En la Gaceta Oficial Extraordinaria que circula este martes se oficializó la reforma a los artículos 3, 5 y 7 de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y Trabajadoras.
El artículo 5 establece el aumento de la base de cálculo del ticket de alimentación hasta el 0,75 diario de la Unidad Tributaria. Este incremento regirá a partir del 1º de diciembre.
También señala que la provisión mensual de estos suministros no deberá exceder el 40% del monto que resulte de la suma del salario mensual del trabajador.
El artículo 7 establece que los tickets de alimentación deberán contener el valor que será pagado al establecimiento proveedor.