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Abandono del cargo, presupuesto público y derechos fundamentales

Gobernar es cumplir con las mínimas exigencias establecidas por la Constitución, mas no recrearse en las bondades del poder, encabezar algunos actos protocolares, anunciar promesas recurrentemente incumplidas u ordenar la inmediata censura o represión de los inconformes. La indefinición e indebida implementación del presupuesto público constituye una de las esenciales responsabilidades de Maduro Moro, sin que pueda subsanarla la entera  carpintería que hagan sus funcionarios por la unilateral decisión apenas avalada por una magistratura judicial harto cuestionada: por ejemplo, la articulación de las políticas macroeconómicas depende de ciertos sistemas, procedimientos y actividades, cuya complejidad no ha de resumirse en una consigna personal que, además, en la conocida acepción del Código Civil, lo aleja del buen y diligente padre de familia que ha de procurar ingresos, ordenar sus gastos, cubrir sus deficiencias, aprovechar lo que sobre, sin desembolsar más de lo que recibe.

El proyecto de Presupuesto de 2017 ha debido presentarse meses atrás y someterse a lo expresa e inequívocamente pautado por la Constitución y las leyes, pero – consabido – no se hizo y, amparándose en el TSJ, el que funge de presidente de la República no sólo despreció a la Asamblea Nacional, sino que fue incorrectamente autorizado para autopresupuestarse, un hecho quizá sin precedentes en nuestra historia republicana;  lo peor es que, hasta donde sabemos, anunciado al voleo una cifra, ignoramos que esos funcionarios  hiciesen el trabajo, condenándonos a adivinar los objetivos y resultados esperados, la programación y asignación de recursos, procurando el chantaje de alcaldes y gobernadores, pues, el que no haya reconocido tamaño esperpento mediante una inconfundible rúbrica, no tendrá siquiera para la primera quincena de su personal. No hay garantía alguna para la preservación de los derechos fundamentales, como la vida e integridad personal,  salud y educación, o cualesquiera de los derechos humanos de primera y hasta quinta generación reconocidos por nuestro ordenamiento jurídico, porque lo único seguro y prioritario es la compra de armas anunciada (huérfano de todo detalle que agrava la opacidad en el renglón),  el gasto corriente y el servicio de la descomunal deuda contraída, ampliando las oportunidades para la corrupción como un derecho adquirido.

Derechos fundamentales tampoco garantizados por el incumplimiento de los principios o reglas presupuestarias,  como el de la programación, equilibrio, transparencia, universalidad, racionalidad, especificidad, integridad y publicidad, entre otros;  además, ausente la necesaria información, también lo estuvo de una convincente formulación de las demandas ciudadanas, agregación de intereses y confrontación de pareceres sobre los recursos que hay y habrá, cuyo escenario natural siempre ha de ser, como históricamente ha sido, el parlamento. La irremediable importación y distribución de alimentos, la adquisición de vacunas y demás insumos y equipos médicos, la actualización policial para enfrentar al hampa, la generación de empleos o el adecuado mantenimiento vial, queda al completo e incontrolado arbitrio de un mandatario que ha estelarizado el ocio revolucionario, por llamar de alguna manera una prédica enfermiza que no se compadece con la tarea constitucional de gobernar, agravando la crisis por sus manifiestas negligencias.

Es de suponer que operó una reconducción presupuestaria que Maduro Moros dirá – envalentonado – superar y  subsanar con el presupuesto desconocido e inconsulto, cuyos detalles sólo él y sus colaboradores inmediatos conoce, tratando de inventar otros impuestos,  tan inútiles para el ciudadano como las contribuciones que van a la llamada política habitacional o a lo que se conocía como el INCE; y, acotemos,  preparando el acostumbrado torrencial de créditos adicionales que el TSJ aprobará sin chistar, clamando por un inesperado aumento de los ingresos petroleros. Por cierto, existe una tendencia universal en materia jurisprudencial, emblematizada por algunos casos resueltos en Estados Unidos, Brasil y Argentina, orientada a la reafirmación de los derechos fundamentales que no deben violentarse so pretexto de la escasez de recursos presupuestarios o de un defectuoso diseño, programación e implementación del presupuesto público.

A sabiendas que la deconstitucionalización tiene otra connotación, el fenómeno de la desconstitucionalización del derecho presupuestario, no sólo afecta dramáticamente los derechos fundamentales, propios de un Estado Constitucional, sino que apunta a un hecho de irrefutable trascendencia: la toma y conquista del propio Estado por una parcela política – deseándose social – que, al imponer sus condiciones, tan sólo  permitirá dádivas para la supervivencia de la población que lo adhiera.  La aspiración es hacer de cada venezolano un activista necesitado, capaz de lo indecible, gracias a un presupuesto tan emblemático como desconocido – el de 2017 –  nada universal, transparente, racional, equilibrado, programado, ni público, dejando a la deriva los derechos humanos más elementales, comenzando por el de quejarnos libremente por el caos en el que Maduro Moros nos ha sumergido.

@LuisBarraganJ

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