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La Corte Penal Internacional hoy…

La Corte Penal Internacional (CPI) es una institución judicial internacional permanente establecida para investigar y enjuiciar a individuos por crímenes graves contra la humanidad como genocidio, crímenes de guerra, lesa humanidad y agresión.

La creación de la CPI fue el resultado de un largo proceso que comenzó a finales de la II Guerra Mundial, cuando se establecieron tribunales especiales, como el Tribunal de Nuremberg y el Tribunal de Tokio, para juzgar los crímenes cometidos durante el conflicto. El hito decisivo fue la adopción del Estatuto de Roma el 17 de julio de 1998 que entró en vigor el 1/7/2002 tras ser ratificado por 60 Estados. Venezuela lo ratificó el 7/6/2000. La CPI con sede en La Haya-Países Bajos- es la primera Corte Internacional con capacidad de enjuiciar a personas a diferencia de otras que sólo procesan Estados.

El gran reto de esta corte es investigar y condenar individuos en diferentes jurisdicciones por crímenes cometidos en territorios propios o ajenos, aplicando una normativa penal universal que debe respetar los principios de legalidad y complementariedad, así como complejos procedimientos de validación y autenticación probatoria que impiden ir con la celeridad que demanda y quisieran las víctimas de estos crímenes.

Casos procesados por la Corte Penal Internacional

La CPI ha estado involucrada en varias investigaciones y procesos judiciales importantes desde su creación. Algunos de los casos más destacados incluyen: 1.Thomas Lubanga Dyilo (República Democrática del Congo). Fue acusado por crímenes de guerra, específicamente por reclutar y utilizar a niños soldados en conflictos armados. Fue el primer condenado por la CPI en 2012 y recibió una pena de 14 años de prisión. 2.-Germain Katanga (República Democrática del Congo) denunciado y condenado por Crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, incluyendo asesinato, ataques a civiles y uso de niños soldados. Fue condenado en 2014 a 12 años de prisión por su participación en la masacre en el pueblo de Bogoro en 2003. 3.-Jean-Pierre Bemba (República Centroafricana) procesado por crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, cometidos por tropas bajo su mando [entre 2002 y 2003], incluidas violaciones y asesinatos. Inicialmente fue condenado en 2016, pero la condena fue revocada por apelación en 2018, lo que generó controversia. 4.-Ex presidente de Sudán Omar Al-Bashir acusado por genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad en Darfur. La CPI emitió órdenes de arresto en 2009 y 2010. Aún no ha sido detenido. Las órdenes siguen vigentes. 5.- Joseph Kony (Uganda). Condenado por crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad como líder del Ejército de Resistencia del Señor. La CPI emitió una orden de arresto contra él en 2005, pero hasta ahora sigue prófugo. 6.-Laurent Gbagbo [Costa de Marfil] recibió pena por crímenes de lesa humanidad, incluidos asesinatos y violaciones, cometidos tras las elecciones presidenciales de 2010 en Costa de Marfil. Fue absuelto en 2019 después de un juicio que duró varios años. 7.- Slobodan Milošević, acusado por los casos de limpieza étina, vrimenes de genocidio, guerra y lesa humanidad relacionados con el conflicto de Bosnia, Servia y Kosovo. Fue arrestado y sometido a juicio en 2002. Murió en su celda de un infarto en 2006.

Alcance y naturaleza de los juicios ante la CPI. Venezuela et al

El expediente contra Venezuela en la Corte Penal Internacional (CPI/. Situación Venezuela I) ha sido uno de los casos de mayor atención en América Latina. Está relacionado con acusaciones de crímenes de lesa humanidad durante las protestas y la crisis política 2017. El caso ha evolucionado de manera significativa desde 2018 cuando comenzaron las investigaciones preliminares. Antes de entrar en detalles procesales, es importante comprender que la CPI no trabaja, procesa o decide discrecionalmente. La labor del Fiscal es sobre la base de evidencias reales; pruebas no electivas, referenciales o flagrantes, sino auténticas y verificables; testimonios ciertos, presenciales, directos. Los informes que se remiten a la CPI, ulteriormente deben ser revisados, constatados y cotejados para lograr validez procesal.

