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TSJ desestimó solicitud de suspensión de multa contra A.S. 24 Valencia

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de su Sala Político Administrativa declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil A.S. 24 Valencia, C.A., contra la Resolución N° 127 dictada el 17 de abril de 2017 por el Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica.

La Resolución impugnada declaró la responsabilidad administrativa de la mencionada sociedad mercantil por «el supuesto incumplimiento de las obligaciones contenidas en los artículos 6 y 7 de la Resolución N° 035 sobre la capacidad de autogeneración y los horarios establecidos para ello» y le impuso una sanción de multa de tres mil treinta unidades tributarias (U.T. 3.030).

La sentencia N° 1386/2017, con ponencia del vicepresidente de la Sala, magistrado Marco Antonio Medina Salas, señala entre otros aspectos, que la parte demandante no aportó algún medio probatorio idóneo para crear la convicción que, efectivamente, los hechos o circunstancias advertidas como perjudiciales le producirían un daño irreparable o de difícil reparación.

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