Opinión Nacional

Polémica judicial

«Es interés de todos que la Justicia sea impartida por jueces imparciales»

Francesco Carnelutti.

En su impresionante ensayo.

“Las miserias del proceso penal”.
32 FUNCIONARIOS POLICIALES DEL ESTADO ARAGUA CITADOS COMO IMPUTADOS POR LA FISCALÍA. En condición de imputados, por su presunta participación en casos de los ajusticiamientos, ocurridos en el estado Aragua, 32 funcionarios de diferentes organismos de seguridad del estado Aragua fueron citados por la Fiscalía. Estas nuevas imputaciones son consecuencia del refuerzo a las investigaciones por parte de un grupo conformado por fiscales nacionales y del Área Metropolitana de Caracas, con competencia ampliada, quienes han logrado identificar a 32 funcionarios de las policías estadal, municipales, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) y de la Guardia Nacional, a quienes se les envió las citaciones para imputarlos, según informó el departamento de prensa de la Fiscalía General de la República en un boletín. Las estadísticas sobre presuntos casos de enfrentamientos y ajustamientos, ubican al estado Aragua en el quinto lugar en el número de casos (351) y en el cuarto lugar respecto a víctimas identificadas (432) y funcionarios involucrados (538). En el estado Aragua se han acusado a 75 funcionarios policiales, imputado a 100, privados de libertad a 32 y condenado a otros 6 policías a penas que oscilan entre los 20 y 27 años de presidio.

INADMISIBLE ACCIÓN PRESENTADA POR DE FALCÓN.- La Sala Político-Administrativa del TSJ, en ponencia de la Magistrada Evelyn Marrero Ortíz, declaró inadmisible el «conflicto de autoridades» ejercido por Abelardo Aular y Reyes Mena, actuando en su condición de Concejales del Municipio Falcón del estado Falcón. La acción fue presentada por dichos Concejales con el fin de que Rafael Mercado fuera declarado como autoridad legítima «para el cargo para el cual fue designado por decisión del Concejo Municipal: Alcalde del Municipio Falcón (sic) del Estado Falcón», según señalaron en su escrito. Indicaron que el pasado 22 de marzo Rosa Romero Coronel, actuando en su propio nombre, presentó ante el Concejo Municipal del Municipio Falcón una solicitud de pérdida de la investidura del Alcalde del mencionado Municipio, José Mújica Herrera. El Concejo en Sesión del 15 de abril de 2005, luego del respectivo debate con la mayoría absoluta de sus miembros, dictó el Acuerdo N° 13/2005 por medio del cual fue declarada la pérdida de la investidura del Alcalde, Mújica Herrera «por haber infringido (…) lo establecido en el numeral 3 del artículo 67 ejusdem, en atención a la designación de este como Presidente de la Junta Provisional para asumiera (sic) la conducción, el funcionamiento y administración del matadero municipal». En esa misma Sesión la Municipalidad designó como Alcalde Encargado al Concejal Rafael Mercado.

