La sujeción
Según dijera Fray Luis“como decíamos ayer”: que la Sala Constitucional del TSJ dictò un fallo estableciendo que no hay necesidad del juramento es la consecuencia natural de la sujeción del Poder Judicial al Ejecutivo. También dijimos que era una sujeción autoinfligida. Esta última afirmación hoy no lo vemos tan clara.
Si nos resulta claro que la doctrina Maduro ha madurado y que la magistrada ha fallado. Sin embargo, todavía falta un paso más, el Poder Ciudadano debe decidir, conforme al número 3 del artículo 11 de la Ley que lo rige si ese fallo implica, que la Sala o que la Magistrada ponente ha actuado con grave e inexcusable ignorancia de la Constitución de la RBV, de la ley y del derecho.
El Poder Ciudadano dirá que en la historia de Venezuela no ha habido una decisión donde quede mejor recogida la letra y el espíritu de la Constitución; por lo que presumo que la Universidad Bolivariana de Venezuela procederá a otorgar el título de doctor en derecho al señor Maduro, visto que son sus luces jurídicas las que iluminaron el camino de la magistrada ponente; y que en consecuencia, la realización de estudios para obtener la licenciatura en derecho resulta un formalismo, como lo es el juramento, a pesar de que la ley de la materia dispone que es previo al ejercicio de las funciones y que el mandato dado para ejercer la presidencia en la elección del año 2006 expira el mismo día 10 de enero de 2013 y no es prorrogable, como tampoco el juramento de cumplir la Constitución que fue dado por el término del período que fenece.
La verdadera consagración de la doctrina del TSJ, pero sobre todo la de Maduro que ejerció el cargo de Canciller, será sin duda cuando la misma sea acogida internacionalmente, lo que seguramente será muy pronto en el “imperio mismo” cuando el recién re-electo presidente Obama entre a desempeñar las funciones de Presidente en el nuevo período sin formalismo, como debe ser.
No me resta sino explicar porque no veo claro lo de la sujeción auto infligida. La respuesta es que la sujeción de un poder a otro implica la existencia de más de uno, lo cual no existe sino en el texto de la Constitución, en la realidad no hay separación de poderes es una sola estructura agavillada que lo mismo grita desde la sede del TSJ “uh, ah, Chávez no se va”; que “y si se va, nosotros no”. Con razón los obispos de Venezuela anticipándose a lo que ocurriría lo declararon moralmente inaceptable. Hay que rescatar la vigencia de la Constitución y es el deber de todo ciudadano investido o no de autoridad.