TSJ recalca que la AN no tiene facultad para destituir a Maduro
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) recalcó este lunes que la Asamblea Nacional (AN) no posee facultades para destituir al presidente de la República, Nicolás Maduro, según sentencia N° 948 de la Sala Constitucional del 15 de noviembre de 2016.
El pronunciamiento fue realizado -explicó el TSJ- luego que «en los últimos días algunos voceros políticos del país han señalado públicamente la posibilidad de declarar por acuerdo de la mayoría de diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, el supuesto abandono del cargo del Presidente de la República».
Es por ello, el máximo tribunal del país, conforme al artículo 336 de la Constitución de la República, ordenó a las diputadas y diputados de la Asamblea Nacional abstenerse de continuar el procedimiento de declaratoria de «responsabilidad política» contra el Presidente de la República y, en definitiva, de dictar cualquier tipo de acto que se encuentre al margen de sus atribuciones constitucionales.
Adicionalmente, la referida sentencia destaca especialmente la prohibición a los diputados y diputadas de «convocar y realizar actos que alteren el orden público; instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos, así como otras actuaciones al margen de los derechos constitucionales y del orden jurídico».
Por último, el Poder Judicial hizo un llamado a utilizar la vía del diálogo como herramienta fundamental para dirimir las diferencias políticas y, en especial, para cumplir los deberes y fines constitucionales, en función de garantizar la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, y de procurar la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo.