Opinión Nacional

Polémica judicial

«Observar que las artimañas del zorro triunfan sobre la justicia del león, hace que el creyente dude de la justicia».

Terencio

¡INSOLITO! NAPOLEON BRAVO A JUICIO POR COMPARAR AL TSJ CON UN BURDEL.- Con ponencia de la jueza Rita Hernández, la sala 10 de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas ordenó reabrirle la causa penal al colega periodista Napoleón Bravo por el presunto delito de vilipendio. La causa se inició el 7 de septiembre del año 2004, luego de que el entonces presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Iván Rincón, denunció a Napoleón Bravo por considerar que unas opiniones suyas ofendían la majestad de dicha instancia. Durante una emisión de su programa “24 Horas”, que se trasmitía en Venevisión, a propósito del retardo procesal en el caso de Linda Loayza, el colega Bravo sugirió que el TSJ debería convertirse en un burdel. Como se recordará, el Tribunal 15 de Control de Caracas, decretó el sobreseimiento del proceso que se le seguía al colega periodista Napoleón Bravo. Ese fallo fue apelado por la fiscal 6° con competencia nacional, Luisa Ortega Díaz, quién solicitó anular ese sobreseimiento. Esto fue acogido por la jueza Rita Hernández, de la sala 10 de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, lo que significa que se abrirá un nuevo proceso judicial en contra del comunicador en un nuevo tribunal. La sentencia fue publicada el jueves pasado, aunque la decisión tiene fecha del lunes 10 de julio. La misma ya fue notificada a las partes y en este sentido el abogado Alberto Arteaga, defensor de Napoleón Bravo, señalo que el fallo se trata de una interpretación arbitraria de la ley. El jurista explicó que la motivación en la que se basó la decisión del juez René Moros, quien determinó el sobreseimiento de la causa, es que la solicitud de entablar un juicio por vilipendio debió venir de la Sala Plena del TSJ como órgano colegiado, y no de su directiva, en este caso el magistrado Iván Rincón. En este sentido, la Corte de Apelaciones justificó la reapertura del expediente con el argumento de que es suficiente la solicitud del director de la institución presuntamente ofendida, para iniciar un proceso. Con esto, según Alberto Arteaga, se viola el art. 151 del Código Penal. Además, señaló que también existe un problema de fondo. “¿Cómo es posible que en un país en donde se constituye la libertad de expresión como un derecho fundamental, la crítica sea un delito? ¿Con todos los problemas que existen en Venezuela, es posible que se persiga a los periodistas que lo único que hacen es denunciar el mal funcionamiento de las instituciones?”. Nota del redactor: Diferimos del criterio asentado por la jueza Rita Hernández, la sala 10 de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, en cuanto a que es suficiente la solicitud del director de la institución (TSJ), presuntamente ofendida, para iniciar un proceso. El artículo 152 del Código Penal es suficientemente claro, cuando establece que “El enjuiciamiento por los hechos de que hablan los artículos precedentes no se hace lugar sino mediante requerimiento de la persona o cuerpo ofendido, hecho por conducto del Representante del Ministerio Público, ante el Juez competente.” A nuestro entender, el cuerpo presuntamente ofendido es el Tribunal Supremo de Justicia y por tanto, este es un cuerpo colegiado, lo que indica que es la Sala Plena, la que debió solicitar el juicio por vilipendio y no el director del TSJ. Sin embargo, debemos recordar que la revolución interpreta la Ley, según su conveniencia. No solo manifestamos nuestra solidaridad con el colega Napoleón Bravo, sino que nos comprometemos a suministrar toda la información que poseemos sobre los múltiples dramas y tramas de amor y dolor que tienen su asiento en los confortables despachos de importante Magistrados del TSJ. Muy pronto verán que el colega Napoleón Bravo se quedó corto cuando, simplemente, comparó el Alto Tribunal con un lupanar.

