Rosales debió separarse de la Gobernación antes de postular su candidatura
El artículo 229 de la Carta Magna señala que no puede ser elegido Presidente de la República quien al momento de su postulación esté ejerciendo el cargo de gobernador
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 229. “No podrá ser elegido o elegida Presidente de la República quién esté de ejercicio del cargo de Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, Ministro o Ministra, Gobernador o Gobernadora, Alcalde o Alcaldesa, en el día de su postulación o en cualquier momento entre esta fecha y la elección”.
Lunes 25 de marzo de 2023, 11:55PM. Manuel Rosales, presenta su postulación ante el Consejo Nacional Electoral para aspirar a la Presidencia de la República sin haberse separado del cargo de gobernador del estado Zulia.
De acuerdo al precepto constitucional, el candidato del partido Un Nuevo Tiempo (UNT), estaría impedido de ser elegido Presidente por haber presentado su postulación ante el ente comicial estando en funciones como mandatario regional.
El abogado Alí Daniels, codirector de la ONG Acceso a la Justicia, llamó la atención sobre el tema: . “Un gobernador en ejercicio no puede postularse a Presidente de la República. No lo digo yo, lo dice la Constitución”, señaló el martes en su cuenta en la red social X.
Quien sí acató el precepto constitucional fue Henrique Capriles Radonki. El 6 de junio de 2012 se separó del cargo de gobernador del estado Miranda para iniciar su campaña como candidato presidencial de la Mesa de la Unidad Democrática en las elecciones de octubre de ese año, por lo que Adriana D’Elia asumió temporalmente como Gobernadora encargada. Luego, cuatro días después de separarse del cargo, Capriles presentó su postulación ante el CNE.
El 10 de marzo de 2013 tras la muerte del presidente Hugo Chávez, Capriles aceptó ser de nuevo candidato presidencial y D’Elia resultó designada nuevamente de manera temporal como Gobernadora.
Ante el evidente incumplimiento, Rosales se expone a que en cualquier momento su candidatura sea rechazada por vía administrativa o judicial.