Conozca el milagro más emblemático de José Gregorio Hernández y los pasos para llegar a santo (II)
El 10 de marzo de 2017, Yaxury Solórzano Ortega, de 10 años, y su padre fueron interceptados, en el caserío Mangas Coveras del estado Guárico, por unos delincuentes para robarlos. Los antisociales efectuaron unos disparos y una bala alcanzó la cabeza de la niña, dejándola gravemente herida.
«El papá de la niña intentó huir girando la moto, pero los delincuentes dispararon y el impacto lo recibió ella en su totalidad. La operación se realizó un día después del incidente. La recibimos en quirófano estaba intubada y bajo sedación. Practicamos la cirugía de control de daños y retorno al del hospital Pablo Acosta Ortíz (Hpao). El milagro se comienza a evidenciar cuando a la semana tanto la mamá como la hija se presentan en mi consultorio. Yaxury caminaba sonriente, sin complicaciones”, relató el médico tratante, Alexander Krinitzky
La madre de la niña, al enterarse de que el especialista realizaría la cirugía a su hija con pronóstico reservado, le pidió a José Gregorio, de quien es muy devota, que le salvara a su hija. Asegura que el venerable le dijo: «No te preocupes, que tu hija va a salir bien”.
El pasado 18 de enero de 2019, el cardenal venezolano Baltazar Porras en conjunto con el monseñor Giacomo Pappalardo, canciller de ese dicasterio, entregó a la Congregación para la Causa de los Santos, del Vaticano, el expediente donde se documenta el milagro de José Gregorio Hernández, médico de los pobres, a la niña Yaxury Solórzano Ortega.
Luego en el 2020, tras las investigaciones, la Comisión de Médicos de la Congregación para las Causas de los Santos aprobó el milagro atribuido al doctor José Gregorio Hernández.
Proceso de beatificación
El proceso según explica la Conferencia Episcopal Venezolana (CEV), inicia cuando luego de su muerte, las personas consideran que ha llevado una vida digna de un santo. El Obispo local investigará la vida de esta persona, tras lo cual se considerará la apertura de la causa a nivel diocesano; para ello, deberán transcurrir al menos 5 años luego del fallecimiento.
El obispo diocesano y el postulador de la causa presentarán entonces un informe que reunirá los datos relevantes de la vida de la persona y las virtudes admirables. Corresponderá a la Congregación para la Causa de los Santos examinar el informe, y si no encuentran obstáculo alguno, dictarán el Decreto “Nihil obstat”, con lo que se introduce la causa y se declara “Siervo de Dios”.
De Siervo de Dios a Venerable
Corresponde luego la recepción de testimonios de las personas que conocieron al siervo de Dios, por parte del tribunal eclesiástico diocesano, instituido por el obispo. Por otra parte, el obispo instituirá además una comisión de censores que analizarán los escritos del Siervo de Dios. Lo allí recopilado será registrado por el Relator de la causa, designado por la Congregación para la Causa de los Santos, en un documento denominado “Positio” que posteriormente será analizado por una Comisión de Teólogos consultores de la Congregación y finalmente, considerando las conclusiones de la Comisión de Teólogos, será discutido por la Congregación para la Causa de los Santos en sesión solemne de Cardenales y Obispos. Si el “Positio” es aprobado, se presentará ante el Sumo Pontífice, quien luego de considerar lo presentado autorizará el Decreto de Heroicidad de las Virtudes, con el que el Siervo de Dios pasa a ser Venerable.
De Venerable a Beato
Los promotores de la causa presentarán entonces a la comunidad el ejemplo de vida del Venerable, a fin de difundir su recta devoción y mostrar a la persona como modelo de cristiandad e intercesor ante Dios, de manera tal que las personas, confiadas en el Venerable, pidan su intercesión en los momentos de tribulación.
De ocurrir el caso de un presunto milagro, requisito necesario para el proceso de beatificación y canonización (a menos que la causa sea introducida la vía de martirio, por medio de la cual no es necesario el proceso de milagro), la documentación del mismo deberá recopilarse por el tribunal eclesiástico diocesano, a fin de ser presentado ante la Congregación de la Causa de los Santos, para su estudio.
El milagro, para considerarse como tal, deberá tratarse de un hecho innegable, como por ejemplo la sanación inmediata y perdurable, al que los científicos puedan considerar verídico y aun así inexplicable por las ciencias humanas, y por otra parte, comprobar que hubo la intercesión del Venerable, a través de su invocación verbal al ocurrir el hecho.
El presunto milagro será estudiado por la Comisión Médica designada por la Congregación, la Comisión Teológica y la Plenaria de Cardenales y Obispos. Si recibe la aprobación en cada una de estas etapas, el milagro se considerará como tal, el Santo Padre aprobará el Decreto de Beatificación y se determinará la fecha para la Ceremonia de Beatificación en los meses consiguientes. Las ceremonias de beatificación son celebradas por un representante del Papa, generalmente, el Prefecto de la Congregación para la Causa de los Santos.
De Beato a Santo
Un Beato podrá ser venerado en el entorno al que este pertenece, comúnmente el lugar en el que nació o falleció. Esto quiere decir que se podrá celebrar la Eucaristía el día de su fiesta en las comunidades que tengan relación directa con él mismo. La veneración se extenderá a la Iglesia Universal cuando el proceso haya alcanzado la aprobación de la canonización a través de la comprobación de un nuevo milagro, por la cual el Beato recibe el reconocimiento como Santo.
José Gregorio Hernández será declarado Beato durante la ceremonia a celebrarse el 30 de abril de 2021. A partir de allí, «la invitación a todo el pueblo de Dios que peregrina en Venezuela es a permanecer orantes para que, por obra de Dios y por la intercesión del Dr. José Gregorio Hernández, ocurra un nuevo milagro que permita su pronta canonización», indicó la CEV.