SENTENCIADO A 10 AÑOS DE PRISIÓN OFICIAL DE LA GN POR DELITO DE TRÁFICO DE DROGAS. A 10 años y 6 meses de prisión fue sentenciado por el Tribunal 4° de Juicio del estado Vargas, el capitán de la Guardia Nacional, Luís Ramón Figueroa Sánchez, por la comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas con ocasión de un decomiso ocurrido en agosto de 2001. El Juzgado condenó al efectivo militar de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la ley vigente para el momento de los hechos, actual artículo 31 de la nueva Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. El fiscal 3° del Ministerio Público, con competencia Nacional, Marcos Alvarado, presentó 29 elementos de prueba entre testimoniales y documentales, que permitieron la sentencia del capitán. Esta fue la segunda oportunidad en la que se realizó el juicio, pues el capitán Figueroa Sánchez resultó absuelto por dictamen del Tribunal 6° de Juicio del estado Vargas el 04 de agosto de 2003. En ese mismo acto, el Juzgado condenó a los ciudadanos de nacionalidad colombiana Adriana Rodríguez Estupiñán y Darling Doney Peñaranda Hernández. El oficial de la Guardia Nacional fue acusado por estar relacionado con el decomiso de 9 kilos 229 gramos de heroína negra, ocurrido el 30 de agosto de 2001, en dos hoteles del estado Vargas. En esa ocasión fueron aprehendidos Rodríguez Estupiñán y Peñaranda Hernández, mientras el oficial se puso a derecho posteriormente, en atención a una orden de aprehensión solicitada en su contra.

16 AÑOS Y MEDIO DE PRISIÓN PARA DISTINGUIDO DE LA PM POR HOMICIDIO. El Tribunal 7° de Juicio del área metropolitana de Caracas sentenció a 16 años y 6 meses de prisión al distinguido de la Policía Metropolitana, Luís Alberto Torres Montilla, acusado por el homicidio de Sandy José Rojas Medina, ocurrido el 29 de mayo de 2004. El Tribunal dictó la sentencia contra el funcionario policial activo por los delitos de homicidio calificado cometido con alevosía y uso indebido de arma de fuego. Durante el juicio, que se inició el pasado 31 de mayo, la fiscal 39 nacional, Turcy Simancas, ofreció los diferentes medios de pruebas, entre estos testimonios de expertos y testigos presénciales del homicidio del joven de 22 años; además, de las pruebas técnicas, como la comparación balística, planimetría y análisis de laboratorios. Tras la presentación de esos elementos se pudo demostrar que no hubo enfrentamiento policial con la víctima, quien recibió un tiro por la espalda. Torres Montilla se encontraba privado de libertad desde el 10 de agosto de 2004, cuando el Tribunal 40 de Control de Caracas, en audiencia preliminar, admitió la acusación presentada por el Ministerio Público y acordó el inicio del juicio oral. El homicidio de Rojas Medina, quien era estudiante de Administración para el momento de los hechos, ocurrió en la entrada de su residencia ubicada en la calle Los Alpes en el sector El Cementerio.

ACUSADO HOMICIDA DE LA ASISTENTE DEL DIPUTADO AMELIACH. Ante el Tribunal 5 de Control del estado Carabobo la Fiscalía presentó acusación formal contra Jean Carlos Romero Verdugo, sindicado de ser el homicida de Luisa César Coronel, asistente del diputado Francisco Ameliach, hecho ocurrido el 26 de mayo de 2006 en la entidad. La fiscal 11 del estado Carabobo y la auxiliar 60 Nacional, Yolanda Sapiaín y Beremig Rodríguez, respectivamente, acusaron a Romero Verdugo por los delitos de cooperador inmediato en el delito de sicariato, previsto en el artículo 12 en concordancia con el 17 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada en relación con el artículo 83 del Código Penal; además del delito de asociación para delinquir establecido en la misma Ley, todos ellos con relación a la occisa. Con respecto a María Dolores Coronel, madre de Luisa César, al imputado se le acusó de cooperador inmediato en el delito de homicidio calificado en grado de frustración, según el artículo 406 ordinal primero en concordancia con el 80 en su última parte y 83 del Código Penal. La Fiscalía fundamentó su acusación en más de 90 elementos de convicción, entre ellos experticias técnicas, testimoniales y documentales. La representante fiscal expresó que “el Juzgado 5 de Control del estado Carabobo había establecido que Romero Verdugo permaneciera recluido en la sección regional de la Disip durante la fase de investigación, pero ya culminada la misma no se descarta sea trasladado a Tocuyito”. El imputado fue aprehendido cuando funcionarios de la policía estadal de Carabobo practicaban allanamientos en Chirgua, sector Bejuma del estado Carabobo. Actualmente Sapiaín solicitó cuatro órdenes de aprehensión contra los autores intelectuales y materiales del caso.

