Opinión Nacional

Injerencia e intervención

Un proceso electoral irregular, calificado por muchos de «fraude continuado», avalado por las instituciones del Estado, debía concluir en medio de dudas y reclamos.

La incertidumbre continúa, aún más ante las declaraciones de la presidenta del CNE de las que se deduce que los resultados de la auditoria, sobre la cual se supone que había un acuerdo, serán favorables a Maduro.

Dentro se esperaba que las instituciones secuestradas por el Ejecutivo hiciesen todo para favorecer la candidatura oficialista. Fuera se suponía lo que sucedió. Es decir, que algunos gobiernos se pronunciasen, unos a favor de las irregularidades, otros a favor del respeto a las reglas.

El «reconocimiento prematuro» de Maduro por algunos y la exigencia del respeto a las reglas y la voluntad popular por otros obliga a revisitar algunos conceptos y principios de Derecho Internacional. Me refiero a la soberanía, entendida como el poder del Estado para utilizar libremente su territorio y para ejercer autoridad sobre las personas que se encuentran bajo su jurisdicción, y a la no injerencia en los asuntos internos de los demás Estados, expresiones reconocidas por el Derecho Internacional y recogidas en la Carta de la ONU.

Aunque los gobiernos albistas y asociados no lo entiendan, el mundo tiene un camino, y ningún régimen logrará cambiar el rumbo de las cosas que se traducen, en este contexto, en el pleno respeto de los derechos humanos y de las libertades. Un logro alcanzado tras siglos de sufrimiento y reflexión.

Estos «objetores persistentes», forajidos para muchos, deben entender que la sociedad internacional sufre cambios permanentemente, las relaciones internacionales evolucionan y, ante esas realidades, el Derecho Internacional se transforma. Ya no hablamos de una sociedad internacional integrada solamente por Estados. Las organizaciones internacionales, la sociedad civil, la comunidad internacional en su conjunto actúan hoy en un mismo espacio. Las relaciones entre los distintos sujetos no son simplemente de cooperación, sino que en ese tránsito que se experimenta hacia la constitución de una comunidad internacional, en la que prevalecen los intereses comunes, esas relaciones se basan en la solidaridad.

Hoy podemos hablar de un Derecho Internacional distinto, más objetivo, en el que la voluntad de los Estados cede ante un orden público internacional en formación, integrado por normas y principios superiores que interesan a la comunidad. De allí, las nuevas fuentes del Derecho; nuevos conceptos, principios y normas adaptados a esa realidad.

La comunidad internacional, el patrimonio común de la humanidad, son sólo algunos de esos conceptos que surgen ante esa nueva realidad.

El surgimiento del individuo como objeto y sujeto de Derecho Internacional abre el espacio a los derechos humanos y a su naturaleza superior. No puede ningún Estado desconocerlos, aunque no lo haya suscrito formalmente. Se trata de derechos inherentes al hombre que nadie puede despreciar. Surgen derechos humanos nuevos, uno de ellos el derecho de vivir en democracia, de elegir libremente las autoridades y decidir el destino sin interferencia de ninguna especie, sea nacional o externa.

El «reconocimiento prematuro» que los «objetores persistentes» han hecho a Maduro como Presidente electo es una lamentable y peligrosa «injerencia externa» en nuestros asuntos internos, una bofetada a los venezolanos y a las instituciones nacionales. Distintamente, el llamado al diálogo, al recuento de votos, al respeto a la voluntad popular expresado por otros gobiernos constituye una «intervención legítima».

Debemos distinguir la «injerencia externa», la de albistas y socios, contraria al Derecho Internacional (artículos 2-5 de la Carta de la ONU), de la «intervención legítima» de algunos gobiernos democráticos y de instituciones internacionales (OEA, ONU, Unión Europea).

La «soberanía» no es más la «soberanía» que pretenden los albistas y los regímenes totalitarios en general, ni la «intervención legítima» es «injerencia en los asuntos internos».

La protección de los derechos humanos, de la democracia, en especial en este caso, es una preocupación de la comunidad internacional y ello, así de simple, legitima su actuación, siempre, evidentemente, en respeto a las normas y principios vigentes.

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