Opinión Nacional

Polémica jurídica

«… El Poder Judicial es, políticamente, el más débil de los poderes, porque la penetración partidista puede desnaturalizarlo, desfigurarlo y hasta bastardearlo si no se arbitran las fórmulas llamadas a solucionar tal situación.….»

HUMBERTO J. LA ROCHE
Quién fuera Magistrado de la Sala Político-Administrativa
de la Corte Suprema de Justicia de República de Venezuela.

SALA CONSTITUCIONAL DECLARÓ INADMISIBLE UN AMPARO PRESENTADO POR EL “CONDE DEL GUACHARO”. La Sala Constitucional, con ponencia del magistrado Francisco Carrasquero López, declaró inadmisible una acción de amparo presentada el pasado 22 de septiembre por Benjamín Rausseo, actuando en su propio nombre, en nombre de la organización con fines políticos Partido Independiente Electoral de Respuesta Avanzada (Piedra) y en defensa de los derechos e intereses difusos de los electores que participarán en las elecciones presidenciales que se celebrarán el 3 de diciembre de 2006, contra el uso de las captahuellas. El candidato presidencial impugnó el «Acuerdo tomado por la Directiva del Consejo Nacional Electoral en la Sesión de fecha 11-08-2006, anunciada a los medios de comunicación en fecha 11/08/2006, por su Presidenta Tibisay Lucena, que ordena el Uso de los Equipos de Información Biométrica (captahuellas), para las elecciones Presidenciales del día 3 de diciembre de 2006, con sujeción a las normas sobre el Procedimiento de Captación de Huellas Dactilares, publicado en la Gaceta Electoral Nº 276 de fecha 4 de noviembre de 2005».

Entre otros alegatos presentados por Rausseo indicó que las máquinas capta huellas constituyen una presión psicológica que no permite la expresión libre de la voluntad de los electores, porque se piensa que tales máquinas violan el secreto del voto y que las máquinas capta huellas son laboratorios móviles de dactiloscopia conectados a un laboratorio central de dactiloscopia del Gobierno. Además esgrimió que es contrario al derecho al respeto a la integridad psíquica, física y moral, someter a los electores, sin su consentimiento, a un examen de laboratorio a fin de determinar su identidad, por lo que solicitó que la presente acción de amparo constitucional fuera declarada con lugar y como medida cautelar innominada, requirió la suspensión de los efectos del acto impugnado

ADMITIDA ACCIÓN DE AMPARO PRESENTADA POR EL PPT CONTRA MANUEL ROSALES.- La Sala Constitucional, con ponencia de la magistrada Carmen Zuleta de Merchán, admitió una acción de amparo presentada el pasado 24 de octubre por José Albornoz, con el carácter de Secretario General de la organización política Patria Para Todos (PPT), contra la omisión del Consejo Nacional Electoral de pronunciarse en torno a la denuncia que introdujo ante ese órgano comicial, el 11 de septiembre de 2006, contra el candidato presidencial Manuel Rosales Guerrero. La Sala del máximo Tribunal negó la medida cautelar innominada pedida por Albornoz. Según esgrimió José Albornoz el 11 de septiembre de 2006 denunció ante el CNE al candidato Manuel Rosales, con ocasión a la violación de las normas sobre publicidad y propaganda electoral para las elecciones presidenciales del año en curso, al denunciar la usurpación de los colores del PPT por parte de Rosales. Adujo el accionante que pese a que los colores y símbolos que identifican al PPT están registrados y que son los que lo identifican con el elector a los efectos de manifestar su preferencia y participación política, tal aspecto «no parece tener ninguna importancia ni trascendencia para el Consejo Nacional Electoral», pues esgrimió Albornoz aun cuando «la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política exige la individualización con colores y símbolos de las Organizaciones Políticas que se inscriban ante el Poder Electoral», a la oportunidad de la interposición del amparo constitucional el órgano rector comicial no se ha pronunciado sobre las violaciones alegadas en la denuncia del 11 de septiembre de 2006, y que perjudican a su representada a escasos treinta (38) días para que finalice la campaña electoral. En vista de la situación Albornoz solicitó la tutela efectiva del derecho al uso exclusivo de los colores y símbolos que distinguen al PPT y se le restituya inmediatamente la situación jurídica infringida dada la magnitud del perjuicio que se le causa. Además pidió una medida cautelar innominada para que prohibiera al candidato presidencial Manuel Rosales, a su comando de campaña y a la organización política Un Nuevo Tiempo, del uso del color azul en la campaña electoral para las elecciones presidencial de diciembre de 2006 mientras el CNE define el fondo del asunto

JOSÉ ANTONIO RAMÍREZ ZAMBRANO ES UN JUEZ COMPROMETIDO CON LAS CONDUCTAS DELICTUALES DE ALGUNOS BANQUEROS. El Juez Suplente especial del Tribunal Superior Segundo en lo Civil del estado Lara, José Antonio Ramírez Zambrano, asentó una jurisprudencia, contraviniendo totalmente la del Tribunal Supremo de Justicia, en un juicio sobre esa usura que se denomina créditos indexados. El caso concreto se refiere a la causa: KP02-R-2.006-000811, donde el referido Juez Ramírez Zambrano, pisoteando una decisión de la Sala Civil del TSJ, no solo decidió arbitrariamente contra el demandado José Alberto Pinto Orozco, C.I Nº 7.385.367, sino que además le vulneró todos sus derechos constitucionales, y procesales al negarle sin explicación alguna, el legitimo derecho de acudir ante la instancia casacional. Declarando que “la apelación es inexistente”, se negó a oír la apelación vía natural.

