ME elimina solicitud de documentos y requisitos para la inscripción
El Ministerio para la Educación estableció la eliminación de documentos y requisitos para la inscripción o prosecución de estudios en el subsistema de educación básica.
La decisión toma formalidad en la circular número 1569 que establece, entre otros asuntos, la prohibición de solicitud de fotocopia de la cédula de identidad, así como originales y fotocopias de las partidas de nacimiento de los representantes y los estudiantes; tampoco constancias de trabajo, de residencia o cualquier otro requisito similar.
Según nota de prensa del despacho de educación, el objetivo de esta medida es garantizar el acceso a una educación gratuita, inclusiva y de calidad, así como el derecho a realizar solicitudes ante cualquier autoridad y obtener una respuesta oportuna.
Por eso, la circular referida señala que está prohibido solicitar la impresión de documentos, instructivos o encuestas que supongan un gasto de dinero para los interesados.
Otros aspectos prohibidos en esta decisión son la exigencia de listas de útiles escolares, aportes económicos o en especies para la inscripción o prosecución de estudios en los planteles educativos. Igualmente “las llamadas colaboraciones, como resmas de papel, materiales de limpieza o materiales de oficina, no podrán señalarse como condición para la inscripción”, señala.
Tampoco se deben solicitar a los representantes fotocopias ni originales de documentos emitidos por el Ministerio del Poder Popular para la Educación (MPPE).
Para el momento de la inscripción solo es necesario presentar el documento que corresponda.
La circular establece que la inscripción se realiza en los casos en que un o una estudiante ingresa a un plantel por primera vez, como sucede en la educación inicial, primer grado de educación primaria, primer año de educación media o cambio de plantel. Entonces, si un o una estudiante va a iniciar estudios en el siguiente grado o a repetir un grado o año de estudios, se trata de prosecución de estudios.
En ese sentido, la autoridad ejecutiva en Educación resalta que sus trabajadores deben garantizar el registro de todos los estudiantes en el Sistema de Gestión Escolar, para garantizar la disponibilidad de los datos académicos correspondientes.
El ministerio de Educación menciona que la supresión de requisitos y trámites se corresponde con lo establecido en la Ley Orgánica de Simplificación de Trámites Administrativos, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica de Educación.
Cabe destacar que la Ley Orgánica de Simplificación de Trámites Administrativos tiene como principio la presunción de buena fe por parte de las personas, y en tal sentido, “en caso de ausencia de algún documento se tomará como válida la declaración de la persona responsable y la administración realizará control posterior para verificar en caso de dudas, la certeza de la declaración”, cita la circular.