Departamento del Tesoro permite asistencia humanitaria a Venezuela
El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos emitió una resolución para permitir asistencia humanitaria y comercial para combatir el Covid-19 a países sancionados, entre ellos Venezuela.
«Estados Unidos se compromete a garantizar que la asistencia humanitaria llegue a las poblaciones en riesgo. Esto a través de canales legítimos y transparentes a medida que los países de todo el mundo luchan contra el Covid-19», señaló el organismo en su cuenta de Twitter.
En la lista de licencias sobre el programa de sanciones por parte de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), por su siglas en inglés, se permiten transacciones bancarias, envío de remesas, importación de productos médicos, ayuda de organismos multilaterales y ONG.
También el Departamento del Tesoro permitió el suministro de artículos tales como alimentos y ropa.
“El programa de sanciones de Venezuela está diseñado para limitar al ilegítimo ex régimen de Maduro fuentes de ingresos y responsabilizar a quienes obstaculizan la restauración de la democracia en Venezuela, al tiempo que garantiza el flujo de bienes y servicios humanitarios a las personas venezolanas”, es parte de lo señalado por el comunicado.
Aseguran que Estados Unidos mantiene un amplio grupo exenciones y autorizaciones que permiten la prestación de asistencia humanitaria y la venta comercial y exportación de productos agrícolas, alimentos, medicinas y dispositivos médicos.
Estos son las especificaciones de las licencias que la OFAC emitió para Venezuela:
- Con la Licencia General 4C autoriza la exportación de productos agrícolas, medicamentos, dispositivos médicos, piezas de repuesto y componentes para dispositivos médicos, o actualizaciones de software para dispositivos médicos en Venezuela, o a personas en terceros países que compran específicamente para reventa a Venezuela. Esto incluye kits de prueba, dispositivos respiratorios, equipo de protección personal, y medicina utilizada en la prevención, diagnóstico, tratamiento y recuperación de Covid-19.
- También se autoriza todas las transacciones y actividades para procesar remesas personales no comerciales que involucran ciertas instituciones, incluyendo Banco de Venezuela, Banco Bicentenario, Banco del Tesoro y Banco Central de Venezuela (BCV). Además, no se prohíben las remesas con instituciones financieras venezolanas no bloqueadas.
- La Licencia General 20B señala que autoriza actividades oficiales de ciertas organizaciones internacionales. Esto incluye a las Naciones Unidas, incluidos sus programas y fondos, y sus agencias y organizaciones relacionadas, para realizar transacciones que involucren BCV o que involucren a otras personas del gobierno de Venezuela.
- Por otro lado, el Tesoro de EEUU también autoriza la provisión y recepción de emergencias no programadas y la provisión de otros servicios médicos que involucran al Gobierno de Venezuela.
- La resolución también señala que las organizaciones no gubernamentales pueden realizar transacciones involucrando al Gobierno de Venezuela en apoyo de proyectos humanitarios, democracia proyectos de construcción, educación, desarrollo no comercial que benefician directamente al pueblo venezolano.
- La Licencia General 30 autoriza actividades que involucran al Gobierno de Venezuela y que involucran uso de puertos y aeropuertos en Venezuela.
- Finalmente, se autoriza, entre otras actividades, todas las transacciones que involucran al Gobierno de Venezuela para proporcionar ambulancia aérea y servicios médicos relacionados, incluida la evacuación médica desde Venezuela, para personas en Venezuela.