Opinión Nacional

Polémica jurídica

“Sé osado en contra de la injusticia, mientras tus piernas sean rápidas”

(Forges). Antonio Fraguas, humorista español.

MARISOL PLAZA: “ESTE COMUNISMO NOS VA A MATAR”. Nunca antes nuestro celular había sonado tanto como este fin des emana. Desde el sábado y hasta ayer domingo en la tarde recibimos llamadas desde la Isla de Margarita de amigos y lectores de esta columna, para informarnos de “derrape” que tenía en Playa El Agua, nada menos que la flamante Procuradora General de la República, abogada Marisol Plaza Irigoyen de Peña. A decir de nuestros informantes, ella celebraba su cumpleaños. Lo impresionante fue como lo celebró: Una comilona donde los exquisitos platos, por cierto muy exclusivos en esta época cuando la situación económica agobia, fueron langosta, langostinos, caviar y mero en diferentes preparaciones. A pesar de lo “privadito” del a celebración, hubo allí una especie de río de finos licores, como champañas de primera, como el exquisito francés Dom Perignon de 580 dólares; La Brut autentetica Veuve Cilcquot Ponsardin, así como, whisky escocés de 18 años de varias marcas, entre ellas botellas de Dimple 15 años, Buchanan’s 18 años estampillada original, y hasta Johnnie Walker Gold, Johnnie Walker Etiqueta Verde, Johnnie Walker Etiqueta Azul, con su respectiva agüita Perrier. No faltaron los vinos y finalmente aparecieron algunas botellas de Bailéis y Tiramisú italiano, como para ponerle fina semejante “hartazón”. Más de una vez y en medio de su alegría etílica y alzando su copa, se le escuchó decir a esta alta funcionaria del Estado: “Este comunismo nos va a matar”. A decir por los testigos presénciales, la jornada celebratoria arrancó poco antes de las 11:00 AM, cuando llegó la cumpleañera acompañada de un apareja a la que le dicen: “Los maracuchos”. Seguidamente llegó un cantante con una mini orquesta, que sin descanso le cantó exclusivamente a DOÑA MARISOL las melodías de su preferencia. Pasadas las 7:00 de la noche la representante judicial del a nación abandonó Playa El Agua con una “rolitranca e’ pea”, que sus guardaespaldas tuvieron que sujetarla para que no se cayera. Concluido el espectáculo, allí quedó encendida la llama de la indignación colectiva. Las críticas sonaron tan duro que llegaron a nosotros que estamos tan lejos de Margarita, esa bella perla caribeña que Dios nos regaló. Cada quién sacó su cuenta sobre lo que le costó a la República la celebración del cumpleaños de la socia de DON ISAÍAS Rodríguez Díaz, en es oque tantas veces hemos denunciado: La tribu judicial.

LA PODREDUMBRE EN PAJARITO.- Pajarito, donde funcionan los tribunales civiles está totalmente colapsado por la incapacidad misma de la edificación. La prueba esta afirmación la constituyen las gigantescas colas que a diario se producen allí, y que por cierto ha sido motivo de que mucha gente pierda sus juicios, indiscutiblemente que por cansancio. Allí también la podredumbre que allí expiden algunos tribunales agobia. Nadie se imagina cuantos negociados ocurren diariamente en “los Tribunales de Pajarito”. Mucha razón tienen quienes comparan ese edificio con un vulgar mercado persa, pero donde la mercancía son sentencias, autos, medidas preventivas, etc. Con propiedad podemos señalar que la justicia de la cuarta, que era extremadamente corrupta, quedó en pañales, en esta 5ta República. La tribus de: David, Otto Marín Gómez, Pedro Miguel Reyes, Alberto Pérez Marcano, entre otros muchos, realmente, aunque muy perversas, aparecen hoy a ojos del Foro, como inocentes, frente a la que han logrado montar Isaías Rodríguez, Marisol Plaza y Luís Velásquez Alvaray. En nuestras próximas entregas vamos a comenzar a puntualizar sobre el irregular y descarado manejo que hacen algunos en esos tribunales civiles. Por el bien del país y esta lucha que libramos por un Poder Judicial sabio, honesto y eficaz, no miraremos hacia atrás a la hora de señalar con nombre y apellidos a aquellos jueces, secretarios, alguaciles que hacen de las suyas en Pajarito. La matraca, la venta de sentencias, la extorsión y el chantaje, así como los bufetes de donde salen redactadas sentencias, lo vamos a denunciar. Ya verán como caerán algunos figurones.