Cuando Pinto Orozco planteó irse por la vía de hecho, también dijo: ¡NO tienes derecho! Con esa actuación arbitraria el referido juez le permite a Central Banco Universal, practicar la usura contra sus clientes. Como se sabe, los créditos indexados no solo han sido calificados de ilegales por el TSJ, sino de delictuales, e incluso se ha enmarcado la conducta de los jueces, que han alcahueteado esas vagabunderías, como causal de destitución. ¡Claro! JOSÉ ANTONIO RAMÍREZ ZAMBRANO, es un juez comprometido con los intereses de ese tipo de banqueros, a quien le alcahuetea sus conductas delictuales

¿QUIEN ES EN CENTRAL BANCO UNIVERSAL OMERO ANTONIO ISQUIEL? Nada menos que un banquero mañoso que en pocos años ha amasado una impresionante fortuna en el estado Lara. Registrando su historia y sus orígenes, nos encontramos que Isquiel comenzó como vendedor de alarmas de vehículos donde fracasó. Siguió como vendedor de libros, destacándose, porque solo vendió una sola colección, y a una tía. Gracias a que el economista Alberto José Pinto Aponte, le tendió una mano, hospedándolo en su hogar, donde le dio protección, alimentación y una vivienda digna y segura, además de buenos ejemplos de honorabilidad, respeto, honestidad, y una plataforma para que incursionara en el mundo financiero; sin embargo como el Diablo siempre tienta, Omero Antonio Isquiel, escogió el camino del mal, llegando a los extremos de morder a la mano que le dio de comer. En el año 1990, el economista Pinto Aponte, quien lo trataba como un hijo, logro incrustarlo en el mundo bancario al lograrle un puesto directivo en una conocida entidad bancaria con sede en el estado Lara. Utilizando el cargo en esa entidad financiera, para fines personales, en poco tiempo se enriqueció. De allí pasó a formar parte de la familia Gómez Sigala, en la directiva de Central Banco Universal. Ya convertido en un “honorable” banquero, arremetió contra su propia familia, la del economista Pinto Aponte, llegando incluso al extremo de la deslealtad, cuando utilizando uno de esos perversos créditos indexados, ordenó trasladar un Tribunal Ejecutor a la casa donde se le dio techo, comida, cariño y protección, para embargarla. Hoy ese juicio está vivo y desde aquí… seguiremos informando

CRÓNICA DE UNA DECISIÓN ANUNCIADA A FAVOR DE LOS BANQUEROS ALEJANDRO GÓMEZ SIGALA Y OMERO ISQUIEL.- Existe actualmente una causa, en el Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a cargo en este momento del juez suplente, José Antonio Ramírez Zambrano, expediente KP02-R-2.004-000951, referida a una acción de cobro de bolívares, como parte actora: Silfredo Pastor Pinto Torrealba, C.I Nº 7.355.490, contra la Sociedad Mercantil Promociones Tirreno, C. A., empresa representada por los banqueros Alejandro Gómez Sígala y Omero Antonio Isquiel, Presidente y Vicepresidente respectivamente de la mencionada sociedad mercantil. Esta causa, por decisión de la Sala de Casación Civil del TSJ, se repuso al estado de que otro tribunal superior de Lara, volviera a sentenciar, corrigiendo los vicios que motivaron la reposición. Fue así como recayó la responsabilidad en el Juez RAMÍREZ ZAMBRANO, quién fijo el 14/11/2006 para publicar su sentencia en el expediente marcado con la nomenclatura KP02-R-2.004-000951, referido a la causa que motiva esta nota, debido a que en todo el estado Lara se sabe de la estrecha relación entre el mencionado juez y los banqueros demandados Alejandro Gómez Sígala y Omero Antonio Isquiel, accionistas mayoritarios y Presidente de la Junta Directiva y Vicepresidente ejecutivo de la Central Banco Universal, y Seguros Los Andes, tanto que antes de que José Antonio Ramírez Zambrano fuese designado juez, era el Notario preferido por estos banqueros para hacer todas sus negociaciones, es decir, que ya hubo una relación económica entre ellos. Inclusive el apoderado de la demandada Promociones Tirreno, es Jesús Alberto Jiménez Peraza, quien se desempeñó simultáneamente como Juez Superior Agrario y Juez Rector en el estado Lara, y mantiene estrecha amistad con el Ramírez Zambrano, por lo que francamente estamos frente a una decisión anunciada en el expediente número: KP02-R-2.004-000951, que ha generado esta crónica. Si la regla fuera la moral, el juez José Antonio Ramírez Zambrano ya, por vía de la inhibición, se habría desprendido de esa causa. En vox populi que sentencia ya la hicieron en el banco y que el juez Ramírez Zambrano solo tiene que tomar el lapicero y firmarla. Así son las cosas es esta justicia revolucionaria.

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