Opinión Nacional

Estado docente vs. Estado ductor

Este es un enfrentamiento conceptual. Un enfrentamiento entre dos posiciones antagónicas que se inició con el primer intento de indoctrinación de nuestros muchachos, en el año 2001, y el tristemente célebre Decreto 1011. Es un enfrentamiento entre dos visiones, la primera (el ‘Estado Docente’) intrusiva, de pensamiento unilateral y condicionado, aberrante por el estado de indefensión en que se coloca al magisterio, que se enfrenta a la verdadera gestión del Estado, la del Estado Ductor, en la que no se le restan competencias supervisoras al Estado en materia educativa, contempladas en la Constitución de 1999, pero que incluye una variada cosmovisión de la realidad, que estimula la ‘lateralidad’ del pensamiento creativo y establece los parámetros confiables para la protección laboral del docente.

El ‘Estado Docente’ que pregonan desde la Asamblea Nacional es una Educación que debe forjar, a como de lugar, un nuevo modelo de ciudadano, con valores comunistas que se sobrepondrán a los tradicionales valores familiares venezolanos, porque de lo se trata es de acelerar un proceso de cambio para la involución, donde el Estado Docente pretende construir una sociedad comunista, a imagen y semejanza del modelo castro-comunista cubano, y no de educar más y mejor a los educandos, por lo que es a través de la inducción de valores extraños a la familia la vía y la forma cómo el Estado Docente pretende transformar el espíritu crítico tan necesario en nuestros muchachos, en almas adoctrinadas, tal y como Hitler y Goebbels hicieron con la juventud y la niñez alemanas, entre 1932 y 1945.

El ‘Estado Docente’ no es un enfoque reciente. Lo abordó el maestro Luis Beltrán Prieto Figueroa en un libro con idéntico título. Sostuvo el maestro Prieto que la naturaleza política de la educación es…

“…la que determina el deber y el derecho del Estado a ocuparse de la educación de una sociedad cualquiera. Ya esto tan esencial fue comprendido y expuesto por filósofos de la antigüedad griega como Platón (República; Leyes) y Aristóteles (Política); siglos después, ya en la Ilustración, esa tesis fue expuesta por Montesquieu (El espíritu de las leyes) y La Chalotais (Ensayo de educación nacional); ya hacia los siglos XIX y XX la tesis de la conveniente y necesaria intervención del Estado fue expuesta por el filósofo Fichte (Discursos a la nación alemana) y por John Dewey (Democracia y educación), filósofo y pedagogo cuya influencia se extiende en el tiempo hasta hoy”.

Pero el maestro Luis Beltrán Prieto Figueroa, llamado Maestro de América, no vierte en esas páginas un concepto exclusivista del “Estado Docente”; más bien invoca a la tarea contralora y supervisora sobre lo que llama ‘calidad y cantidad mínimas’ de contenidos, a partir de los cuales se debe regir toda la formación elemental de un país. Insiste más en la obligatoriedad de la enseñanza que en la exclusividad estadal de ella. Aboga por unos niveles de excelencia docente y asume la enseñanza como una actividad de vocación social.

“El Estado Docente” es el texto que se esgrime desde las oficinas del Ministerio del Poder Popular para le Educación y también desde la Asamblea Nacional como un referente histórico con el que pretenden convalidar el esperpento político que pretenden aprobar antes del 15 de septiembre. Pero hay en ese libro magistral muchas cosas que los del MPPE y los asamblearios rojitos no mencionan, porque apuntan más hacia un ‘Estado Ductor’ dentro de un estado liberal. Sé que esta afirmación suena incompatible con el arquetipo que todos tenemos de un maestro Prieto socialista y anti norteamericano, pero que sean sus palabras, tomadas de su obra “El Estado Docente” y que reprodujera la Fundación Ayacucho como texto Nº 30 de su colección, las que avalen lo que aquí afirmo:
“Nuestra educación, por imperativos sociales debe ser progresiva, entendido el término en el sentido de una educación para la formación del hombre integral en su postura de miembro de una comunidad, del ciudadano libre y responsable con el desarrollo económico social, capaz de influir en una mejor y más grande producción, no para aprovechamiento de unos pocos sino para mayor beneficio social. La formación del productor hábil y del consumidor previsivo es objeto de la educación en los pueblos sobre el camino del desarrollo. En esa forma la educación sirve a los fines del mejoramiento individual y social. Pone al hombre en condiciones de servirse sirviendo a los demás”.

BIBLIOTECA AYACUCHO

“El Estado Docente”. Página 3

Analicemos. ¿Qué se entiende por ‘progresividad’ en la educación? Progresividad es la formación del educando a partir de contenidos concatenados de manera gradual y sucesiva, coherente entre sí y estructurada con vinculaciones temáticas transversales; con relación directa al entorno social del educando y en función a las capacidades cognitivas de ellos, de acuerdo con un programa de educación que ‘baja’ contenidos en etapas etarias. El maestro Prieto va más profundamente en el concepto cuando señala que esta ‘progresividad’ educativa debe desembocar, no en el hombre nuevo, sino en un productor hábil, que al mismo tiempo es un consumidor previsivo, que es, nada más y nada menos, el fundamento de la educación en… ¡Estados Unidos de Norteamérica!.