ABOGADO TENDRA QUE RESPONDER POR ABANDONO DEL PROCESO. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ORDENO la remisión al Colegio de Abogados de adscripción de la representación judicial de la parte actora, de una copia de la decisión dictada (expediente Nº 03-2676, del 29/07/205) para que juzgue la pertinencia de la iniciación del procedimiento para el establecimiento de la responsabilidad disciplinaria correspondiente en contra del abogado Oscar Adolfo Rodríguez, con inscrito en el Inpreabogado y con Cédula de Identidad Nº 4.827.789. Según la decisión del TSJ, “el abandono del trámite expresa una conducta indebida del actor en el proceso, puesto que revela una actitud negligente que procura la prolongación indefinida de la controversia. El mencionado abogado es el apoderado judicial del ciudadano Nerio Antonio Mogollón Pérez, titular de la C.I Nº 6.430.948, en el juicio que originó esta decisión de la Constitucional, en ponencia del Magistrado Ponente: Pedro Rondón Haaz. Sostiene el fallo que “En efecto, esa conducta pasiva de la parte actora, quien afirmó la necesidad de la tutela urgente y preferente del amparo constitucional fue calificada por esta Sala como abandono del trámite, en sentencia Nº 982, del 6 de junio de 2001, (caso: José Vicente Arenas Cáceres), en los siguientes términos: “…, la pérdida del interés puede sobrevenir en el curso del proceso. Es lo que ocurre cuando el actor desiste de su pretensión, caso en el cual se otorga autoridad de cosa juzgada al desistimiento y se declara la extinción del proceso. También puede ocurrir que decaiga únicamente el interés en el procedimiento que se halla en curso, caso en el cual ocurre el desistimiento del procedimiento a que se refiere el artículo 266 CPC. Finalmente, puede ocurrir que el interés decaiga por la inacción prolongada del actor o de ambas partes, caso en el cual se extingue la instancia iniciada en protección de determinada pretensión. El CPC señala expresamente los supuestos que configuran la inacción prolongada y que dan lugar a la perención de la instancia. En el caso específico de la inacción prolongada del actor, señala el incumplimiento de ciertas obligaciones procesales como causa de la perención. En la Ley Orgánica de Amparo no consta una regulación semejante, pero en ella se prevé la figura del abandono del trámite, que expresa también el decaimiento del interés del actor, lo cual se deduce del paralelismo entre ese supuesto en la Ley especial y los supuestos de extinción de la instancia, a causa del incumplimiento de las obligaciones del actor, previstas en el artículo 267 del CPC. El abandono del trámite expresa una conducta indebida del actor en el proceso, puesto que revela una actitud negligente que procura la prolongación indefinida de la controversia. (…) En criterio de la Sala, el abandono del trámite a que se refiere el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo puede asumirse -entre otros supuestos, como la falta de comparecencia a la audiencia constitucional- una vez transcurrido un lapso de seis meses posteriores a la paralización de la causa por falta de interés procesal de la parte actora. Ello es producto del reconocimiento, a partir de signos inequívocos -el abandono, precisamente- de que dicha parte ha renunciado, al menos respecto a esa causa y a este medio procesal, a la tutela judicial efectiva y al derecho a una pronta decisión que le confiere la Constitución… (…) De conformidad con lo expuesto, la Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y,.con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.”. DECISIÓN.- Por las razones que anteceden, este Tribunal, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la sentencia objeto de consulta que dictó el Juzgado Superior de Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 29 de agosto de 2003 que declaró la terminación del procedimiento de amparo constitucional que se inició a instancia del ciudadano NERIO ANTONIO MOGOLLÓN PÉREZ y, en consecuencia, extinguida la instancia. Y se ORDENA la remisión de una copia de la presente decisión al Colegio de Abogados de adscripción de la representación judicial de la parte actora, para que juzgue la pertinencia de la iniciación del procedimiento para el establecimiento de la responsabilidad disciplinaria correspondiente.

RECORDANDO SU PASADO HUMILDE.- El Presidente del TSJ, Omar Mora Díaz, visitó la UEN «Sergio Medina», ubicada en Propatria, donde cursara sus estudios de primaria hace 46 años, en el marco de la entrega de donativos que efectuara su esposa Marizol Centeno de Mora, Presidenta de la Asociación de Damas del TSJ, continuando con la labor social que viene efectuando, desde que inició su gestión al frente de ACIDATRIS, con los niños de bajos recursos. Allí el Magistrado Mora Díaz dijo a los niños que como Presidente del TSJ «me siento muy orgulloso, es para mi un honor y una gran satisfacción encontrarme con mi escuela en la que estudié hace tantos años, recordé mis sueños de infancia y hoy más que nunca estamos construyendo un país mejor, con mayor justicia social, una sociedad donde todos seamos iguales, más prósperos y más felices». Recordó a los niños que las grandes personalidades que hoy dirigen los destinos de la Patria son de origen humilde, de los barrios y de los pueblos del país, «sí se puede, ¡viva el Sergio Medina!», concluyó.

El Presidente del TSJ, Omar Mora Díaz, junto a su esposa Marizol Centeno de Mora, Presidenta de la Asociación de Damas del TSJ, en la visita a la Unidad Educativa Nacional «Sergio Medina», ubicada en Propatria.(%=Image(8123914,»C»)%)

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