Qué es la justicia transaccional incluida en acuerdo Santos- FARC
En las negociaciones previstas para seis meses entre el gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) se ha hablado de la implementación de una “justicia transaccional”, también conocida en la criminología como “justicia contributiva”.
Esta fórmula, según expertos jurídicos, es lo más avanzado en materia de justicia, porque persigue tomar en cuenta todas las partes involucradas en un hecho delictivo: la víctima, el victimario y la sociedad.
A continuación algunas preguntas y respuestas sobre un método que podría ser la solución a la definitiva llegada de la paz en Colombia, tras el primer acuerdo, alcanzado este 23 de septiembre en La Habana, Cuba, entre el presidente colombiano, Juan Manuel Santos, y el líder de la FARC, Timoleón Jiménez, alías “Timochenko”.
-¿Qué es la justicia transaccional?
-Es aquella justicia que busca un intercambio de acciones en la que se toman en cuenta la víctima, el victimario y la sociedad para tratar de restablecer las condiciones que había antes de que ocurrieran los delitos.
– ¿Qué se busca con la justicia transaccional?
-Persigue resarcir el sufrimiento de las víctimas y que la sociedad esté de acuerdo con las medidas tomadas, que pueden implicar o no cárcel para el victimario. Lo que se busca es que los victimarios reconozcan que incurrieron en un acto dañino y puedan tomarse medidas orientadas a resarcir esos daños.
– En el caso de Colombia, ¿cuáles podrían ser las formas para resarcir los daños?
– La indemnización es una de las formas, el arrepentimiento de los victimarios y podría ser el acoger ciertas medidas restrictivas de la libertad. Las medidas restrictivas, en contra de guerrilleros y funcionarios que hayan cometido delito, podrían ser no solo la cárcel sino la presentación ante un tribunal y ante instituciones de rehabilitación.
-¿Esta forma de justicia es mejor que la tradicional?
-Es una modalidad; puede resultar positiva porque es una manera de evitar que en un momento dado prosperen más hechos violentos. Detener o matar a algún miembro de la FARC o de las Fuerzas militares y policiales de Colombia siempre ha dado lugar a que siga una cadena de hechos de violencia.
-¿Qué otros aspectos pueden ser negociados, además de las penas y condiciones contra los victimarios?
– Serán objeto de negociaciones la tenencia de las tierras ocupadas, la posibilidad de que las FARC puedan competir en elecciones, el manejo del narcotráfico como delito afín a la guerrilla, entre otros muchos aspectos.
-¿Qué delitos ameritarían la pena de cárcel?
-Los delitos de lesa humanidad y de guerra, según se ha revelado tras el acuerdo Santos-FARC, entre los que se pueden contar el reclutamiento de niños para realizar actos de sicariato, la tortura, desplazamiento de poblaciones, asesinatos. El artículo 7 del estatuto de Roma es el que establece los delitos de lesa humanidad.
-¿En este proceso solo serían juzgados los guerrilleros de la FARC?
-Los delitos de lesa humanidad se cometen en los casos en que haya una acción sistemática por parte del Estado pero no lo comete el Estado sino que los cometen individuos. La responsabilidad del Estado por violaciones graves de derechos humanos sí dan lugar a responsabilidad de derecho internacional de los Estados, que puede ser declarada por organismos que garanticen los derechos humanos, tanto en el sistema interamericano como en el europeo y de las Naciones Unidas. Con la violencia que se ha vivido en Colombia hay que tomar en cuenta que no solo han incurrido en delitos de este tipo los guerrilleros de las FARC sino también las Fuerzas policiales y armadas de Colombia. Una de las condiciones del acuerdo es que todo el que haya cometido delito sea objeto de una investigación judicial y la sanción que le corresponda.
-¿El proceso se llevaría a cabo en un tribunal tradicional?
– Aún no ha sido definido pero este tipo de juicios suele ser realizado no en tribunales tradicionales colombianos, ni en los internacionales, sino en uno ad hoc. En materia de tribunales ad hoc han habido muchas experiencias en el mundo como fue el caso de Ruanda Burindi o Los Balcanes, es una tendencia crear una jurisdicción especial para este tipo de casos.
-¿La justicia transaccional es una decisión tomada para los acuerdos entre el gobierno colombiano y la FARC?
– Irá a referendo, los colombianos van a decidir si aceptan esta figura o no. Según analistas del tema da la impresión de que la mayoría de la comunidad internacional y la colombiana lo acepta pero existen grupos de oposición colombiana que tienen posiciones en contra de todo tipo de arreglo del gobierno colombiano con las FARC y apuestan a favor de continuar la guerra, luego de 50 años de establecida esta vía para el manejo del conflicto sin el logro efectivo de la paz.
Con información suministrada por el profesor de la UCV y experto en derecho penal internacional, Carlos Armando Figueredo