Legislación financiera
Una serie de modificaciones a la legislación financiera ha sido recientemente comentada por voceros de la Asamblea Nacional, anunciándose una nueva reforma a la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV), la aprobación de la Ley del Sistema Financiero y la próxima redacción de la Ley de Actividad Bancaria. Esa nueva normativa puede tener hondas repercusiones, no sólo en el ámbito de acción de las instituciones afectadas, sino también en la economía en su conjunto.
Uno de los objetivos perseguidos es que los bancos incrementen considerablemente sus actividades de intermediación, con el fin de financiar activamente no sólo las operaciones productivas tradicionales, sino también las actividades de la economía social y las comunitarias, otorgando préstamos a empresas de producción social (EPS), a cooperativas y a las comunas. Con respecto a esto hay que decir que a través de las actividades de intermediación financiera los bancos canalizan los recursos del público que les han sido depositados, hacia aquellos que necesitan financiamiento para desarrollar actividades productivas, hacer inversiones o comprar bienes como automóviles, casas, etc. Dado que el dinero que ellos prestan es el de los depositantes, se hace imperativo el resguardo de esos fondos a través del otorgamiento de préstamos sólidos, minimizando el riesgo de pérdida a través de análisis concienzudos de la solvencia de los prestatarios, y exigiendo buenas garantías que aseguren la recuperación de los fondos prestados en caso de que el beneficiario del crédito se vea en dificultades de honrar sus compromisos. Aquí surge una pregunta válida acerca de las posibilidades de que en el futuro los bancos puedan seguir minimizando los riesgos de su cartera de préstamos si son forzados a prestarle a instituciones que no pueden ofrecer garantías sólidas, o que sus ámbitos de acción se centren en actividades sociales sin fines de lucro. De ser este el caso, es muy probable que la cartera de esos bancos se deteriore, aumentando su morosidad. Eso, claro está, afectaría la solvencia de esas instituciones y pondría en riesgo el dinero de los depositantes.
Posiblemente, con la intensión de evitar ese problema, en la reforma de la Ley del BCV que hoy se discute se incluye una cláusula según la cual esa organización podrá adquirir activos crediticios de la banca, o recibir créditos en condición de cesionario, para así preservar la liquidez del sistema financiero. De esta forma al BCV se le pasaría la cartera mala de los bancos, quienes a cambio recibirían fondos para seguir prestando a EPS, comunas y otras agrupaciones socialistas, sin importar su solvencia y capacidad de pago. Adicionalmente, en esa reforma se establece que el BCV podrá ahora otorgar préstamos directos de largo plazo para financiar programas especiales determinados por el Ejecutivo. Si a ello agregamos la norma ya aprobada en la reforma a esa Ley de noviembre pasado, según la cual el instituto emisor está obligado a descontar títulos valores provenientes de programas prioritarios del gobierno, y a otorgar asistencia financiera a los bancos con garantías compuestas por títulos emitidos por entes públicos, es fácil inferir que la intención es transformar al BCV en el gran financista del proceso de socialización al que nos quiere llevar el gobierno, a pesar del rechazo mayoritario a esa imposición.
Peligroso ese juego, pues el mismo puede llevar a la emisión incontrolada de dinero sin respaldo con devastadoras consecuencias inflacionarias.