Polémica judicial
“…no pretendas ser juez si no te hallas con valor para hacer frente a las injusticias; no sea que por temor a la cara del poderoso te expongas a obrar contra la equidad”.
El Eclesiastés,
Versículo 6 del capítulo 7
Las vacaciones judiciales y sus normas. Según la Resolución Nº 302 de fecha 03 de agostos de 2005, la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) del TSJ, las normas que regirán la Suspensión de despacho en todos los tribunales del país entre el 15 de agosto y 15 de septiembre son las siguientes: PRIMERO: Los tribunales de todas las competencias no despacharán desde el 15 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2005, ambas fechas inclusive. Durante ese periodo permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos procesales. Ello no impide que se practiquen las actuaciones que fueren necesarias para el aseguramiento de los derechos de alguna parte, la cual deberá justificar la urgencia. En tal sentido se exhorta a los órganos jurisdiccionales a tomar las debidas previsiones, a los fines de que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia. Al efecto, se acordará la habilitación para que se proceda al despacho del asunto; pero si éste fuere contencioso se requerirá, para su validez, la citación previa de la otra parte. Los referidos tribunales no podrán practicar otras diligencias, en ese período, sino las concernientes al acto que sea declarado urgente. Los jueces suplentes y conjueces, que suplan a éstos en el lapso señalado, no podrán dictar sentencia definitiva ni interlocutoria, salvo que las partes lo soliciten expresamente. SEGUNDO: En materia de amparo constitucional se considerarán habilitados todos los días del período antes mencionado. Los jueces, así sean temporales, están en la obligación de tramitar y sentenciar los procedimientos respectivos. TERCERO: En cuanto a la jurisdicción penal, las causas que cursen o se presenten ante los tribunales de control, así como aquéllas que tengan fijada, antes del 15 de agosto de 2005, oportunidad para el juicio oral, y, por último, los juicios de amparo constitucional, recibirán el trámite que ordinariamente les corresponde. Igualmente, se tramitarán los asuntos que tengan carácter urgente para el aseguramiento de los derechos de las partes, así como las actuaciones jurisdiccionales relativas a la investigación y comprobación de hechos punibles que sean denunciados. CUARTO: Las Rectorías de los Tribunales Civiles quedan facultadas para que resuelvan, en sintonía con los objetivos de esta resolución, las incidencias que surjan con motivo de la puesta en práctica de la misma. Adicionalmente quedan facultadas para establecer y organizar un sistema de guardias que permita recibir y distribuir solicitudes de amparo constitucional. Las Presidencias de los circuitos judiciales penales quedan igualmente facultadas para que hagan lo propio en los tribunales de dicha jurisdicción. QUINTO: La Inspectoría General de Tribunales atenderá con prontitud todo reclamo que se formule en relación con lo que dispone esta Resolución y, con tal finalidad, reforzará el sistema de guardias para las labores de inspección y vigilancia que le corresponde. De igual manera, la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial realizará las guardias necesarias para la atención de las solicitudes que le haga la Inspectoría General de Tribunales.
No tiene la culpa el ciego, sino quién le da el garrote. Realmente no sabemos cual es el mecanismo que está utilizando la DEM para sustituir a los jueces botados o suspendidos, pero lamentablemente tenemos que decir que no es nada bueno. Por ejemplo, podemos afirmar con propiedad que los nuevos jueces del área laboral designados muy recientemente en Aragua, no saben donde están parados. Para impresión del Foro, estos nuevos administradores de justicia desconocen el contenido de la Ley del Trabajo y de la Ley Procesal del Trabajo y por lo tanto, tampoco manejan el procedimiento. En ese baremo no se mide la capacidad, la experiencia ni el conocimiento que puedan tener los aspirantes, para designarlos jueces. Pareciera que los requisitos están más bien por la vía política. Hablan y gritan que quieren un Poder Judicial sano y hacen todo lo contrario, pues escogen “profesionales” corruptos, incapaces y oportunistas, pero “palanqueados” por los jefes de la nueva tribu judicial del país, que sean sus marionetas. No nos cabe la menor duda que la reforma de hoy no es más que una copia fiel y exacta de aquella que en el pasado protagonizó Manuel Quijada, por orden de Luís Miquilena.
¡Qué conducta! Estaban en una de las aulas de la Universidad Bicentenaria de Aragua el profesor de Derecho Penal III, Francisco Mota, quién además es juez séptimo de control del estado Aragua; y sus alumnos. El dictaba la clase y los muchachos prestaban atención. En el desarrollo de una de sus tesis sobre la justicia penal, el profesor dijo algo que a uno de los muchachos le pareció una barbaridad, y trató de rebatírsela con argumentos, pero no pudo porque el “docente” convertido en un energúmeno, golpeó con descomunal fuerza el escritorio y gritó: “En esta mierda el juez soy yo y punto”. Todos quedaron sorprendido de la reacción, primero porque los alumnos sostienen que en el aula el no es juez, sino que muy a pesar de los muchachos es el profesor. Ese incidente originó que nuestro celular se viera congestionado de llamadas de alumnos que nos relataron versiones coincidentes de lo ocurrido. Nos dijeron que Francisco Mota no solo es sumamente arbitrario con ellos, sino que además es muy grosero. En clase vive hablando en contra de sus colegas jueces, diciendo que la mayoría de ellos son corruptos no merecedores del cargo que ostentan. En pocas palabras, este “in-docente profesor” de derecho es repudiado por sus propios alumnos… también por sus compañeros de trabajo y… por los miembros del Foro en Aragua.
