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Sugieren eliminación absoluta de la reelección presidencial

La eliminación absoluta de la reelección presidencial fue propuesta este jueves a través de una modificación del Proyecto de Enmienda Constitucional aprobado ya en primera discusión por la Asamblea Nacional, y la cual fue presentada al presidente del Poder Legislativo, diputado Henry Ramos Allup (Unidad/DC) y a la Comisión Permanente de Política Interior.

También se dejaría sin efecto la propuesta de recortar el período presidencial a cuatro años al dejarlo en seis años, como está establecido. Se modifica el artículo 233 de la Constitución Nacional para que la ausencia absoluta que produzca un revocatorio sea este año o el próximo, origine elecciones inmediatas, quiere decir que si la ausencia se da en los primeros cinco años de ese mandato de seis años, tenga que convocarse a elecciones en un período de treinta días máximo.

constitucion AFP

La propuesta plantea igualmente la modificación del artículo 230, el cual quedaría redactado de la siguiente forma: “El período presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República no podrá ser reelegido o reelegida de forma inmediata y tampoco podrá postularse nuevamente en ninguna oportunidad para el cargo de Presidente o Presidenta de la República”.

La modificación del artículo 233 quedaría de la siguiente forma: Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Suprema de Justicia, su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato.

Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta Electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional.

Si la falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República se produce durante los primeros cinco años del periodo constitucional, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva.

En los casos anteriores, el nuevo Presidente o Presidenta completará el período constitucional correspondiente.

Si la falta absoluta se produce durante el último año del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período, a menos que la falta absoluta fuera causada por la revocatoria del mandato o destitución, caso en el cual asumirá la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional.

El vocero de la propuesta fue José Ignacio Guédez, secretario general de La Causa R, quien explicó que con apenas unos pequeños cambios de pocas palabras en dos de los artículos ya incluidos en el proyecto original (230 y 233), se puede solventar el error constituyente de permitir que un funcionario no electo popularmente y designado libremente por un presidente revocado, pueda convertirse en Presidente del país por hasta dos años consecutivos.

Enfatizó Guédez que manteniendo el período presidencial en seis años, para evitar la polémica jurídica planteada por el TSJ, se puede extender a cinco años el supuesto de ausencia absoluta que genera elecciones inmediatas, dejando la opción del Vicepresidente encargado solamente para el último año (sexto año del período).

Indicó que de esta manera se pone la Enmienda al servicio del Referéndum Revocatorio ya activado por el pueblo venezolano con la esperanza de un cambio de Gobierno, “abordando la estrategia oficial del retraso para que no se materialice dicha consulta este año con la expectativa de mantener ilegítimamente un gobierno impopular. La idea es que el Revocatorio, sea este año o el próximo, genere en todo caso una elección presidencial inmediata para que sea el pueblo, y no el revocado, quien elija al líder que termine el período”.

Igualmente –subrayó Guédez- proponemos eliminar todo tipo de reelección para el caso de presidente, ya que un período de seis años es tiempo suficiente para culminar una gestión, acabando así la reelección indefinida sustituyéndola por un solo período de seis años.

Consideró que con estos pequeños cambios el proyecto de Enmienda gana pertinencia y se adapta a las circunstancias políticas actuales.

Además- concluyó- se desmonta por completo la estrategia hoy ya cantada del régimen de prolongar el revocatorio hasta enero, “creyendo que con ello pueden mantener un gobierno ilegítimo hasta 2019”.

 

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