Las órdenes de aprehensión libradas contra Benjamín Netanyahu y Vladimir Putin y sus Ministros por actos de guerra y agresión suponen hechos de impacto masivo cuya tarea, determinación y secuencia probatoria es más sucinta, concisa, puntual y expedita.

El caso venezolano ventila crímenes de lesa humanidad. La gravedad de estos crímenes es de una crueldad tan horrenda y violenta como los crímenes de guerra, agresión o genocidio, sin embargo el proceso de autenticación de crímenes como asesinato, encarcelamiento, persecución, tortura, segregación, violencia sexual o desaparición forzosa son de gran complejidad probatoria en términos de obtención de testimonios, determinación de victimarios, cadenas de mando, centros de reclusión, más validación de hechos y cronologías a distancia on in situ [si lo permiten].

Por esta razón la justicia penal internacional es más dilatada que los procesos de jurisdicción local. La CPI ha enfrentado numerosos desafíos desde su creación como la falta de cooperación por parte de algunos Estados y críticas sobre su enfoque por tener muchos casos concentrados en países africanos. Pero la Corte ha desempeñado un papel crucial en la lucha contra la impunidad de crímenes internacionales graves.

La situación Venezuela I

En febrero de 2018, la otrora Fiscal de la CPI, Fatou Bensouda, anunció la apertura de un examen preliminar sobre Venezuela. Este decreto evaluó si había fundamentos para iniciar una investigación formal por crímenes de lesa humanidad supuestamente cometidos en el país desde al menos abril 2017. Estos crímenes estarían relacionados con el uso excesivo de la fuerza por parte del gobierno venezolano durante las protestas, incluidas ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias, torturas, abusos sexuales y otras formas de persecución y tratos crueles.

Este examen preliminar fue el resultado de denuncias presentadas por organizaciones no gubernamentales y particulares, En septiembre de 2018, seis países miembros del Estatuto de Roma (Argentina, Canadá, Chile, Colombia, Paraguay y Perú) remitieron formalmente a la CPI, el caso de Venezuela. Esta acción fue la primera vez que Estados-Partes del Estatuto de Roma [ER] presentaban una remisión conjunta contra un Estado miembro. El Panel de Expertos creado por la OEA [2017] fue decisivo para esta remisión.

Los expertos del Panel de la OEA son: el Dr. Santiago Cantón, de Argentina; el Profesor Irwin Cotler, de Canadá; el Dr. Manuel Ventura Robles de Costa Rica; y Joanna Frivet, de Mauricio. Adicionalmente, el Panel cuenta con el apoyo de expertos jurídicos locales, regionales e internacionales, académicos y actores de la sociedad civil que constituyen la Secretaría del Panel de Expertos.

El informe de la OEA incluyó 26 testimonios de testigos que prestaron declaración en cinco audiencias públicas organizadas por la Secretaría General. Docenas de testimonios de víctimas, familiares de víctimas y otras partes interesadas entregadas a la Secretaría General, a lo largo del proceso. Documentos escritos entregados por más de 40 organizaciones no gubernamentales venezolanas e internacionales. Entre otras conclusiones, el informe identificó 131 víctimas de asesinatos que tuvieron lugar durante las protestas de 2014 y 2017, perpetrados por miembros de las fuerzas de seguridad del Estado y/o los colectivos; 8.292 ejecuciones extrajudiciales documentadas desde 2015; más de 12.000 venezolanos arbitrariamente detenidos, encarcelados o sujetos a otras severas privaciones de libertad física desde las elecciones presidenciales de 2013; más de 1.300 presos políticos: personas que han sido o aún están detenidas por su oposición al gobierno y un patrón generalizado y sistemático de abuso dirigido a un segmento identificado de la población civil en Venezuela.

La remisión permitió acelerar el proceso y pedir a la Fiscalía que investigara crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela desde febrero de 2014, ampliando así el alcance temporal de la investigación preliminar. En su informe anual de actividades de 2020, la Oficina de la Fiscalía de la CPI confirmó que había concluido que existían fundamentos razonables para creer que se habían cometido crímenes de lesa humanidad en Venezuela. Este fue un paso clave hacia la apertura de una investigación formal de la Situación Venezuela I.

