Nahum Fernández, lealtad y chavismo para ser Jefe de Gobierno de Caracas
El joven revolucionario se estrena en esta función luego de ser concejal por siete años y militante de la juventud Psuv
Una vez más Nicolás Maduro demostró que para ejercer como Jefe de Gobierno de cualquier entidad, solamente se debe demostrar lealtad a la corriente socialista que dirige. De esta manera, Nahum Jephte Fernández Molina fue designado como jefe de Gobierno del Distrito Capital.
En 1999, mediante la entrada en vigencia de la nueva Constitución, se creó el Distrito Capital a través de la eliminación de la figura del Distrito Federal. El 7 de abril de 2009 se aprobó la Ley sobre la Organización y Régimen del Distrito Capital que crea el Jefe del Gobierno y elimina el cargo de alcalde metropolitano, quien sería electo por el Presidente de Venezuela y la función legislativa la ejercerá la República a través de la Asamblea Nacional.
El anuncio lo hizo Nicolás Maduro por Twitter: “He designado como nuevo Jefe del Gobierno de Caracas, a Nahum Jephte Fernandez Molina. Joven revolucionario y luchador, quien desde ahora en adelante estará asumiendo este importante compromiso. A la batalla y a la victoria Nahum, siempre al lado del pueblo caraqueño”.
De esta manera, Fernández Molina sustituye a Jacqueline Faría, quien ejercía el cargo desde el 17 de agosto de 2020, tras la muerte de Darío Vivas por complicaciones del covid-19. El joven revolucionario se estrena en esta función luego de ser concejal por siete años y militante de la juventud del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv).
Fernández fue electo concejal de Caracas en las elecciones de 2013. En junio de 2014, luego de la muerte de Eliézer Otaiza, fue nombrado por la fracción del Psuv como presidente del Concejo Municipal para sustituir en el cargo a quien había sido asesinado días antes.
Luego de representar el Poder Legislativo del municipio Libertador por casi una década, Fernández Molina mudará su residencia administrativa al antiguo Palacio de Gobierno que se usaba hasta 1999 como sede de la Gobernación del Distrito Federal, ubicado al norte de la Plaza Bolívar, esto de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 de la Ley del Distrito Capital.
“Ya se están dando las discusiones correspondiente y estamos a la espera de la línea correspondiente emanada del partido. El próximo martes tendremos la decisión y asumirá el nuevo presidente o presidenta de la Cámara Municipal”, dijo Fernández al diario La Verdad en junio de 2014, antes de asumir el cargo de presidente de la Cámara Municipal.
Por su parte Fernández agradeció al dignatario la confianza depositada en él por la designación. “Honraremos con trabajo el sueño del Cmdte Hugo Chávez y Darío Vivas luchando junto al pueblo caraqueño, como usted me lo indicó”.
Pilares para ser Jefe de Gobierno
Una administración que desde su creación ha sido controlada por el Partido Socialista Unido de Venezuela, Jacqueline Faría (2009-2014 y 2020-2021), Ernesto Villegas (2014-2015), Juan Carlos Dugarte (2015-2016), Daniel Aponte (2016-2017), Carolina Cestari (2017 y 2018-2020), Antonio Benavides Torres (2017-2018) Darío Vivas (2020). A diferencia de los Estados que forman Venezuela, el Distrito Capital no cuenta con poderes, sino órganos de gobierno, dentro de los cuales se encuentra el Jefe de Gobierno del Distrito Capital, la Asamblea Nacional de Venezuela, los cuales están a cargo de las funciones ejecutivas y legislativas.
El cargo es de libre nombramiento y remoción por parte del mandatario venezolano, tal como pasa con otros cargos como Vicepresidente Ejecutivo de la República o un Ministro: Artículo 7. El Jefe o Jefa de Gobierno del Distrito Capital será de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela.
La legislación establece y desarrolla las bases para la creación y organización del régimen del Distrito Capital, el cual comprende su organización, gobierno, administración y recursos de esta entidad político-territorial. Por lo tanto, posee atribuciones, competencias, entes adscritos e ingresos propios.
El Distrito Capital tendrá como ingresos propios:
- Los recursos que le correspondan por concepto de subsidio de capitalidad, de acuerdo a la Ley de Presupuesto y el correspondiente al Situado Constitucional, tal y como lo expresa la Constitución de la República.
- El producto de las multas y sanciones pecuniarias impuestas por sus autoridades, así como las que se impongan a su favor por disposición de la ley.
- El producto de su patrimonio, de la administración de sus bienes y los servicios que preste.
- La tasas por el uso de sus bienes y servicios.
- Los recursos provenientes de asignaciones económicas especiales y la Ley en materia de Asignaciones Económicas Especiales.
- Los dividendos e intereses de cualquier naturaleza que correspondan al Distrito Capital por su inversión o aporte al capital de empresas de cualquier género, constituidas para la satisfacción de las necesidades públicas de competencia capital.
- El producto de lo recaudado por concepto de venta de especies fiscales.
- Los impuestos, tasas y contribuciones especiales que sean asignados por esta Ley y por otras leyes nacionales.
- Los bienes que se donaren o legaren a favor del Distrito Capital.
- Los recursos administrados por el Fondo de Compensación Inter-Territorial que le correspondan según los criterios de distribución establecidos con la ley.
- Los recursos provenientes de cualquier otra transferencia o subvención, así como los que le sean asignados como participación en los tributos nacionales de conformidad a la ley.
- Los aportes especiales que le acuerden organismos gubernamentales nacionales u entes intergubernamentales.
- El producto de cualquier otro recurso ordinario o extraordinario que legalmente le corresponda.