Quedan libres de pago del ISLR incremento de patrimonio por bienes de herencia
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), señaló que quedará exento de pago del Impuesto Sobre la Renta el incremento del patrimonio personal producto de herencias o legados por terceros.
Sin embargo, el producto económico que se desarrolle a partir de las actividades sobre dichos bienes, como su posterior venta, alquiler o uso, sí estarán sujetas a la declaración y pago del ISLR.
El Seniat señaló que la medida se debe a la normativa tributaria vigente, en la que se detalla que los bienes recibidos quedarán libres de pago tributario tomándose en consideración la Ley de Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y Ramos Conexos que establece el pago por esta razón solo en los casos que corresponda.
La Ley del ISLR contempla en su artículo 14, numeral 7, que “los donatarios, herederos y legatarios, por las donaciones, herencias y legados que perciban”, asimismo, califican como exentos del pago de este tributo.
El ente recaudador puso a la disposición de los ciudadanos sus diferentes canales de comunicación: 0-8000- SENIAT (736428), el correo electrónico [email protected] o personalmente en sus distintas sedes.