Polémica jurídica
“Gobierno no significa razón. No significa elocuencia. Gobierno significa fuerza, y como el fuego, es un sirviente peligroso y un amo temible.”
Jorge Washington,
1797.
OJO MAGISTRADO NELSON CHACÓN QUINTANA.- Nos llegó la información de que están presionando a un ciudadano relacionado con la Causa 1971 que se ventila en la SALA Nº 9 de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Al referido ciudadano le han garantizado que el Magistrado Chacón Quintana, a pesar de estar prescripta la acción penal, revocará la sentencia que le favoreció en la instancia inferior. Los sujetos, por no decirles mafiosos, extorsionan al referido ciudadano, diciéndole que si no se baja bien de la mula, el Magistrado NELSON CHACÓN QUINTANA le pasará su correspondiente factura a la hora de decidir. Esta denuncia la hemos recibido y procesado, solo como un alerta, puesto a que podemos garantizar que esos sujetos están mal utilizado el buen nombre del Magistrado Chacón, para ganar dinero fácil. Nos consta que el Magistrado NELSON CHACÓN QUINTANA goza de buena reputación en el Poder Judicial, por eso lo alertamos y lo conminamos a que investigue.
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EN EL BNC HAY MAGOS PARA CAPTAR LOS DINEROS OFICIALES DE ARAGUA.- El Superintendente de Bancos y Otras Instituciones Financieras, Trino A. Díaz, debe ordenar una investigación sobre la extraña movilización del dinero del gobierno del estado Aragua hacia el Banco Nacional de Crédito, manejado en esta entidad por el ciudadano de origen árabe, Anuar Halaba, socio de José Maria Nogueroles. El caso es que Halabí estuvo primero al frente del Banco Caracas y todo el dinero de los entes oficiales con asiento en el estado Aragua, se fueron hacía él. Luego el Banco Caracas fue adquirido por el grupo español Venezuela y Halabí, con el aval de su socio, el gobernador Didalco Bolívar, siguió captando los dineros oficiales para sus nuevos jefes. De la noche a la mañana, Halabí se cambió de banco. Fue contratado por Víctor Vargas Irausquin, para que manejara en Aragua el BOD, entonces las cuentas oficiales comenzaron a cerrarse en el Venezuela y abrirse en el Occidental de Descuento. Sorpresivamente y cuando “El mago” José María Nogueroles estuvo de vuelta, es decir cuando se cumplió el plazo que le restringía actuar en el mercado financiero venezolano, Halabí traicionó al BOD y saltó al banco de Nogueroles, el Banco Nacional de Créditos (BNC), capitalizando todos los dineros de la Gobernación de Aragua, de las Alcaldías, y en fin, de todos los organismos oficiales, incluyendo algunos militares. Halabí es un árabe muy astuto, que a pesar de haber sido denunciado en el pasado reciente (por “corruptor y beneficiario de los dineros del Estado por su compadrazgo con el entonces gobernador adeco Antonio Aranguren”) el hoy gobernante aragüeño, Didalco Bolívar, este logró penetrarlo, al extremos que hoy por hoy Halabí es señalado como uno de los más importantes testaferros del gobernador Bolívar. Vale recordar la información que se produjo el lunes 5 de junio pasado, cuando: “Unos dieciocho millones de euros y dos millones de dólares, así como una impresionante colección de finas joyas, con relojes de las mejores marcas mundiales, valorada en varios miles de millones, fueron sustraídos por un grupo comando de la bóveda de seguridad privada del banquero ANUAR HALABI HARB, directivo del Banco Nacional de Crédito y socio de JOSÉ MARÍA NOGUEROLES. El extraño e insólito robo se escenificó en la madrugada de este lunes pasado en el pent house del edificio “Don Simón”, ubicado en la calle Central de la Urbanización La Soledad, al norte de la ciudad de Maracay, estado Aragua.” Eses escandaloso robo jamás fue denunciado oficialmente por ante los órganos de investigación criminal. El Gobierno Nacional puede constatar como todo el dinero oficial destinado al estado Aragua está siendo manejado por el BNC, cuya grosería se evidencia en la instalación de sedes dentro de edificaciones oficiales, como la Alcaldía de Girardot y en la Escuela Básica de la FAN. Allí queda eso.
