Juez decide revisión de medida cautelar detención domiciliaria de Kamel Salame
A cumplirse los tres días el día lunes 25 de febrero de 2013 de la celebración de la audiencia especial por razones humanitarias la defensa técnica del empresario y ex candidato Alcalde de San Felipe del Edo Yaracuy. kamel Salame integrada por los abogados: el Dr. Jameiro Aranguren y el Dr. Malquides Ocaña exigen a la Juez Quinta de Juicio Circuito Judicial Penal del Estado Aragua Mary Carmen Amarista que se Respete y Acate la voluntad expresada el presidente de la Republica en funciones Hugo Chávez Frías en el mes diciembre del 2012.
En revisar los casos por razones humanitarias debidamente comprobado para el otorgamiento de Medidas cautelares que permita a lo justiciable garantizarle el derecho a la salud y a compartir con sus familiares, esta trágica situación. Asimismo le solicitan al tribunal de la causa aplicar el criterio vinculante de la Sala de Casación Penal que dejo como legado la magistrada fallecida la Dra. Ninoska Queipo Briceño en sentencia Nº 102 de fecha 03-2011 que establece el criterio del cual según el principio de notoriedad judicial, retardo procesal evidente, condiciones de salud, situación infrahumana de los centros penitenciarios, donde esta incluido “INJUBA” del Estado Barinas donde se encuentra recluido nuestro defendido. Al día de hoy se conoce la realidad social y que DEBE SER ACATADA POR TODOS LOS JUECES DE LA REPUBLICA. “…‘Notoriedad judicial: son hechos conocidos por el juez en razón de su propia actividad o procesos anteriores.”
Los abogados defensores expresaron que la exhortación presidencial y de la sala de casación penal para revisar casos de retardo evidente del caso Kamel Salame donde llevar casi 5 años sin juicio debe ser juzgado en unas condiciones por su estado de salud la cual está debidamente grave que padece y fue certificado en la audiencia especial de revisión de medida humanitaria que sé celebró el día 20 febrero del 2013 en este tribunal en presencia de los fiscales 31 de competencia nacional Cristian Moreno y Guillermo Moreno Contreras Fiscal 61 de competencia nacional quienes antes la juez, la defensa técnica y el médico forense el Dr. Iván Nieves se verificaron los principios de inmediación y contradicción a ratificarse el informe del medico forense que se demostró el estado grave de salud del acusado. Por lo que no existe razones constituciones y legales para que se otorgue la medida cautelar detención domiciliaria por razones de salud, para que sea intervenido quirúrgicamente de urgencia y atienda el post-operatorio en su residencia, solo la venga, el odio y la maldad harían que se niegue tal medida, cumplido los extremos legales ya que el exhorto del presidente en funciones: no era dirigido ni a Maduro ni a Cabello sino a los operadores de justicia jueces y fiscales