Discrecionalidad, captura y la Ley de Costos y Precios Justos
Si el seguimiento y la actualización de los precios de los productos declarados de primera necesidad y sometidos a controles de precios, ha sufrido rezagos, generando pinzamiento de márgenes, desaparición de los incentivos a la producción y a la oferta; con la aprobación de la Ley de Costos y Precios Justos se esperaría una situación igual de negativa pero generalizada.
Sin embargo, una vez que los propios representantes de Ejecutivo Nacional han insistido que la aplicación de la Ley de Costos y Precios Justos se realizará sobre un reducido número de productos o sectores categorizados como estratégicos y/o necesarios para la población, la discrecionalidad y la discriminación estarán a la orden del día.
Los efectos de la Ley se han empezado a manifestar con su simple anuncio. Nada que la teoría regulatoria no habría predicho o sugerido apriorísticamente, especialmente por la visión anacrónica basada en costos a la que responde el instrumento normativo.
Las organizaciones y gremios empresariales afectos o cercanos al oficialismo han enviado las señales típicas de lo que la teoría regulatoria define como conductas de búsqueda de captura del regulador, entre otras, por medio de esfuerzos de lobby y adulancias. Tanto Fedeindustria como Empreven se han pronunciado inmediatamente a favor de una regulación que va en contra de la libertad económica y contra la actividad económica privada. Estos gremios han asomado la posibilidad que en adelante el Ejecutivo ayude a estos sectores por reconocer su menor productividad, competitividad y eficiencia en comparación a las empresas grandes o trasnacionales.
Lo cierto es que cualquier acción a favor de una parcialidad empresarial, por más oficialista y socialista que se definan, constituye una actuación pública ineficiente, de espalda a los consumidores finales y violatoria de los bienes supuestamente tutelados por la Ley. La soberanía de los consumidores, así como su poder para premiar o castigar a los oferentes ante sus precios y calidades, estará siendo sustituido por la decisión administrada y centralizada de un grupo de burócratas, que podrían estar perfectamente sometidos a presiones políticas o a la captura por parte de grupos de interés cercanos al oficialismo.
Probablemente la respuesta más preocupante, emitida por gremios adeptos a la actual gestión de Gobierno, la realizó Feporcina. Este gremio, manifestando su absoluto apoyo a una norma abiertamente contradictoria con los principios económicos consagrados en la Constitución Nacional, reconociendo que “en Feporcina se revisan los costos cada 30 días y aseguran tener registro de las estructuras desde el año 2003”-según El Mundo del 02 de agosto de 2011-. Lo que pudo resultar eventualmente natural y diligente para el máximo representante de Feporcina ante la aprobación de la Ley, podría constituir una evidencia de intercambio de información privada sobre variables fundamentales para la tomas de decisión entre competidores. Tal reconocimiento podría levantar sospechas sobre una práctica que facilitaría la determinación de puntos focales, acuerdos horizontales anticompetitivos y colusión explícita. Este gremio que coquetea con el Socialismo, reconoció que utiliza información estratégica privada para la formación de precios, exclusiva entre competidores, la cual no resulta de acceso por vía activa o pasiva para los consumidores ni por parte de terceros.
Resulta evidente la función de captura de los “nuevos” gremios, los cuales han proliferado a partir de la actual gestión de Gobierno o de aquellos pre-existentes pero que vía adulación buscan la captura, protección y las prebendas de un Gobierno que no actúa regido por las buenas prácticas de políticas públicas y regulatorias. Esta situación lesiona al bienestar social, a los consumidores, a su soberanía, a la competitividad, así como a la variedad de empresas, de bienes y servicios.
Por el contrario, los gremios con posiciones institucionales, los cuales han asomado argumentos técnicos de cuán improcedente resulta la Ley, han destacado la necesidad de fomentar la competencia, la instalación de nuevos oferentes, la reducción de las barreras jurídicas y administrativas a la actividad económica privada, etc. Estas observaciones y sugerencias sobre la necesidad de resguardar la competencia como un medio intermedio en los mercados competitivos o potencialmente competitivos para resguardar la eficiencia económica –acceso a los bienes y servicios- por ser un bien social, han sido realizadas por gremios tradicionales como Fedecamaras, Conindustria, Consecomercio, CAVIDEA y la Cámara de Comercio de Caracas.
Un análisis costo-beneficio de la Ley de Costos y Precios Justos apuntaría a que existen alternativas de política económica correctas y eficientes para resguardar el acceso a los bienes y servicios, la estabilidad de precios, la eficiencia económica y la equidad.
Economista. Master in Industrial Organization and Markets. Master in Competition and Market Regulation. Especialización en Economía de los Sectores Telecomunicaciones, Energía, Transporte, Farmacia, Agua y Banca. Programa Avanzado en Política de Competencia. Profesor universitario de las asignaturas Regulación de Competencia y Regulación Económica.