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NEGADAS MEDIDAS CAUTELARES CONTRA ARTÍCULOS DE LA LEY DE IMPUESTO SOBRE ESPECIES ALCOHÓLICAS.- La Sala Constitucional del TSJ admitió el recurso de nulidad contra los artículos 14, 19 y 20 de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, publicada en la Gaceta Oficial Nº 38.279 de 4 de octubre de 2005, presentado por Cámara de la Industria Venezolana de Especies Alcohólicas (Civea), sin embargo en el mismo fallo se declaró improcedentes la solicitud de amparo cautelar y la medida cautelar innominada, solicitadas contra las referidas normas legales. El 18 de abril los apoderados judiciales de las sociedades mercantiles Francisco Dorta A. Sucesores C.A., Industrias Bravo & Cía S.A., Casa Oliveira C.A., Fernand Garlin Sucesores C.A., Tamayo & Cía S.A., Alnova C.A., Distribuidora Glasgow C.A., Compañía Anónima Ponche Crema, sucesora de Eliodoro González P. Sucesores, Complejo Industrial Licorero del Centro C.A. y de la Asociación Civil Cámara de la Industria Venezolana de Especies Alcohólicas (Civea), interpusieron una demanda de nulidad, por razones de inconstitucionalidad, conjuntamente con pretensión de amparo cautelar y, subsidiariamente a ésta, medida cautelar innominada, de los artículos 14, 19 y 20 de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas. Alegaron en su escrito, entre otras cosas, que el artículo 14 de la Ley impugnada es inconstitucional porque «no sólo establece un incremento desproporcionado e injustificado de las alícuotas correspondientes a la importación de las especies alcohólicas allí señaladas, apartándose de la intención del legislador contenida en la Exposición de Motivos de la referida Ley, como lo es, ajustar la cuantificación del impuesto a unidades tributarias en lugar de bolívares, sino que, además, el referido incremento se aplica exclusivamente a productos de origen foráneo, por lo que resulta violatorio de tratados internacionales y, en consecuencia, contrario al texto constitucional patrio y a normas legales de rango superior». Esgrimieron que debido a que la referida Ley establece una base imponible diferente según que la especie alcohólica sea de origen nacional o extranjera –siendo esta última mucho mayor, y por cuanto establece alícuotas impositivas más favorables para el alcohol etílico, cervezas y vinos nacionales que para las foráneas, se verifica un «trato desigual y discriminatorio entre productos de un mismo tipo, por el solo hecho de su origen, lo que se traduce en violación flagrante de tratados internacionales suscritos por el Estado Venezolano y, por ende de lo dispuesto en el artículo 153 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela…». RECURSO ADMITIDOS.- En primer término la Sala señaló en su sentencia que aún cuando el escrito de demanda fue suscrito tanto por los apoderados de las sociedades mercantiles referidas como por la apoderada de la Cámara de la Industria Venezolana de Especies Alcohólicas, «el libelo sólo fue consignado, ante esta Sala, por esta última, la cual, se dijo ya, según consta en autos, únicamente ostenta poder para la representación de la Asociación Civil Cámara de la Industria Venezolana de Especies Alcohólicas, pero no del resto de las demandantes», por lo que sin perjuicio de la facultad que tienen las referidas compañías de comercio, al igual que cualquier interesado para hacerse parte en los procesos de nulidad, «la Sala asume como parte demandante sólo a la Asociación Civil Cámara de la Industria Venezolana de Especies Alcohólicas (Civea)». Al pronunciarse sobre la admisibilidad de la pretensión de nulidad, la Sala a la luz de las causales de inadmisibilidad que preestableció el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, concluyó que por cuanto «no se encuentra incursa, prima facie, en las tales causales, la pretensión es admisible. NEGADAS LAS MEDIDAS CAUTELARES.