¿Cometió Dilma un delito?, por Reyes Theis
La presidenta de Brasil habló alto y claro. Impecablemente vestida de blanco y sin bajar la cabeza, Dilma Roussef señaló, tras conocer la suspensión de su cargo, que no ha cometido ningún delito.
«He sufrido la mayor de las brutalidades que se pueden cometer contra un ser humano: ser castigada por un crimen que no cometí», declaró.
Su declaración coincide con la opinión que había expresado el secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), el uruguayo Luis Almagro.
“Debemos ir por el camino del respeto a los mandatos constitucionales y la honestidad de una persona, porque si hoy usted no tiene ninguna acusación, ninguna mancha que poner en términos de corrupción sobre la presidenta Dilma Rousseff, entonces no hay ningún fundamento para avanzar en un proceso de destitución, definitivamente no”, afirmó.
Añadió que «no existe una acusación de carácter penal contra la presidenta, sino que se la acusa de mala gestión de las cuentas públicas».
Pero de ¿Qué se le acusa a la mandataria suspendida? ¿Realmente cometió un delito que implique su suspensión y posible destitución?
Los señalamientos
El caso por el cual las cámaras baja y alta del Parlamento brasileño decidieron la suspensión de Dilma no tiene que ver con una presunción de enriquecimiento ilícito, ni con los escándalos de Petrobras, sino con un mal manejo de cuentas, que se acuerdo a la oposición brasileña constituyen un delito de “Responsabilidad”, establecido en la Constitución brasileña como uno de los supuestos para destituir al Presidente de la República.
Los problemas con el manejo de las cuentas refieren al uso de las “llamadas pedaladas fiscales” que consiste en el retraso del Tesoro Nacional en la ejecución de los pagos a bancos estatales para mejorar artificialmente las cuentas de la economía.
En el caso de Rousseff se le señala de retrasar el pago de beneficios sociales y pagos de subsidios a través de las instituciones: Caixa Económica Federal y el Banco Nacional de Desenvolvimento Econômico e Social (BNDES) para hacer ver que las cuentas fiscales estaban mejor.
Las entidades tuvieron que recurrir a sus propios fondos para pagar los subsidios, que luego fueron resarcidos por el Estado.
El Tribunal de Cuentas de la Unión brasileña entendió que esas maniobras configuraban operaciones de financiamiento de empréstitos de los bancos para el Tesoro, que estaban infringiendo la Ley de Responsabilidad Fiscal.
Por unanimidad, el pleno del Tribunal dictaminó que Rousseff manipuló las cuentas del año pasado para ocultar el creciente déficit fiscal en plena campaña electoral. El juez instructor calculó en US$27.300 millones el balance omitido en el presupuesto, reseñó BBC Mundo.
Pero esta no era la primera vez que se apelaba a esta fórmula para maquillar las cuentas fiscales. De acuerdo al exministro de Finanzas Rousseff, Eduardo Cardozo, la práctica se implementó desde el año 1994 por el Gobierno de Fernando Henrique Cardoso y fue continuada por Luiz Inacio Lula Da Silva, pero no en la magnitud que lo aplicó Rousseff.
De acuerdo a las cifras de Banco Central de Brasil, en el Gobierno de Cardoso las prácticas de las “pedaladas” durante los años 2001 y 2003 representaron el 0,02% y 0,11% del PIB, mientras en 2014 superaron el 1% del PIB.
En la denuncia contra la mandataria se señala que las irregularidades siguieron cometiéndose durante 2015, algo que es clave, porque significa que ocurrieron en su actual mandato.
No obstante, Rousseff aseguró que: «No he violado las leyes presupuestales. No hay razón de que me realicen un ‘impeachment’. No tengo cuentas bancarias en el exterior. Nunca he recibido un soborno y nunca he cometido un acto de corrupción».
Comparación con el caso CAP
Carlos Andrés Pérez salió de la Presidencia de Venezuela en el año 1993, fue separado de su cargo tras una solicitud de antejuicio de Mérito, aprobado por el Congreso de la República. Ni a él ni a Rousseff se le señaló de tomar un centavo para su provecho personal, sino por un mal manejo de las cuentas públicas.
El abogado Alberto Arteaga, quien dirigió la defensa de Pérez, considera que aparte de la mala imagen que tiene la institución presidencial hoy en Brasil, no hay puntos coincidentes en ambos procesos.
“Allá tienen un procedimiento sobre el impeachment, que no es otra cosa que un juicio político que se lleva ante el Poder Legislativo, con unos lapsos, unas suspensión, que no implica destitución. Con la posibilidad de ejercer la defensa para un pronunciamiento que se va a producir al término de ese proceso. Está regulado en Brasil por la Constitución y las leyes”, comenta Arteaga sobre el caso de Dilma.
Agrega que en el caso de Pérez, “fue la flagrante violación de las las previsiones legales y la inobservancia de las normas que rigen el debido proceso”.
A pesar que Rousseff considera que su impeachment es un “golpe de Estado”, Arteaga sostiene que es el caso de CAP el que puede ser catalogado de “golpe judicial” propiciado “por las instituciones y con la anuencia de prácticamente todos los partidos políticos”.
Recordó que la denuncia se interpuso por un pago por 250 millones de bolívares y que, según la acusación, no se había gastado en seguridad –como lo establecía el presupuesto- “En la sentencia definitiva se absolvió a Pérez, no hubo ningún enriquecimiento y resultó condenado por el envío de una misión policial a Nicaragua, que a juicio del fiscal no podía ser para seguridad de la Nación y nosotros alegamos que tenía que ver con la defensa de la democracia”, explicó.
Arteaga destacó que desde el visto bueno del antejuicio de mérito por la Corte Suprema de Justicia hasta la designación del sucesor de Pérez, Ramón J. Velásquez, transcurrieron apenas 15 días y que a pesar que quedaba suspendido, lo que constituía una falta temporal, se catalogó la situación de falta de falta absoluta.
“Se desconoció el debido proceso, todas las normas, no se preservó la presunción de inocencia. Hubo un linchamiento político”, asevera el jurista.