Opinión Nacional

Concientizar

Varios lectores preguntan por el uso de la palabra “concientizar”, ya que tienen entendido que lo propio es “concienciar”.

El DRAE define el verbo “concienciar” como “1. tr. Hacer que alguien sea consciente de algo. U. t. c. prnl. 2. prnl. Adquirir conciencia de algo”. El mismo DRAE señala que este verbo se conjuga de igual manera que “anunciar”.

Pero el DRAE registra también el verbo “concientizar”, al cual da como sinónimo de “concienciar” y señala como americanismo. De modo que el uso de “concientizar” es tan válido como el de “concienciar”, y el hecho de que sea un americanismo no significa que sólo puede usarse en Hispanoamérica, pues la condición de americanismo sólo se refiere al origen de la palabra, pero en cuanto a su uso es de carácter general, y puede emplearse lo mismo en los países hispanoamericanos que en España.

La razón por la que algunas personas rechazan el uso de “concientizar” seguramente se debe a que hasta la penúltima edición del DRAE, la vigésima primera, en ella sólo aparecía “concienciar”, pese a que en Hispanoamérica ya era general el uso de concientizar”. Pero en la últimas edición, la vigésimasegunda, publicada en 2001, se registra “concientizar”, aunque, como ya vimos, se da como americanismo.

Una vez más debo decir que el hecho de que una palabra no aparezca en el DRAE no significa que esa palabra no exista. Todo lo contrario, una palabra entra al diccionario después de una existencia más o menos prolongada fuera de sus páginas, que incluye su uso por escrito, en libros, publicaciones periódicas, etc. Muchas veces he dicho que el diccionario no da ni quita vida a las palabras. Lo que hace el diccionario es registrar palabras en uso, y esto ocurre sólo cuando son palabras suficientemente generalizadas y arraigadas mediante el uso.

ALIMENTICIO

Una amable lectora me corrige la plana. Dice que en un artículo usé indebidamente la frase “hábitos alimenticios”, cuando lo correcto es “hábitos alimentarios”. Se trata de un caso parecido al de “concientizar” y “concienciar”. El DRAE registra “alimentario” con el siguiente significado: “1. adj. Perteneciente o relativo a la alimentación. Industria alimentaria. 2. adj. Propio de la alimentación”. Pero igualmente registra “alimenticio”, del cual dice: “1. adj. Que alimenta o tiene la propiedad de alimentar. 2. adj. Perteneciente o relativo a los alimentos o a la alimentación”. Y luego agrega tres frases a las cuales remite: “bolo alimenticio; bomba alimenticia; pensión alimenticia”.

Como se ve, pues, la expresión “hábitos alimenticios” es perfectamente válida, como también lo es “hábitos alimentarios”.

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