- Sobre las pretensiones cautelares solicitadas se constató que «no se planteó, en lo que se refiere al peligro en la mora, la existencia de un perjuicio irreparable o de difícil reparación respecto de un derecho o interés propio de la parte demandante, esto es, de la Cámara de la Industria Venezolana de Especies Alcohólicas (Civea), ni siquiera de un interés corporativo representado por ésta, sino la vulneración de los derechos de cada una de las sociedades mercantiles a ella afiliadas, que son las que, en definitiva, fungen como contribuyentes, esto es, como sujetos pasivos de los tributos que regula la Ley cuya nulidad y suspensión temporal se solicitó y en cuyas esferas jurídicas recaerían los posibles perjuicios que se alegaron como de difícil reparación», es decir, no se cumplió el requisito del periculum in mora, por lo que resulta inoficioso pronunciarse sobre el resto y debe declarase la improcedencia de la medida cautelar. (Magistrado Ponente, Pedro Rondón Haaz. Exp. 06-0560. 19/07/2006)
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ENTRE OTRAS MUCHAS IRREGULARIDADES, EN UBA LOS POLICIAS VAN A CLASE ARMADOS HASTA LOS DIENTE. Según el aparte “g” del artículo 11 del Reglamento Interno de la Universidad Bicentenaria de Aragua, se expone a sanciones disciplinarias, incluida la expulsión, el “Que personalmente, o por interpuestas personas, introduzca o faciliten el ingreso al recinto universitario: armas de fuego, vehículos provistos de altos parlantes..”. El caso es que, a pesar de lo costoso de la matricula, en la UBA estudia una “chorrera” de funcionarios de la Policía de Aragua, entre ellos los Comisarios Didalco Bolívar (jr), Álvaro Castellano, y José Guerrero. Todos ellos violan la transcrita disposición, pues no solo entran a las aulas exhibiendo sus armas de “reglamento” al mejor estilo de “Juan Charrasqueado”, sino que además se hacen acompañar de otros funcionarios armados que son sus guardaespaldas y chóferes. Además, meten allí las patrullas, esas que no solo están provistas de sus respectivas cocteleras, sino además de altos parlantes. También esto lo hacen algunos efectivos militares. Contra ninguno de estos abusadores, actúan las autoridades universitarias. Ellos prefieren hacerse los “pendejos” y pagarlas con los “pendejos”… EN OTRO ORDEN de ideas, los estudiantes de esa universidad también ocupan nuestra atención para denunciar al profesor de Derecho Constitucional, Jacob Carrero, a quien le dice “40 y 20”, pues a él solo le pasan “las tiernitas”, a pesar de que no sepan nada. No le pasan ni las maduras ni los “chamos”, aunque sean unos genios. A estos últimos descaradamente les dice: “No se preocupen por venir a presentar, porque no tienen vida conmigo”…. EL CONSUMO DE DROGAS es esa casa de estudio, es otro de los graves problemas que enfrenta el estudiantado. Allí existe un área que se conoce como “Las Pirámides”, donde pareciera que es la zona permitida para el uso y abuso del consumo de drogas, frente a la mirada indiferente de los vigilantes…. Finalmente vamos hablar de los comedores, hoy por hoy invadidos por las moscas, debido a la insalubridad, tanto que la genialidad de los estudiantes ha popularizado el nombre de “El Mosquero Grill”, para referirse a esos sitios de “alimentación”. Así son y así están las cosas en la “billetenaria”, mientras que el “honorable” dueño Basilio Sánchez, para tratar de silenciarnos, lo que hace es amenazarnos con demandas. El Ministerio de Educación Superior tiene la palabra.