Sin embargo, alegaron, que el José Mújica se ha negado a entregar el despacho mediante la respectiva acta y obstaculizando al Alcalde encargado, por lo que el Municipio Falcón cuenta con 2 Alcaldes «lo que trae como consecuencia que esta es una situación de anormalidad que afecta al Municipio en cuanto a la incertidumbre que existe en la población de quien es el Alcalde o autoridad legítima…», indicaron. El 24 de abril de 2005, José Mújica Herrera interpuso ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, un recurso de nulidad contra la decisión dictada por el Concejo Municipal del Municipio Falcón del Estado Falcón mediante la cual fue declarada la pérdida de su investidura y que ese Tribunal dictó una medida cautelar de suspensión de efectos. Entre otras cosas, pidieron a la Sala Político-Administrativa que se declare como autoridad legítima a Rafael Mercado «para el cargo para el cual fue designado por decisión del Concejo Municipal: Alcalde del Municipio Falcón (sic) del Estado Falcón». Pronunciamiento de la Sala: La Sala Político-Administrativa después de declarar su competencia para conocer de la acción, precisó en su fallo que «en el presente caso la pretensión de la parte actora se encuentra dirigida a obtener la resolución de un asunto que no constituye un verdadero conflicto de autoridades, por el contrario, se refiere a una controversia relacionada, entre otras cosas, con el análisis de las competencias legalmente atribuidas al Concejo Municipal, así como el procedimiento administrativo cumplido por éste para declarar la pérdida de la investidura y realizar la designación del Alcalde Encargado, lo que corresponde ser examinado por la jurisdicción contencioso administrativa a través de los recursos ordinarios previstos en la Ley». Agrega la sentencia que de acuerdo a los alegatos de los actores, el Alcalde renuente cuenta con una protección cautelar dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso administrativo de la Región Centro Norte, «lo que permite presumir que el mencionado ciudadano se encuentra en el ejercicio de sus funciones como Alcalde, no pudiendo considerarse que exista una situación de anormalidad institucional que conlleve a la incertidumbre en la población acerca de quién es el Alcalde del Municipio Falcón del Estado Falcón, razón por la cual debe forzosamente declararse inadmisible la acción interpuesta, de conformidad con el aparte 5 del artículo 19 de la Ley Orgánica del TSJ de la República Bolivariana de Venezuela». (EXP. Nº 2005-4079.- 26/07/2005)
A MANUITT, YA COMO QUE NO LE SALEN LOS MUERTOS. Un grupo de familiares de los presuntos ajusticiados en el estado Guárico se muestran incansables al exigirle a la Fiscalía general de la República que se ubiquen a los responsables de esas muertes, y que la justicia prevalezca en la resolución de estos casos. Ellos piden al presidente de la República que los ayuden en la tarea que se han propuesto de lograr la destitución del gobernador guariqueño, Eduardo Manuitt. Por su parte el presidente de la comisión de Política Interior del parlamento, Nicolás Sosa, ha venido denunciando que el Gobierno Nacional no se ha interesado en los ajusticiamientos sucedidos en Guárico, por concentrarse únicamente en los sucesivos procesos comiciales y los acuerdos políticos que se han llevado a cabo. «No puede ser que por los cálculos electorales hoy ninguno esté asumiendo una respuesta a las víctimas de Guárico. Es necesario que se le dé una respuesta, no podemos darle celeridad a temas menos relevantes a este que tiene que ver con la vida», ha dicho Sosa, pero no ha encontrado eco, ni siquiera en la diputada Iris Valera, quién arrancó con muchos bríos en este caso, pero que de pronto se apagó. ¿quién sabe porque? ¿Realmente será que Manuitt se salvó de esta?
Declarada inadmisible reclamacion de 6 mil millones.- La Sala Político-Administrativa del TSJ, declaró sin lugar la apelación ejercida por Virgilio Torrealba López y Virgilio Torrealba Francisquez, contra un auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de la misma Sala, mediante el cual se declaró inadmisible una demanda interpuesta por los mencionados ciudadanos contra el Municipio Autónomo Baruta del estado Miranda. En consecuencia quedó así confirmada en todas sus partes la decisión apelada. Se trata de la apelación contra el auto dictado el 4 de agosto del 2004, por el Juzgado de Sustanciación de la Sala, que declaró inadmisible la demanda intentada por ellos el 02/06/2004, contra el Municipio Baruta, derivada de los daños morales que alegaron haber sufrido por el fallecimiento de Corina Torrealba Francisquez, en el incidente suscitado con ocasión del «…desbordamiento de la Quebrada La Guairita que se encuentra bajo la guarda de la demandada…», según indicaron, hecho ocurrido el 8 de octubre de 2000. La demanda fue estimada en la cantidad de seis mil millones de bolívares que comprende la suma de Bs. 4.000.000.000,00 correspondiente a la indemnización de Virgilio Torrealba López, en su carácter de padre de la víctima y Bs. 2.000.000.000,00, por concepto de la indemnización reclamada por el hermano de Corina Torrealba y que fue declarada inadmisible. 03/08/2005. Exp. Nº 2004-0675.

CARTA RECIBIDA: ORIGEN DEL NOMBRE DEL HIJO DE ISAIAS RODRIGUEZ. Amigo periodista José Rafael Ramírez, he leído con mucha atención las referencias que ha hecho de la tribu que ha venido montando el Fiscal Isaías Rodríguez y Marisol Plaza. No es mucho lo que al respecto puedo aportarle, pero, como vieja aragüeña que soy, y conociendo bien a Isaías, quiero informarle, para que a su vez usted se lo informe a sus lectores, que para la fecha cuando le nació Leonardo Andrés a nuestro revolucionario Fiscal General Isaías Rodríguez, con la que fue su esposa, Yolanda Rojas Urbina, él era orgulloso militante activo del partido Acción Democrática (AD) y pertenecía a la corriente que para entonces lideraba el ex Presidente Rómulo Betancourt. Tan cierto es esto, que la inspiración para ponerle el nombre a ese muchacho nacido el 06/05/1967, fueron los líderes adecos Leonardo Ruiz Pineda y Carlos Andrés Pérez. Luego, al dividirse AD, Isaías Rodríguez pasó a la filas del MEP, de donde saltó al MAS, siendo incluso Procurador General del estado Aragua en el gobierno del masista Carlos Tablante, cargo que desempeñaba aun el 4 de Febrero del 92, (4-F 92) cuando mi Comandante se alzó en armas. Ese día Isaías le redactó a Tablante el comunicado mediante el cual en Aragua se condenaba la intentona golpista, como ellos la calificaron. Eso es fácil de constar porque está publicado en los periódicos de la época. Posteriormente Isaías rompió con Tablante y el MAS y, al ser liberado Hugo Chávez para aparecer en escena política nacional, el hoy Fiscal general se vistió de rojo y saltó a la cúspide del poder amparado por Luis Miquelena y compañía. Así son la cosas, amigo. Finalmente te pido que ni de vaina vayas a publicar mi nombre.

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