$10 MM podría generarle al país nueva Ley de Minas, según AN
La propuesta busca incorporar las mejores prácticas internacionales del derecho minero
La nueva Ley de Minas podría generarle al país unos 10 mil millones de dólares en un tiempo estimado de 8 a 10 años, así lo informó el diputado Elías Matta, presidente de la Comisión de Energía y Petróleo de la Asamblea Nacional, quien presentó este miércoles el anteproyecto a un equipo interdisciplinario designado por la mencionada comisión.
El parlamentario explicó que tal oferta se puede materializar si esta normativa legal se hace de forma responsable y con un ministerio de minas verdaderamente fuerte y con posibilidades de fiscalizar para que cobre lo que debe. Es decir que se haga una explotación minera moderna.
Señaló el parlamentario que la propuesta de nueva Ley de Minas se adapta a los nuevos y modernos procesos que se están dando en el mundo, y que tiene mucho que ver con nuevas tecnologías que afectan menos al ambiente con la que haya mayor transparencia y seguridad jurídica para el inversor, en la que se establecen impuestos claros y muy bien definidos, en donde no haya posibilidad de interpretaciones para que exista transparencia a la hora de la asignación de las empresas que van a trabajar, se respete a los municipios y a los indígenas si hay explotaciones en sus comunidades.
Enfatizó que en Venezuela la explotación minera nunca ha beneficiado al ciudadano, en los últimos años los ingresos en el presupuesto por este concepto han sido del 0,6 %. “Ha sido para el beneficio de unos vivos que se roban lo obtenido y el Estado no se ha beneficiado”.
Tras la presentación ante el pleno de la comisión el anteproyecto se presentará a todos los sectores interesados para que cuando llegue a la plenaria de la AN haya un gran acuerdo político que impulse esta ley.
Aspectos fundamentales de la propuesta de nueva ley de Minas:
El anteproyecto amplía el lapso de las concesiones mineras estableciendo que las mismas serán por 20 años, con posibilidad de solicitar dos prórrogas de 20 cada una. Se crea un Registro Único Minero lo que le dará forma jurídica a la actividad y quienes deseen ejercerla deben estar inscritos en él.
Contiene 27 artículos dedicados exclusivamente al ambiente y un título exclusivo que establece la obligación para todos los titulares de derechos mineros de tener permisos ambientales.
Otro título de la ley se refiere al bienestar y seguridad de los trabajadores mineros con el fin de preservar su salud física y mental. Prohíbe que niños y menores de edad trabajen en esta actividad y la violación de esta norma puede ser causal de caducidad de la concesión.
Proponen dos modalidades del ejercicio minero. La primera se denomina exclusivo, en el cual el Estado se reserva áreas estratégicas para la explotación y cuando considere que ya éstas han perdido valor estratégico, las libera para que se ejerza en ella la minería pequeña o la artesanal. El segundo, son las concesiones de exploración y explotación en las que se le otorga al titular el derecho exclusivo solo para el mineral que se le otorgue y si consigue uno diferente debe notificar a la autoridad de la materia.
Otro aspecto importante del instrumento presentado es que se requiere la aprobación de la Asamblea Nacional para otorgar permisos de exploración y explotación de los minerales estratégicos.
Las modalidades para autorizar la explotación serán por alianzas mineras y asociaciones mineras. La minería artesanal solo podrá ser ejercida por venezolanos en el territorio asignado y quien explote oro debe vender 50 % de la producción al Banco Central de Venezuela. Si le vende el 100 % está exento de pagar IVA.
Establecen requisitos para el solicitante, ya que ley actual solo habla de requisitos para la solicitud, entre los cuales resaltan los siguientes: no haber sido sometido a ninguna medida judicial; tener una experiencia mínima de 8 años en la actividad minera y contar con infraestructura y organización empresarial para evitar las empresas de maletín.
Los derechos económicos y sociales establecen el canon anual para mantener vigente el derecho minero. Se debe pagar un porcentaje dependiendo el tipo de etapa en que se encuentre: la exploración cancelará el 05 % y la explotación 1% de las inversiones realizadas en el año. La pequeña minería pagará el 0,5% y la artesanal el 0,1%.
Las regalías se pagarán mensualmente en dinero o en especies y serán un porcentaje de la venta del mineral. El oro, plata y el platino pagarán un 8 %; 6 % para diamantes y demás piedras preciosas y 7 % otro mineral. La minería artesanal no pagará regalías.
La fiscalización, control y vigilancia de las actividades mineras será una función del Ejecutivo para tener una minería responsable con una certificación real.
Las ventajas especiales establecidas en el proyecto son de índole económica y social. El solicitante puede ofrecerlas como parte de la responsabilidad social contenida en la legislación minera de otros países, pudiéndose pagar en especies como con la construcción de carreteras, centros de salud o escuelas, entre otros.