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Aplicación de la Jurisdicción Universal a Maduro

Los Jefes de Estado que hayan cometido crímenes de lesa humanidad, pueden ser enjuiciados internacionalmente, ya sea en aplicación de la jurisdicción internacional, que es la que establece el Estatuto de Roma, y es la de la Corte Penal Internacional (CPI). Ya lo ha hecho la CPI, en el caso conocido como “Situación Venezuela 1”. Ese caso ya se encuentra a nivel de la Sala de Cuestiones Preliminares, que puede decidir si se abre un juicio, y si se pueden aplicar en su contra, medidas cautelares como lo son la orden de comparecencia y el auto de detención. Ya ha habido experiencia en la investigación abierta contra Vladimir Putin, sobre quien pesa orden de arresto por los crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos, y que se siguen cometiendo en Ucrania. Esos altos funcionarios como Maduro, también pueden ser enjuiciados por Estados que apliquen la jurisdicción universal, que es la que permite a los tribunales nacionales competentes, enjuiciar a quienes hayan cometido crímenes de derecho penal internacional fuera de su territorio.

En el caso de Maduro, en Argentina ya se le ha abierto un juicio, a solicitud de un fiscal del Ministerio Público, y vemos cómo el dirigente político de Primero Justicia Julio Borges, pidió el jueves 13 de julio que más países se sumaran a la aplicación de la jurisdicción universal, esto luego de la decisión del fiscal federal de Argentina Carlos Stornelli. De abrir una investigación por las violaciones a los derechos humanos en Venezuela, en el caso de la investigación ante la CPI, Maduro no puede beneficiarse de la inmunidad de jurisdicción, ya que no se lo permite el Estatuto de Roma. En cuanto a la inmunidad de jurisdicción universal, Maduro no puede atenerse a la inmunidad de jurisdicción, sino en los Estados que se lo permitan y, Argentina no es uno de ellos. Para que otros países se sumen al pedimento de Julio Borges, hay que averiguar cuáles de ellos reconocen la inmunidad de jurisdicción y cuáles no.

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