BCV redujo el encaje legal a 93% para las captaciones en moneda nacional
El Banco Central de Venezuela (BCV) decidió una reducción de 7 puntos porcentuales del encaje legal bancario, de manera que ahora los bancos deberán depositar en el emisor 93% del saldo semanal de sus captaciones en moneda nacional, al tiempo que establece un encaje de 31% para las captaciones en moneda extranjera.
Cabe recordar que un encaje ordinario es el porcentaje de recursos que deben mantener congelados a manera de reservas, en el Banco Central de Venezuela, los intermediarios financieros que reciben captaciones del público.
La reducción se explica, porque la norma anterior establecía un régimen dual de encaje legal: 57% para los depósitos vigentes hasta el 11 de febrero de 2019 y de 100% para todas las captaciones a partir de esa fecha. Ahora se unifica el porcentaje y se reduce en 7 puntos porcentuales sobre el denominado saldo marginal, que ya desaparece. Esta decisión permite que la banca disponga de mayor liquidez para otorgar créditos.
Al corte del pasado 20 de marzo, la banca tenía congelados en cuenta de encaje legal Bs.59,94 billones, mientras que la cartera de créditos vigente a la misma fecha ascendió a Bs.14,76 billones; lo que significa que la liquidez bancaria inmovilizada excede en 75,37% al total de los préstamos vigentes.
Igualmente, la resolución 20-03-01 del BCV prevé un tratamiento diferente para los bancos microfinancieros «que tengan por objeto exclusivo fomentar, financiar o promover las actividades microfinancieras sustentadas en la iniciativa pública o privada, tanto en las zonas urbanas como rurales, cuyo índice de intermediación crediticia sea mínimo de setenta por ciento (70%), calculado según el último balance de publicación», los cuales deberán constituir un encaje de 20% sobre sus obligaciones netas (captaciones) e inversiones cedidas.