En junio de 2021, el Fiscal Karim Khan asumió el cargo, sucediendo a Fatou Bensouda. En noviembre de 2021, Khan realizó una visita oficial a Venezuela, donde se reunió con Nicolás Maduro y otras autoridades del gobierno. Al finalizar la visita, Khan anunció que la Fiscalía de la CPI había decidido abrir una investigación formal sobre los crímenes de lesa humanidad presuntamente cometidos en Venezuela.

Este anuncio fue un hito significativo, ya que implicaba que la Fiscalía había determinado que existían bases suficientes para investigar más a fondo las denuncias y posibles responsabilidades individuales. Además, el fiscal Khan subrayó que el inicio de la investigación «no prejuzgaba la culpabilidad de nadie, sino que era parte del proceso para determinar la verdad de los hechos».

Cooperación con el Gobierno Venezolano

Durante la visita de Khan [2021], el gobierno de Nicolás Maduro firmó un memorando de entendimiento con la CPI, comprometiéndose a colaborar con la investigación. El gobierno venezolano ha defendido la postura que en Venezuela se están llevando a cabo investigaciones judiciales sobre las denuncias de violaciones de DDHH, argumentando que no es necesario un proceso internacional. Muchos observadores y organizaciones de DDHH consideran que el sistema judicial venezolano carece de independencia y que no se ha hecho lo suficiente para investigar y sancionar adecuadamente a los responsables de las violaciones.

La tarea de cooperar, recoger incidencias, informes técnicos, affidávits [testimonios técnicos], testimonios presenciales, relatorías de víctimas y determinación de hechos, ha sido aportada por activistas, víctimas, abogados, organizaciones no gubernamentales, expertos, comisionados de DDHH, colaboradores y/o asesores ante la Oficina del Fiscal de la CPI [conforme lo permite el ER]; ante la Oficina de Víctimas de la CPI, Organismos Multilaterales como la OEA, la Comisión Independiente de Determinación de Hechos de la ONU o el Alto Comisionado de DDHH, en aras de facilitar las evidencias conforme a las reglas de procedimiento y pruebas de la CPI.

En abril de 2022, el gobierno venezolano solicitó formalmente a la CPI que suspendiera la investigación para permitir que las instituciones venezolanas pudieran seguir investigando los casos a nivel nacional. La solicitud de aplazamiento se amparó en el principio de “complementariedad” del Estatuto de Roma, que establece que la CPI sólo puede actuar si un Estado es incapaz o no tiene la voluntad de llevar a cabo investigaciones genuinas.

En 27 junio de 2023, la Fiscalía de la CPI presentó un informe en el que concluyó que, pese a la solicitud de aplazamiento, el sistema judicial venezolano no había demostrado avances significativos ni genuinos en la investigación de los crímenes. El 1 de marzo de 2024, la Sala de Apelaciones de la CPI rechazó por unanimidad la apelación presentada por el Estado venezolano contra una decisión previa de la Sala de Cuestiones Preliminares I, que autorizaba la reanudación de la investigación por crímenes de lesa humanidad en Venezuela. La CPI consideró que esos esfuerzos no eran suficientes ni reflejaban el alcance necesario.

Confiando en la Fiscalía y en la seriedad de la CPI

El Fiscal de la CPI Karim Khan ha demostrado solvencia, imparcialidad y solidez en el caso Situación Venezuela I. Confiamos que la CPI seguirá adelante cumpliendo con su labor. Ha sido un largo proceso, pero debemos comprender la complejidad de los procedimientos.

Por nuestra parte, hacemos lo necesario para colaborar. Hemos suscrito un acuerdo de cooperación técnica con la Secretaria General de la OEA en aras de coadyuvar en los procesos validación probatoria y recolección de exigencias conjuntamente con su panel de expertos.

Confiamos en la seriedad de la CPI, del Despacho Fiscal, de las Oficinas de Víctimas, y la pulcritud de todos sus funcionarios. Las víctimas verán resarcidos sus daños y sufrimiento. Habrá justicia en La Haya. Lege et justice sum via veritas et vita [La ley y la justicia son la vía a la verdad y la vida]. Vamos por ello.

@ovierablanco

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