Este es el acuerdo de la AN con el cual decreta abandono de cargo
Aún cuando el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decretó que la Asamblea Nacional (AN) carece de «atribuciones» para «destituir» al Presidente de la República, el parlamento, en su primera sesión del 2017 declaró el “abandono de cargo” del mandatario nacional; lo que permitiría realizar elecciones próximamente en el país.
“El Gobierno de Nicolás Maduro es totalmente fallido y forajido. El abandono de cargo es la forma de resolver la crisis. Se abandona cuando no se cumple debidamente con las funciones correspondientes”, explicó el diputado Henry Ramos Allup, ahora como expresidente de la AN.
A continuación el documento completo aprobado por la Asamblea Nacional, con 106 votos a favor, en el cual se exponen las razones por las que ha sido declarado el presidente Nicolás Maduro Moros en “abandono del cargo” y de las funciones constitucionales:
ACUERDO SOBRE EL ABANDONO DE LAS FUNCIONES CONSTITUCIONALES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA EN QUE HA INCURRIDO EL CIUDADANO NICOLÁS MADURO MOROS
CONSIDERANDOQue Nicolás Maduro Moros incumplió lo establecido en el artículo 311 dela Constitución, según el cual la gestión fiscal debe regirse por los principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal, ya que la información publicada indica que durante los años 2014, 2015 y 2016 en lugar de equilibrio fiscal ha habido una situación de déficit crónico en las cuentas fiscales de la Nación que ha generado la desvalorización de la moneda, el alza de los precios de los bienes y servicios y un creciente endeudamiento, tanto en moneda nacional como en moneda extranjera;
CONSIDERANDO
Que la Unidad del Tesoro es un principio constitucional que contribuye a darle estabilidad a la gestión económica de la Nación, y que su incumplimiento sistemático por el administrador de la Hacienda Pública Nacional ha llevado a la proliferación de un conjunto de fondos parafiscales que realizan gastos sin ningún tipo de control, lo cual ha contribuido a agravar el déficit fiscal, al crear un gran desorden y corrupción en la Administración Pública Nacional;
CONSIDERANDO
Que a causa del incumplimiento de sus funciones constitucionales como administrador de la Hacienda Pública Nacional, Nicolás Maduro Moros ha provocado una crisis económica sin precedentes en Venezuela, traducida en una inflación galopante que en 2016 excedió el 500%, una de presión de la economía reflejada en una caída del producto interno bruto superior al 12,0% y un grave desabastecimiento de alimentos y medicinas,conjuntamente con un aumento de la pobreza hasta cifras no conocidas en el país, todo lo cual implica que, al cierre del 2016 y en comparación con el 2012, el tamaño de la economía venezolana es 20,0% menor, el poder adquisitivo del salario es 40,0% inferior y los niveles de pobreza se duplicaron;
CONSIDERANDO
Que Nicolás Maduro Moros, de manera errática, anunció el 11 dediciembre de 2016 la sustitución en un plazo de setenta y dos horas detodos los billetes de Bs. 100 y la implantación de un nuevo cono monetario, lo cual provocó una situación de caos en el país, consistente en disturbios y saqueos de establecimientos comerciales y un saldo lamentable de pérdida de vidas humanas, de heridos y de detenidos, que le obligó a posponer dicho reemplazo de los billetes de Bs. 100, primero hasta el 2 de enero de 2017 y luego, confirmando la absoluta improvisación e irresponsabilidad del gobierno, hasta el 20 de enero de2017;
CONSIDERANDO
Que Nicolás Maduro Moros ha sido negligente respecto a la reclamación territorial de Venezuela sobre el territorio Esequibo, la cual hasta años recientes formaba parte de una política del Estado venezolano atenida a lo previsto en el Acuerdo de Ginebra de 1966, para la búsqueda de una solución pacífica y práctica de la controversia, mientras que el gobierno nacional ha actuado con improvisación o pasividad, inacción e indolencia en la defensa de los intereses de la Nación tanto en el territorio Esequibo como en la Fachada Atlántica del Delta del Orinoco;
CONSIDERANDO
Que Nicolás Maduro Moros se comprometió a cumplir con su obligación constitucional de resguardar la seguridad ciudadana de los venezolanos y hoy Venezuela se ha convertido en el país más violento del mundo con un índice de 92 homicidios por cada 100.000 habitantes;
CONSIDERANDO
Que Venezuela según la Constitución es un estado de derecho y de justicia donde deben respetarse los derechos humanos de manera preminente y hoy en Venezuela existen 126 presos políticos así como un sin número de perseguidos y exiliados políticos;
CONSIDERANDO
Que en Venezuela se viola permanentemente la libertad de expresión almanipular el otorgamiento de papel periódico a la prensa libre;
ACUERDA
Primero
Declarar que Nicolás Maduro Moros, invocando el cargo dePresidente de la República, ha incurrido en acciones y omisiones quesitúan su desempeño completamente al margen del diseño y funciones constitucionales de la Presidencia de la República, en virtud de la grave ruptura del orden constitucional y democrático, la violación de derechoshumanos, la devastación de las bases económicas y sociales de la Nación y los atentados a la integridad de la República que ha llevado acabo.Segundo
Declarar, en consecuencia, y de conformidad con los artículos 232 y 233 de la Constitución, que Nicolás Maduro Moros ha abandonado su cargo, abandonando el principio de la supremacía constitucional establecido en el artículo 7 del texto fundamental, el principio del Estado Democrático de Derecho y de Justicia establecido en el artículo 2 de la Constitución, así como las funciones constitucionales inherentes al cargo de Presidente de la República, especialmente la referida a la obligación de cumplir y hacer cumplir el ordenamiento constitucional y las leyes,establecida en el numeral 1 del artículo 236 de la Constitución.Tercero
Manifestar que la única forma de resolver los graves problemas que aquejan al país y de contener el desmantelamiento de las instituciones republicanas es devolver el poder al pueblo de Venezuela y,por lo tanto, convocar a la celebración de elecciones libres y plurales.Cuarto
Ratificar su compromiso con la restitución del orden constitucional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 333 de la Constitución pues la inobservancia de esta se produce no solo por medio de un hecho de fuerza contra la inconstitucionalidad en el sentido clásico, sino también cuando desde la Presidencia de la República se hace uso de la autoridad civil y militar para socavar la Constitución.Quinto
Reiterar su decisión de acudir a las instancias internacionales competentes para denunciar las violaciones a derechos humanos y a los elementos esenciales de la Democracia que sufren los venezolanos y las venezolanas, en cuya comisión Nicolás Maduro Moros ha tenido un papel protagónico.Sexto
Dar publicidad al presente Acuerdo.Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, enCaracas a los nueve días del mes de enero de dos mil diecisiete. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.