El “hilo constitucional”
“…repiten por muchas partes que la violencia es el arma de los que no tienen razón. ¡Mentira! ¡No siempre es así! A veces a un pueblo no le queda más recurso que la violencia para abrir el camino hacia la razón y hacia la verdad…” [Palabras de Hugo Chávez Frías en cadena nacional]
A raíz del artículo ¿917 días más?, que escribí hace pocos días, recibí un comentario un tanto airado de un dirigente político amigo, recriminándome que yo le estaba haciendo el juego al gobierno al promover, aparentemente, una supuesta ruptura del “hilo constitucional”, al sugerir que debíamos hacer un esfuerzo colectivo para impedir que el déspota permaneciera 917días más en el poder y completara su obra de destrucción nacional. Soy o era, antes de salir al exilio, simplemente abogado. No “abogado constitucionalista” y menos aún parte de la inesperada y refrescante multitud de abogados constitucionalistas surgidos en los últimos tiempos en nuestro país. Pero esa crítica, y la referencia al “hilo constitucional” me decidió a permitirme la licencia de opinar sobre el concepto por la importancia que tiene hoy en nuestra realidad política.
Generalmente, cuando se habla del “hilo constitucional” se le vincula exclusivamente a la continuidad, o la no interrupción, del mandato de un gobierno surgido de conformidad con las normas constitucionales vigentes en una nación cualquiera. Por el contrario, se suele decir que se “rompió el hilo constitucional” cuando se produce la interrupción del período para el cual fue electo un presidente y él y su gobierno son depuestos y sustituidos por un nuevo gobierno. Esta interpretación del concepto “hilo constitucional”, como expresión equivalente a “período constitucional de gobierno”, me parece interesada, restringida en su extensión y usada con frecuencia para justificar la permanencia en el poder de gobiernos de origen legítimo en su origen pero que actúan al margen de la constitución y las leyes.
La expresión “hilo constitucional” y su preservación no puede concebirse como una especie de patente de corso o carta de inmunidad para la protección de gobiernos surgidos de conformidad con las normas constitucionales, pero ilegítimos en su ejercicio por contrario a la constitución y las leyes. Si bien es cierto que un golpe de estado, sublevación armada u otro acto de fuerza que deponga a un gobierno legítimamente constituido y ejercido, respetuoso de la constitución, las leyes y los derechos ciudadanos, produce una ruptura del “hilo constitucional”, esos mecanismos no son los únicos capaces de producir tal ruptura.
El concepto de “hilo constitucional” no puede limitarse y vincularse exclusivamente al factor tiempo: el período para el cual fue electo un presidente o un gobierno. El concepto de “hilo constitucional”, a mi juicio, es mucho más amplio y general y no es otra cosa que la vigencia ininterrumpida de la constitución y las leyes, de los derechos humanos y de los derechos civiles y políticos de los ciudadanos. En suma la expresión “hilo constitucional” debe traducirse como la vigencia plena y continua del “estado de derecho”.
El llamado “hilo constitucional” puede ser roto por un gobierno y/o un presidente constitucional y democráticamente electos. En efecto, cuando un gobierno de origen legítimo viola o ignora la constitución y las leyes, rompe el “hilo constitucional”. Cuando ese gobierno violenta la institucionalidad de la nación rompe el “hilo constitucional”. Cuando ese gobierno sistemáticamente viola, ignora o desconoce los derechos humanos rompe el “hilo constitucional”. Cuando ejerce el poder de manera abusiva en contra de las libertades y los derechos individuales, ese gobierno rompe el “hilo constitucional” y se transforma en un gobierno forajido. Su autoridad, independientemente de su origen queda deslegitimada por su ejercicio y la ciudadanía empoderada para desconocerlo, sustituirlo y restaurar el “hilo constitucional”, es decir el estado de derecho.
Y en Venezuela el presidente rompió el hilo constitucional, cuando desconoció la voluntad de los venezolanos, expresada en el referéndum del 2007, de rechazar la reforma constitucional y su modelo totalitario y ahora la impone a la fuerza a través de leyes inconstitucionales aprobadas por la sumisa asamblea nazional. Se rompió el hilo constitucional cuando se desconoció la voluntad popular expresada en votos para elegir al Alcalde Metropolitano. Se rompe el hilo constitucional cuando se crean entidades y órganos político territoriales no previstos en el texto constitucional. Se rompió el hilo constitucional cuando, a la brava, el presidente y sus secuaces de la asamblea nazional le arrebataron a estados y municipios funciones y competencias atribuidas a ellos en la constitución. Se rompió el hilo constitucional cuando se eliminó la autonomía del Banco Central y se le convirtió en la caja chica del régimen. Se rompió el hilo constitucional cuando, siguiendo el modelo iraní de la Guardia Revolucionaria, se crearon unas milicias, afortunadamente obesas y ancianas, no previstas en la constitución. Se rompió el hilo constitucional cuando se convirtió a las fuerzas armadas en el brazo armado del PSUV. Se rompió el hilo constitucional cuando los “magistrados” del TSJ y los jueces del régimen declararon abierta y públicamente su sumisión al dictador y a su “utopía”, todo al grito de ¡Uh Ah Chávez no se va! Se rompió el hilo constitucional cada vez que se cerraron emisoras de radio y televisión. Se ha roto y se sigue rompiendo el hilo constitucional cada vez que, contra la letra de la constitución y las leyes, se le confisca a un venezolano su propiedad. Se ha roto de manera continuada el hilo constitucional cuando el dictador maneja sin control alguno un presupuesto clandestino superior al que pasa por asamblea nazional. Se ha roto el hilo constitucional cuando el dictador y sus secuaces del ministerio público y el poder judicial criminalizan la opinión y acorralan la libertad de expresión. Y pare usted de contar.
Del “hilo constitucional” venezolano no queda ni una hebra sana. Su estado es irreparable, no hay manera de anudar los miles de pedacitos en que ese hilo ha sido fragmentado por el régimen corrupto, abusivo y criminal de Hugo Chávez. La única forma de reponer el “hilo constitucional” es llevar al poder a un nuevo gobierno que restablezca la vigencia efectiva de la constitución. Tener como premisa de la acción política concreta la permanencia del depredador de la constitución y las leyes en el poder, es darle carta blanca para que continúe su labor de destrucción la nación y cercenamiento de la libertad.
De manera que le digo a este amigo, asustado por mis conceptos, que la salida del dictador del poder, por la vía más expedita posible, no constituirá nunca una “ruptura del hilo constitucional”. En Venezuela desde hace mucho tiempo no hay “hilo constitucional” que romper. Él dictador bananero ya lo hizo trizas. Desde hace tiempo no hay estado de derecho en nuestro país. Y el mandato del artículo 350 constitucional es claro e imperativo: “El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos”. Nos obliga a todos los ciudadanos a desconocer el régimen. Es la consagración del derecho a la rebelión que tienen los pueblos en defensa propia y que el texto constitucional convierte en obligación ciudadana. La salida del dictador del poder tiene como objeto el restablecimiento del tan preciado “hilo constitucional”. Y en cumplimiento de ese mandato debemos hacer cuanto esté a nuestro alcance para impedir, a cualquier precio, que el dictador permanezca 911 días más en el poder y complete su obra de destrucción nacional.
JOAQUIN CHAFFARDET