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Las complicidades obvias y las solapadas

Cuando recibimos información sobre la comisión de un delito, a través de las redes, los diarios impresos, la radio, la TV, de inmediato imaginamos al autor o autores materiales y, si es pertinente, nos interesamos por saber de la autoría intelectual (no necesariamente las culpas se extinguen en quienes realizan la acción de robar, secuestrar, estafar, matar, agredir, reprimir, pues con frecuencia -tras quienes realizan la acción delictiva que genera la noticia-, hay financiamiento y diseño previos, y esos criminales permanecen en las sombras, aunque se sospechan, intuyen o sobreentienden en muchos casos.

Las referencias a los delitos y sus correspondientes castigos aparecen en diversos textos desde la más remota antigüedad. En el Código de Hammurabí, hallado en Mesopotamia, con 282 leyes, se establece lo del “ojo por ojo, diente por diente”. Reducido a diez mandamientos en la religión católica, señalan del 1 al 3 las primordiales obligaciones para con el presunto dios en torno al cual gira esa creencia, el 4º extiende el respeto hacia los progenitores, del 5º al 10º indican las prohibiciones (que de incurrir en falta, en cualquiera de los 10, se considera pecado y conlleva a penitencia o al castigo máximo, el eterno infierno en la supuesta vida ulterior).  Bolívar muy concretamente propuso fusilar a quien robara de 5 pesos en adelante (lo cual no se implementó jamás y, por el contrario, las legislaciones dejan espacios por donde se cuelan las más descaradas impunidades).

Pero el objetivo primordial de este artículo es resaltar lo que no han considerado las múltiples leyes y decretos dirigidos a combatir la delincuencia, durante los recientes cincuenta mil años, lapso en el que las sociedades humanas han elaborado las leyes que deben aplicarse a quienes resulten responsables de la comisión material y/o intelectual de algún delito. No incluyen ni hacen referencia a quienes, sin haber participado en lo material o intelectual que hizo posible la comisión del delito, se benefician de sus resultantes, aunque sea evidente que esas fortunas no tienen procedencia legítima, ni se corresponden con genuinos ingresos a consecuencia de haber realizado funciones laborales regulares, un trabajo por el cual se recibe un emolumento, un sueldo, un salario, siendo el individuo parte de una Nómina laboral, que involucra declarar esos ingresos y pagar sus correspondientes impuestos y otras cargas normales (cotización al Seguro Social, cuota gremial, aporte a cobertura de atención médica privada, gastos fúnebres, etc). Ni Hammurabí, ni la Biblia, ni el Corán, ni la Torá, ni Bolívar, ni las diversas leyes a cargo de establecer los castigos por cometer delitos y crímenes, mencionan a los otros participantes que, aunque generalmente actúan a posteriori, se benefician del dinero o los bienes que resultaron de la preparación previa y la realización del atraco, la agresión, el secuestro, el asesinato, la apropiación indebida de propiedad ajena (personal, grupal, empresarial, nacional, como en los casos de peculado, desviación de recursos de una entidad privada o pública, prevaricato,  contubernio, confabulación para dañar el patrimonio de terceros, etc). No hay  prevención, ni en las leyes antiguas ni en las modernas, respecto de la participación en el uso y disfrute de los dineros y/o bienes derivados de la comisión material o intelectual de delitos, por parte de Testaferros y/o amigos-familiares que obviamente se convierten en cómplices ulteriores, y deberían ser juzgados y castigados por su colaboración con los delincuentes, aunque no tuvieran conocimiento antes o durante la comisión del delito.