SE CREE QUE CON LA DESIGNACIÓN DE JUECES DE CONTROL EN LOS SITIOS DE RECLUSIÓN SE SOLVENTARÁ EL PROBLEMA CARCELARIO.- A juicio del Magistrado Omar Mora Díaz, Presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el problema carcelario en el país, originado por el retardo procesal en los tribunales de Control del área penal, está siendo atacado en sus raíces con creatividad y voluntad política. “Estamos instalando tribunales de Control en los centros carcelarios y si existe la necesidad de crear jueces itinerantes, y lo haremos”. Dijo que con estas medidas, el Tribunal Supremo de Justicia le está dando prontas respuestas al grave problema penitenciario que se ha presentado en las distintas cárceles del país. Se cree que con la designación de jueces de Control en los sitios de reclusión, donde se han presentado retardos procesales, origen de la huelga de hambre, el problema se solventará…. Nosotros creemos que NO.

CENSO DE RECLUSOS SE LLEVA A CABO TANTO EN LA CÁRCEL DE TOCORÓN COMO EN EL RETEN ALAYON DEL ESTADO AGUA.- El Circuito Judicial Penal del estado Aragua adelanta el proceso de revisión de las causas de los reclusos del Centro Penitenciario de Tocorón y del Centro de Atención al Detenido, con sede en el barrio Alayón, para levantar un diagnóstico de la situación carcelaria en la región con respecto a los retardos procesales. El presidente del Circuito Judicial Penal de Aragua, Juan Luís Ibarra, indicó que a propósito de las solicitudes hechas por algunos reos en cuanto a la celeridad procesal, se agilizó este proceso de revisión de causas por parte del Poder Judicial. Ibarra señaló que verificarán el estatus de las causas de los internos para dar una respuesta oportuna, eficaz y transparente a las personas que se encuentran privadas de libertad. Destacó que el censo se lleva a cabo tanto en Alayón como en Tocorón, donde los funcionarios judiciales revisan cada uno de los procesos en los cuales pudiera haber algún tipo de retardo bien sea por parte del tribunal o por parte de la Fiscalía. Una vez culminada la evaluación en todas las cárceles del país el Poder Judicial tomará las acciones correspondientes en cada caso. Sin embargo, adelantó que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) tiene la mejor disposición de contratar jueces itinerantes para reforzar la plantilla de los tribunales, a los fines de dar una respuesta inmediata a los planteamientos de los penados.

BRUJERÍAS EN EL PALACIO. Algunos jueces y juezas siguen con sus practicas “brujéricas” en el Palacio de Justicia de Caracas. Allí no descansan en hacer actos rituales de brujería y santería. Ayer más de uno nos llamó para decirnos: “Yo no hago eso, porque soy honorable, pero fulano, perencejo y sutanejo me consta que lo hacen.” Hemos dicho en reiteradas oportunidades que respetamos las creencias de cada cual, pero con lo que no podemos estar de acuerdo jamás, es que quienes tienen la delicada tarea de administrar justicia practiquen esos rituales en sus sitios de trabajo y menos para pedirles a las “Cortes Celestiales” hechizar o hacer maldades contra otros, especialmente sus superiores, y mucho menos para pedirles opinión o “luz”, sobre como deben sentenciar algún caso particular. Eso nos parece realmente insólito. Esos jueces que nos dicen no estar metidos en ese asunto, lo que deben hacer es aportar su granito para que se acaben de una vez por todas, esos diabólicos rituales, sobre todo donde se prenden velones, se fuman tabacos y en impresionantes rituales se sacrifican inocentes animales, como gallinas y gatos.

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