y sustituirlo por ‘el bolívar soberano’ y aniquilar éste, pretende vendernos el petro y obligarnos a pagar en divisas que sustrajeron del BCV para complacer los caprichos de Chávez y de toda la corte de funcionarios que cumplen el próximo 2 de febrero 21 años en ejercicio del poder. Resistencia, Resistencia y más resistencia ante el asalto que se pretende perpetrar.

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