Las sociedades humanas, en lugar de evolucionar hacia la inclusión de quienes participan a posteriori en el ocultamiento y aprovechamiento de los dineros y bienes de origen ilegítimo (maniobrando en Notarías y Registros, trasladando fortunas a paraísos fiscales, blanqueando dineros producto de narcotráfico, contrabando, guisos con importaciones, o vulgares robos al erario de algún país), han desarrollado una celestina actitud de aceptación y hasta admiración por quienes se lucran mediante la comisión de delitos, de donde surgen vergonzosas expresiones de abierta complicidad con los criminales exitosos. Desde repetir que “Es preferible jalar bolas a la sombra que jalar escardilla al sol”, en descarado y preocupante rechazo al trabajo honesto, eficiente y constante, hasta gritar en apoyo a acusados de amasar fortunas mal habidas, colocándose al lado del presunto o convicto delincuente: “Ladrón o no ladrón, queremos a Perón”, “Tal como es, queremos a Carlos Andrés”, el culto a Pablo Escobar (por repartir migajas de su vasta y muy mal habida riqueza), los corridos mexicanos en homenaje a los NarcoCapos, la alta farándula que anima las celebraciones de dictadores, narcos, corruptos, pagados con dineros mal habidos,  (muy pocos devuelven esos ingresos, abrumados por la mala propaganda). Tener cuentas en paraísos fiscales, Andorra, HSBC, Islas Caimán, Suiza, Panamá, Delaware, es interpretado como algo positivo por la chusma que envidia al potentado sin sopesar el daño que hizo para amasar su fortuna.

Las legislaciones de todos los países deberían incluir entre los culpables de un delito, los que serán investigados, detenidos, juzgados y sancionados, además de los ya señalados como responsables primordiales de la comisión material e intelectual, a quienes generalmente actúan luego de cometido el ilícito, pero participan de las componendas para ocultar el origen delictivo de los dineros y bienes -en calidad de testaferros-, y/o también se benefician de esas fortunas mal habidas, disfrutando de lujos y privilegios que derivan directamente de la comisión de los delitos que hicieron posible la posesión de esos bienes, correspondientes a terceras personas o entidades, víctimas de los delitos cometidos. Tan o más culpable es la madre, el hermano o el amigo que esconde el vehículo, las armas o los dineros y bienes provenientes de un simple hurto, atraco, secuestro o asesinato, por parte de marginales cuasi analfabetos, criados en contextos sociales plenos de carencias alimenticias, escolares, techo y afectos, como los familiares y allegados del empresario, del profesional, del funcionario con estudios y experiencia laboral que, aprovechando las fisuras en la administración de una empresa particular o pública, cometió graves delitos y amasó una ilegítima fortuna, cuyo desvío, ocultamiento, triangulación a través de varios bancos y cuentas cifradas, es posible mediante el concurso de este círculo de parentela y amigos, a cuyo nombre aparecen los dólares y/o bienes producto del delito cometido material o intelectualmente por su amigo o pariente, y de cuyo disfrute participan ahora. Así como la madre o el hermano del malandro saben que esos equipos electrodomésticos, esa computadora, esos celulares, que esconden en el rancho, son procedentes de la comisión de un delito, también los parientes o amigos del funcionario corrupto y criminal, pueden fácilmente deducir que ese inmueble, esa fortuna en el banco, puestos a sus nombres, no tienen origen legítimo, ni hay correspondencia alguna entre ese nuevo patrimonio, y los ingresos que tenía asignados el funcionario en la Nómina de la empresa privada o la dependencia pública en la cual laboraba.

El tren de lujos y el patrimonio actual que exhiben hoy personas que hace pocos años eran pobres de solemnidad, indica que para ese cambio de status socioeconómico debieron malversar dineros correspondientes a los entes en los cuales figuraban como funcionarios, con ingresos legales que jamás les habrían permitido alcanzar sus niveles actuales. Velásquez Alvaray, Diego Salazar, Alejandro Andrade, Carlos Rotondaro, Claudia Patricia Díaz Guillen y su esposo Adrián Velázquez Figueroa, y la pléyade de bolichicos, son responsables por la desviación de recursos en la Judicatura, PDVSA, la Tesorería Nacional, el IVSS, algunas gobernaciones y municipalidades, que incurrieron en turbias adquisiciones de equipos usados, declarados como nuevos y con sobreprecio -turbinas generadoras de electricidad, gabarra Aban Pearl, desviación de partidas presupuestarias, cotizaciones, fondos de cajas de ahorros–  no pueden quedar impunes, tampoco sus testaferros y los familiares que disfrutan de fortunas y bienes de procedencia criminal (lo que obliga a las autoridades en los países a donde fueron a parar esas fortunas mal habidas, a investigar cómo les permitieron el ingreso y la inversión en costosos inmuebles, y cuentas bancarias platinum, si es normativa mundial declarar cualquier cantidad que supere los diez mil dólares, y justificar su procedencia legal, incluso cuando quien aparece en los documentos es un testaferro con eficiente fachada y trayectoria).

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