Continuemos leyendo el libro del maestro Prieto. Al mencionar las cualidades ideales de la escuela primaria, lo hace en estos términos:

“La escuela primaria, crecida dentro de la comunidad como un órgano de su expresión, debe despertar el espíritu de comunidad, mediante el cual el alumno aprende en la cooperación con otros que es un miembro activo de un núcleo mayor del cual recibe beneficios y al cual debe servicios” … “Si, como veremos más adelante, la escuela es órgano de expresión de una clase dominante que para perpetuar sus intereses tiende a conformar los espíritus dentro de normas de sumisión, la obra educativa se verá limitada dentro de los patrones que le fijan quienes explotan el trabajo ajeno en su propio beneficio”.

BIBLIOTECA AYACUCHO

“El Estado Docente”. Página 9

Tome nota de la segunda línea del texto: “despertar el espíritu de comunidad”. Aquí no se habla de ningún proyecto político, sólo de la existencia de una comunidad educativa, integrada por alumnos, maestros, representantes y vecinos, y además menciona la interrelación entre la responsabilidad de la comunidad con el educando, y la de éste con aquélla. Pero dice más, mucho más: hace alusión a la escuela cuando es la expresión de una ‘clase dominante’, y alerta sobre el objetivo de dominación de ese tipo de ‘clase’: perpetuar sus intereses. ¿No es, precisamente ‘eso’ lo que estamos viendo en el proyecto de Ley de Educación? ¿No le parece a usted, amable lector, que aquello sobre lo que nos alertara el maestro Prieto, es precisamente lo que se expone allí? Cuando el Gobierno afirma que ‘construirá’ al hombre nuevo sobre los principios rectores del socialismo, y que lo hará ejerciendo un rol protagónico y unidireccional en los contenidos educativos, no hace otra cosa que subsumir la obra educativa a una ideología, con la que perpetuará sus intereses políticos y partidistas, a contrapelo de las necesidades del país.

En relación con la educación secundaria, el maestro Prieto se convierte en pionero continental de la educación técnica y además ratifica que sólo en democracia, no en un ambiente ‘socialista’, es que se puede desarrollar a plenitud esta etapa educativa. Leamos sus palabras:

“En mi concepto se trata de crear una nueva manera de comprender la formación del hombre dentro de un medio nuevo, con tareas nuevas. Se trataría de aplicar lo que he llamado un humanismo democrático, cuyas tareas definí en la forma siguiente:
1º Formar al hombre en la plenitud de sus atributos físicos y morales, ubicado preferentemente como factor positivo del trabajo de las comunidades. 2º Capacitar para la defensa del sistema democrático dentro del cual tienen vigencia y son garantizados los derechos civiles y políticos esenciales de la personalidad humana; y 3º Capacitar para el trabajo productor mediante el dominio de las técnicas reclamadas por el desarrollo técnico de la época”.

El Humanismo Democrático es la perspectiva filosófica que asume Prieto Figueroa para comprender la formación del hombre, el cual contiene como principio “comprender el ligamen de solidaridad entre los hombres que trabajan juntos para alcanzar el progreso, no para el beneficio individual solamente sino para el beneficio de todos” (Prieto Figueroa, 1977:). Desde esta perspectiva la educación está orientada a promover la solidaridad entre los ciudadanos a fin de construir juntos el progreso de la nación donde el interés colectivo sea superior a los intereses individuales. Dando así coherencia a sus postulados democráticos en relación con la educación y el desarrollo de la sociedad, de allí que: “en una democracia ordenada y planificada la formación educativa de los ciudadanos se realiza atendiendo a los requerimientos que el desarrollo económico y social demanda (….) son los hombres formados los que generan desarrollo y riqueza (…) aparejado a la redistribución del ingreso, tal como acontece en la democracia socialista (…) la educación democrática es gratuita y obligatoria; tiende a dar a los ciudadanos igualdad en las oportunidades para alcanzar todos los grados y ventajas que corresponden a los ciudadanos en democracia” (Prieto Figueroa, 1977: 55-59).

Capacitar para la defensa del sistema democrático. Esta es la segunda tarea de la educación de Prieto Figueroa. Un sistema que, a su decir, garantiza los derechos civiles y políticos esenciales de la personalidad humana. Pero esos derechos y esas garantías no están explicitadas en el proyecto de Ley de Educación, por lo que mal se puede colegir que sea expresión interpretativa del texto “El Estado Docente” del maestro Prieto.

