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Maduro firmó el Decreto de Emergencia Económica que se extenderá por 60 días

Este instrumento legal faculta a Maduro por dos meses para actuar y estableces diversas modalidades políticas en aras de defender la economía venezolana

Este martes, Nicolás Maduro firmó el Decreto de Emergencia Económica, un instrumento que los faculta por un lapso de dos meses para actuar y establecer diversas modalidades políticas para defender la economía venezolana de lo que considera una “amenaza global”.

El gobernante dio a conocer la información desde el Poliedro de Caracas, lugar en el que se llevó a cabo la puesta en marcha de la activación del Motor Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías, tal como lo destaca VTV.

Precisó que este documento deberá ser entregado de manera inmediata a la Asamblea Nacional bajo su servicio y a la Sala Constitucional, sosteniendo que es una medida que se ampara en los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución Nacional.

Maduro indicó que este decreto reseña que tras considerar que el mundo enfrenta una guerra económica, comercial inédita, ocasionada por la política arancelaria del Gobierno de Estados Unidos, en clara violación de derecho internacional y las normas de comercio, que genera una gran recesión mundial, se requiere adoptar medidas urgentes y de carácter extraordinario para proteger a todos los sectores productivos del país.

De igual forma, indica que “considerando que las medidas a ser tomadas para proteger al pueblo frente a las amenazas existentes deben ser de gran magnitud e impacto en la economía nacional y de carácter estructural a los fines de resguardar los derechos económicos, sociales, culturales y educativos del pueblo venezolano, haciendo todos los esfuerzos que pueda disponer el Ejecutivo nacional para enfrentar la agresión multiforme decreta:

Artículo 1: Se declara el estado de emergencia económica en todo el territorio nacional en razón de las circunstancias extraordinarias que afectan gravemente la economía del país, de la región y del mundo, a los fines de que el Ejecutivo nacional adopte las regulaciones urgentes para preservar el equilibrio económico de la nación.

Artículo 2: Como consecuencia de la declaratoria del estado de emergencia económica, el jefe de Estado podrá dictar todas las medidas que considere necesarias para garantizar el desarrollo y crecimiento económico, tales como dictar regulaciones excepcionales y transitorias para estabilizar la economía, suspender la aplicación y cobro de tributos para proteger el aparato productivo, establecer mecanismos para combatir la evasión fiscal y favorecer la producción nacional, promover la inversión nacional y extranjera y autorizar contrataciones necesarias para restablecer derechos fundamentales y acceso a servicios esenciales.

Artículo 3: Durante el estado de emergencia, se suspende la garantía constitucional de la reserva legal en materia económica y financiera.

Artículo 4. El presidente podrá dictar medidas de orden social, económico o político que considere pertinentes ante la situación extraordinaria. Igualmente, el mandatario nacional, explicó que este decreto tiene como objetivo central resguardar los derechos del pueblo venezolano”.

Se tiene previsto que el decreto entre en vigencia luego de la publicación en Gaceta Oficial, y tendrá una duración inicial de 60 días, los cuales podrían ser prorrogables por el mismo lapso de tiempo, tal como lo estipula la Constitución.

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