Servicios de Salud Saturados
La realidad de los servicios de salud en Venezuela ha derivado en un “modelo mixto” forzado, en el cual individualmente o por medio de los contratos colectivos los individuos se aseguran para garantizarse alguna garantía, predictibilidad y calidad ante la eventual necesidad de un servicio de salud. Sin embargo, lo anterior responde al hecho de una doble cotización por parte de muchos, que aun cuando aportan a un sistema público universal, deben incurrir en un segundo desembolso para asegurase privadamente.
La situación anterior en beneficio del bienestar social y en protección del interés público podría sincerarse (especialmente en lo que al doble aporte se refiere), estableciendo formalmente un sistema mixto, en el cual no solo no se cotice doblemente, sino que el Estado y/o los ciudadanos de forma conjunta podrían ejercer su poder de negociación como verdaderos financistas y decidores en materia de salud. Lo anterior corregiría la actual situación de descalce entre la oferta y la demanda de servicios de salud que funge como presión sobre los precios y tarifas de los servicios prestados, a la par que pone a competir a los oferentes de los servicios por los fondos de financiamiento de la salud en Venezuela.
Así las cosas, el sistema mixto comentado consistiría en que los prestadores de servicios de salud, financiados por el estado podrían ser privados, compitiendo por las preferencias y fidelidades de los usuarios o pacientes, así como por los fondos de financiamiento de los servicios de salud. Lo anterior para nada implica la desaparición de un sistema universal de solidaridad, por lo que no significa la imposición de un sistema de cotización privada. Sin embargo, sí demanda un buen diseño de procurement para el otorgamiento de los fondos de financiamiento de los servicios de salud, mientras disciplina el renglón de prestación de los servicios de salud. Quedaría planteado el diseño de un sistema ejecución del gasto y financiamiento, lo que podría asimismo incluir mecanismo de corrección de problemas de riesgo moral (por ejemplo, el estudio de la instrumentación de mecanismos de corresponsabilidad de pago –copagos-).
El sistema anterior no cedería poder de negociación y decisión por parte del Estado, por el contrario, ata de manos al Estado ante eventuales incentivos y discrecionalidad en lo que a burocratización y corrupción se refiere y permite el beneficio de la competencia y de la eficiencia hacia los contribuyentes o los cotizadores.
Así las cosas, podría instrumentarse un mecanismo, por ejemplo de vouchers, por medio del cual se ponga a competir a los proveedores de servicios de salud por los fondos públicos. Lo anterior implica, primero, confiar gran parte de la oferta de los servicios de salud a operadores privados y segundo instrumentar mecanismos de incentivos a los proveedores públicos de salud para competir por los fondos públicos de salud. Sobre lo primero -confiar parte de los servicios a los prestadores privados- la evidencia habla por si sola, y sobre lo segundo, tendría que diseñarse mecanismos para que los responsables de los prestadores de salud pública sean incentivados hacia la eficiencia haciéndolos “contractualmente” residual claimants o beneficiarios directores de la buenas gestión del centro público de salud.
Los incentivos a aumentar ingresos por parte de los privados podrían materializarse a través de dos estrategias, una de precios y otra de eficiencia y reducción de costos. Los primeros incentivos son inmaterializables si existe suficiente número de oferentes y por tanto competencia. Y el segundo constituye sin duda alguna incentivos virtuosos no solo porque desatan esfuerzos por contener, mantener e incluso reducir los costos, sino porque permiten en el mediano plazo -vía competencia- transferencia de rentas hacia los clientes o pacientes.
Lamentablemente en Venezuela el sistema público de salud, incentiva al aseguramiento privado, creando doble cotización o contribución, incrementando el gasto innecesario (el que financia al primero, ineficiente según los resultados) y violentando su principio de solidaridad.
El objetivo regulatorio o intervencionista público en el sector de servicios de salud debe enfocarse en la accesibilidad, luego una política pública eficiente, por ejemplo de competencia por el mercado, resolvería eventuales problemas de poder de mercado y eventuales rentas extra-competitivas. La importancia de los servicios de salud no debe ser confundido con gratuidad, en términos de que implican una serie de costos que indefectiblemente algunos tendrán que asumir o financiar (por lo general los cotizadores o contribuyentes), lo importante es reducir los incentivos al despilfarro, a la burocratización, al clientelismo, a la malversación, a conductas oportunistas, problemas de selección adversa, problemas de riesgo moral y a la corrupción.
Economista UCV. Master in Competition and Market Regulation, Master en Economía Industrial, Especialización en Economía de los Sectores Energía, Telecomunicaciones, Farmacia, Banca, Transporte y Agua, Programa Avanzado de Política de Competencia, Barcelona Graduate School of Economics, Universidad Pompeu Fabra Universidad Carlos III de Madrid, Universidad Autónoma de Barcelona, Instituto de Empresas (IE). Profesor de Política y Regulación de Competencia UCAB.