Justicia revolucionaria. La semana pasada la tutela judicial efectiva fue golpeada duramente en la Corte de Apelaciones del estado Aragua, por la ausencia del juez Juan Luís Ibarra, Presidente del circuito Penal. Él viajó a México “y que” asistir a una conferencia, dejando a nuestra región huérfano del servicio de justicia. Llegó el domingo y ayer lunes, exhibiendo nuevos collares de santería, adquirido en la tierra azteca, se incorporó a su trabajo en la Corte. En la próxima entrega hablaremos con lujo de detalles de la mansión en El Hipódromo, valorada en unos 800 millones, que se construyó el mago “magistrado” Juan Luís Ibarra. Él dice que esa casa la levantó gracias a los cuatro millones de bolívares mensuales, que recibe como sueldo. Juan Luís Ibarra no tiene aun cinco años de juez en Aragua, y no solo tiene apartamento, sino mansión y buenas naves, es decir camionetas nuevas y vehículos. ¿Cómo hace? ¡Es mago!
¿Tendrá guáramo? Ya tiene varios días instalada en su cargo la nueva Fiscal Superior del Estado Aragua, abogada Hilda Rosa Villanueva, y aun su acción no se siente. Ella sustituyó a su colega Olga Mercedes Adamés, quien tenía os años en el cargo y quién salió de aquí con las tablas en la cabeza, gracias a que nunca le paró a la ola de terror que existe en Aragua debido a los casi mil 500 ajusticiamientos propiciados por el gobierno regional. Frente a ese delito de lesa humanidad, la Fiscalía Superior de Aragua ha permanecido ciega, sorda y muda. Ojala la doctora Villanueva tenga guáramo para enfrentar esta situación. Si así es, que Dios y la Patria os premien. El pueblo lo agradecerá.
No mejora el enfermo. Los litigantes aragüeños han tomado varias veces y anuncian que van a seguir tomando la sede de los tribunales civiles, ubicados en la calle Vargas, con Boyacá. Los profesionales del derecho de este estado dicen estar cansados de la ineptitud y flojera de los jueces Pedro III Pérez, (1º), Gloria Mireya Armas Díaz (2º) y Ramón Camacaro (3º); por lo que se declararon en protestantes permanentes. En columnas anteriores hemos advertido que hay mucho malestar en el Foro debido a que los mencionados jueces casi nunca dan Despacho, es decir, que no trabajan, por lo que producen muy poca solución a la gran demanda de justicia que existe en Aragua. El premio a la flojera, a la incapacidad y a la arbitrariedad, se la diputan Pedro III y Camacaro. La DEM tiene la palabra.
Ibarra Vs. Gertrudis. En honor a la verdad, la muy mala imagen que tiene la administración de justicia en Aragua se debe a la incapacidad manifiesta de quién hasta hace poco tenía monopolizado el Poder Judicial en este estado. Es decir de quién simultáneamente ejercía como: Juez Rector del estado Aragua, Presidente del circuito judicial Penal del estado Aragua y Magistrado de la Corte de Apelaciones del estado Aragua, además de asesor jurídico in pectore del gobernador Didalco Bolívar y de los más connotados lideres del partido Podemos. El caso es que la DEM le ha ido quitando ese poder omnímodo que hasta ahora tenía el juez Ibarra. Le quitaron la rectoría y designaron a la doctora Gertrudis Muñoz como Jefe de los Servicios del Palacio de Justicia. En estos momentos ella demuestra ser una mujer de temple de acero. Ha venido imponiendo orden en ese mal llamado Palacio de Justicia. Sabemos que se ha ganado la animadversión de todos los que hacían lo que les daba la gana con el visto bueno de Juan Luís Ibarra, pero esperamos que no baje la guardia. Tiene que saber que le están haciendo la guerra y que a cada rato tratan de mal ponerla con los jefes de la reforma judicial, pero si ella sigue haciendo bien su trabajo y no se rinde ante esa mafia, seguro estamos que seguirá apoyada por los magistrados Luís Velásquez y Carmen Elvigia Porra de Roa.
Algo sobre las Elecciones Municipales. A pesar de que esta columna es esencialmente jurídica, la semilla política que cada uno llevamos por dentro me impide no pronunciarme sobre lo ocurrido el pasado domingo con las elecciones municipales. Al respecto solo diré que esas elecciones me traen a la memoria el titulo de dos libros: Crónica de una muerte anunciada (Gabriel García Márquez) y Aquí no ha pasado nada (Ángela Zago). Así graficamos lo que creemos de ese evento comicial.