La ética y la economía solidaria de mercado
«Si nos hubiéramos comportado éticamente, no tendríamos una Crisis como la actual».
“Formar ciudadanos responsables es el único modo de contar con buenos profesionales”. Adela Cortina
Francamente debemos tener presente las asertivas y sabias recomendaciones sobre ética de la destacada académica española, la Dra. Adela Cortina. El sistema político, los funcionarios públicos, los empresarios y los ejecutivos deben tener una conducta adecuada, responsable, para que el sistema de economía social o solidaria de mercado tenga éxito.
La conducta debe ser responsable frente a los electores, frente a los otros factores de la producción, entre los cuales están los trabajadores; frente a los acreedores, frente a los consumidores, frente a los proveedores, frente al Fisco e Instituciones Fiscalizadoras, y en general, frente a la comunidad.
En el sistema ESM, hay una consideración fundamental: se trata de un sistema que obedece obviamente a las denominadas leyes económicas pero, además, es determinado por hombres.
La economía social o solidaria de mercado, a diferencia de la economía de mercado tradicional, está basada, entre otros principios, en el de personalidad. Esto significa que el sujeto de la economía es la persona, que tiene una naturaleza dotada de inteligencia y voluntad libre; y de esa naturaleza nacen derechos y deberes.
Entre los derechos está el de ser propietario; el de tener acceso a un amplio espacio de libertad económica; el de poder ser empresario; el de la libertad de trabajo.
Pero junto a los derechos están los deberes, entre los cuales los más importantes son de tipo moral, que obliga a un modo de actuar en lo individual y crean una serie de obligaciones en lo social.
Para la economía de mercado tradicional la libertad económica y el mercado mismo son un FIN.
Para la ESM., en cambio, tanto la libertad económica como el mercado son MEDIOS para obtener el bien común y el bien individual.
La libertad mirada como un fin tiende a convertirse en un libertinaje, que tolera cualquier conducta, como ha ocurrido con los casos La Polar, las farmacias, los pollos, Cascadas, Inverlink, Penta, NueraGate, caso Bilbao y otros, MOPGate, etc. A este respecto, conviene recordar lo que decía el recordado Papa Juan Pablo II: “…que cuando esto sucede, la libertad se transforma en abuso y, en vez de proporcionar a la persona el terreno de su propia autorrealización, determina su vaciamiento. De la libertad no queda más que el slogan.”
También la ESM., considera la utilidad y la eficiencia como medios y no como fines y ambos deben y pueden lograrse sin prescindir de las normas éticas.
La ESM, es, pues, un sistema económico libre, en que las leyes económicas tienen un papel importante que cumplir, pero que obedece, además, a las decisiones de las personas que deben actuar responsablemente de acuerdo con un criterio moral objetivo.
Debemos dejar en claro que el problema de la conducta moral no es sólo un problema relacionado con la economía. Se trata de un problema fundamental de la sociedad y, en el fondo, de un problema de supervivencia de ésta y el Estado.
Si la moral es declarada superflua, afirmaba siendo Cardenal Joseph Ratzinger en su ensayo “Fe cristiana y democracia pluralista”, “la corrupción pasa a ser algo natural y termina corrompiendo tanto al Estado como a los individuos.”
Tenemos que conciliar el sistema de economía social o solidaria de mercado con el nuevo orden democrático, que sin dudas se va acelerar, producto de los últimos acontecimientos ocurridos y en pleno desarrollo en el país:
-Responsabilidad de asegurar que el fenómeno de crecimiento tenga la dimensión ética.
-Urge una rectificación profunda en nuestro comportamiento ético y,
– se legisle sobre la captura del Estado.
Para terminar con estas reflexiones quisiera plantear algunas interrogantes que considero relevantes de considerar en la discusión de hoy, en relación a la ética y principios que guía el gobierno corporativo:
a) ¿ les guía en su labor empresarial cotidiana un convencimiento y comportamiento ético más allá de las regulaciones legales?
b) ¿Tienen la disposición por favorecer una entrega transparente y oportuna de información financiera fidedigna de las empresas tanto a los accionistas como al público en general?
c) ¿Son estrictos en el uso de información privilegiada?
d) ¿Respetan los intereses de los accionistas minoritarios, por ejemplo en situaciones de transacciones con partes relacionadas?
e) ¿Establecen canales de comunicación fluidos y respetuosos con los trabajadores que favorezcan una relación de colaboración entre ambas partes?