Desde la visión del Humanismo Democrático de Prieto Figueroa se contempla la democratización de la educación, en la que el Estado debe asumir, como función pública, la necesidad de enseñanza y aprendizaje de la población venezolana, la cual debe estar orientada desde los principios de igualdad, obligatoriedad y la gratuidad de la enseñanza, es por ello que desde la Constitución Nacional de Venezuela de se establece en el artículo 78; que: “todos tienen derecho a la educación. El Estado creará y sostendrá escuelas, instituciones y servicios suficientes dotados para asegurar el acceso a la cultura sin más limitaciones que las derivadas de la vocación y aptitudes. La educación impartida por los institutos oficiales será gratuita en todos sus ciclos” Congreso Nacional de Venezuela (1961).

Cuando analizamos el proyecto de Ley de Educación que se pretende aprobar, apresuradamente, antes del 15 de septiembre de este año 2009, se observa a partir de él la educación será eminentemente laica, lo cual execra de los planteles la formación sobre valores morales religiosos; que la familia y la sociedad son excluidos del Artículo 4 que se refiere a los agentes y fines educativos, y en el Artículo 8, el único derecho que se le reconoce a la familia es el de la educación religiosa.

El maestro Prieto Figueroa aprueba la intervención del Estado en la educación del país en función de la orientación política, no sólo en la formación académica, sino en la formación moral y lo hizo de manera descarnada, en la página 27 de la edición de Fundayacucho. Leamos:

El Estado interviene, por derecho propio, en la organización de la educación del país, y orienta, según su doctrina política, esa educación. Depende la orientación de una escuela de la orientación política del Estado. Si el Estado es fascista, la escuela es fascista. Si el Estado es nazista, la escuela es nazista. Si el Estado es falangista, la escuela es falangista. Y si el Estado es democrático, la orientación de la escuela necesariamente tiene que ser democrática. En efecto, en toda sociedad la educación sirve a elevados fines sociales, pero no le corresponde fijar autónomamente sus propias metas. Obedece su orientación a la sociedad donde actúa.

Luis Beltrán Prieto Figueroa, Problemas de la educación venezolana, Caracas,
Federación Venezolana de Maestros, 1947, p. 65 y ss.
BIBLIOTECA AYACUCHO
“El Estado Docente”. Página 27

Cabe responder un par de preguntas elementales: ¿“Estado” es lo mismo que “Gobierno”? Y la segunda ¿Qué tipo de “Estado” es la República Bolivariana de Venezuela? Buscaremos las respuestas en la mismísima Constitución del ’99, para luego definir la orientación de nuestras escuelas.

Se define al Estado como el conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado. Por ello se hallan dentro del Estado instituciones tales como las fuerzas armadas, la administración pública, los tribunales y la policía, asumiendo pues el Estado las funciones de defensa, gobernación, justicia, seguridad y otras, como las relaciones exteriores.

El Gobierno está integrado por las autoridades que dirigen, controlan y administran las instituciones del Estado el cual consiste en la conducción política general o ejercicio del poder del Estado. En sentido estricto, habitualmente se entiende por tal al órgano (que puede estar formado por un Presidente o Primer Ministro y un número variable de Ministros) al que la Constitución o la norma fundamental de un Estado atribuye la función o poder ejecutivo, y que ejerce el poder político sobre una sociedad.

Gobierno no es lo mismo que Estado, pues el primero está vinculado a éste por el elemento poder. El Gobierno pasa, cambia y se transforma, mientras que el Estado permanece idéntico. En ese sentido, el Gobierno es el conjunto de los órganos directores de un Estado, a través del cual se expresa el poder estatal y con sujeción al orden jurídico.

Entonces, de acuerdo al maestro Prieto, ¿Cuál debe ser la orientación doctrinaria de la política educativa en Venezuela? La del Estado ¿Y qué tipo de Estado es la República Bolivariana de Venezuela? El Preámbulo de la Constitución, redactado en la Constituyente de 1999 dice, entre otras cosas que Venezuela es una sociedad… “democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones…”

Mal puede aprobarse, tal como está, el proyecto de Ley de Educación, porque de aprobarse se estaría imponiendo un proyecto educativo de un Gobierno por sobre la concepción de un Estado. Porque se aprobarlo tal y como se presenta, como un proyecto de educación ‘socialista’ los asambleístas estarían dando un golpe de estado al violentar el Artículo 2 de los Principios Fundamentales, que reza a la letra, así:

Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Finalicemos ‘constitucionalmente’ con el Artículo 102 de la Constitución Nacional. Lo hago para que usted, amable lector que me ha soportado hasta este último párrafo, contraste lo que reza ese artículo de la Constitución con el Artículo 8 del proyecto de Ley de Educación.

Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal.El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la ley.

Entonces ¿En qué quedamos? ¿Aceptamos que el Estado es ‘ductor’ de la educación… o le permitimos la ideologización de nuestros muchachos, a partir de un manido ‘Estado Docente’?

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