Opinión Nacional

La patria os demandó a Velázquez Alvaray

“juro respetar la Constitución y cumplir con las leyes y las responsabilidades inherentes a al cargo”.

Luís Velázquez Alvaray
15/12/2004, cuando fue investido
como Magistrado de la Sala Constitucional del TSJ

*** La defenestración de Velázquez Alvaray originó que el ex director general de la DEM, abogado Antonio Barazarte, se suicidara en el interior de su emisora radial en Barinas

Hora: 11:00 de la mañana. Sitio: Sede del Palacio Legislativo de Venezuela. Asunto: “Cortarle la cabeza” al ex diputado revolucionario y actual Magistrado Luís Velázquez Alvaray, a quién se le concederá sólo una hora para que pronuncie su última proclama.

Más o menos así estuvo ayer montado el teatro en la Asamblea Nacional, sitio que lo asemejamos a la Plaza de la Concordia de Paris, antiguo icono del poderío imperial de Luís XV y donde se montó el escenario de la muerte de la monarquía, puesto que en ella se colocó la guillotina, en tiempos del fervor revolucionario. Francés, y donde también cayó Maximiliano Robespierre, modesto abogado que surgió de lo que hoy llamaríamos clase humilde y ascendió hasta jefe supremo del poder. Una vez más queda demostrado que los hombres necesitamos conocer nuestro pasado para saber lo que ha costado conseguir la fe que profesamos y las vidas sobre las que se han cimentado las libertades de que gozamos. Debemos ese respeto a nuestros ancestros, ese revisar de nuestras conciencias para reafirmar aquello en lo que decimos creer.

Al igual que el medico Joseph Ignace Guillotin (inventor de la guillotina) y el abogado Maximiliano Robespierre, al Magistrado Luís Velázquez Alvaray jamás le pasó por la mente que la “guillotina”, por la cual pasó a tanto juez (culpables e inocentes), sería utilizada para sacarlo de cuajo de la vida política. Hoy Velázquez Alvaray está absolutamente solo. El único amigo real que le quedaba, el abogado Antonio Barazarte, ex el coordinador general de la DEM, se suicidó luego de conocer la información de la inasistencia de éste, a la Sesión Plenaria de la Asamblea Nacional, convocada para tratar su destitución del TSJ. Barazarte murió decepcionado de su amigo. Él -según le manifestó a sus allegados- deseaba que “Luísito”, como lo llamaba, se montara en ese estrado y se defendiera como todo un barón. No aguantó Barazarte la cobardía de su “pana” al desaprovechar esa maravillosa oportunidad y escenario para defenderse. Atormentado por esa embarazosa situación, lamentablemente el abogado Barazarte decidió resolver su conflicto emocional, como nadie debe hacerlo. Se metió en el baño de la emisora 1400 AM (de su propiedad en sociedad con el defenestrado Magistrado), se pegó un tiro. Eso ocurrió aproximadamente a la 1:00 PM de ayer en la avenida Sucre de Barinas. Este lamentable hecho conmovió a toda la ciudad de Barinas, incluyendo a la familia presidencial, de la cual Barazarte era amigo desde hace años.

La votación en la Asamblea Nacional, para que al Magistrado Luís Velázquez le “cortaran la cabeza” fue unánime. Desde ese mismo momento, cesaron definitivamente sus funciones en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. No compareció a defenderse y solo se limitó a enviar al Parlamento una carta en la que alegó un formalismo banal, es decir, irregularidades en su convocatoria. La verdad fue que le tuvo miedo a enfrentar a sus antiguos camaradas. Ante su ausencia el Poder Legislativo decidió aprobar la propuesta de la comisión encargada de evaluar el informe del Consejo Moral Republicano, que proponía su destitución. El segundo vicepresidente de la AN y presidente de la mencionada comisión, Roberto Hernández, propuso a la cámara su aprobación del informe, lo que implicaba la destitución inmediata del cuestionado Magistrado. Los diputados accedieron a la propuesta y aprobaron la medida, quedando Luís Velázquez Alvaray removido in so facto del cargo que logró la noche el 13 ¿día de pava? de diciembre de 2004. El hasta ayer magistrado de la Sala Constitucional del TSJ, fue acusado por el ministro del Interior y Justicia, Jesse Chacón, de manejo irregular en la adquisición de la Ciudad Judicial Lebrún, instalaciones a las que se pretendían trasladar los tribunales ubicados en el centro de la ciudad.

HOY A JUICIO A HENRÍQUE CAPRILES RADONSKI. Hoy viernes 9 en el Tribunal 17 de Juicio, arranca el proceso judicial contra el Alcalde de Baruta, Henríque Capriles Radonski, por la causa que se le sigue tras los sucesos ocurridos en la embajada de Cuba el 12 de abril del año 2002. La audiencia está prevista para las 10:00 de la mañana. Los delitos imputados al alcalde Capriles Radonski son: Privación ilegítima de libertad, intimidación pública, violación de principios internacionales, violación de domicilio por parte de funcionarios públicos y daños a la propiedad contra la Embajada de Cuba. Recordamos que por estos mismos delitos, ya el Alcalde de Baruta permaneció cuatro meses metido en los calabozos de la Disip. En esta oportunidad, fue constituido un Tribunal Unipersonal, con la juez Maria Federica Pérez Carreño.

DETENIDOS EFECTIVOS DE LA GN VINCULADOS A TRÁFICO DE CHINOS. La Fiscalía presentará ante el Tribunal 34 de Control del área metropolitana de Caracas, a dos efectivos de la Guardia Nacional detenidos por su presunta vinculación con una organización internacional dedicada al tráfico de ciudadanos chinos. Funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC), detuvieron durante un allanamiento, practicado en horas de la noche de este sábado a José Gregorio Guevara Sánchez y Rubén Darío Duque Africano, teniente y sargento de la Guardia Nacional, respectivamente, adscritos ambos al Centro Lacustre de dicho componente castrense, con sede en Valencia. Como resultado del operativo policial también se incautaron dos vehículos y se realizó un registro fotográfico del personal adscrito a la instalación militar. Actualmente, los militares aprehendidos se encuentran recluidos en la sede del CORE 2 de Carabobo. La investigación abierta por el Ministerio Público reveló que estos habrían participado en el ocultamiento de 16 ciudadanos chinos, de un grupo de 25 que ingresó al país ilegalmente, quienes fueron abandonados el 13 de abril en las inmediaciones del Centro Social Chino, ubicado en la urbanización El Bosque de Caracas. El resto de los extranjeros fueron hallados en un apartamento de la Avenida Fuerzas Armadas. En su mayoría presentaban signos de tortura y malnutrición. El reconocimiento de estas personas se logró gracias a los retratos hablados, realizados a partir de la descripción suministrada por las víctimas. Por este caso anteriormente habían sido detenidos Chun Chang Yit Chen, quien ya fue acusado y esta pendiente de juicio; y Esteban Fong, de nacionalidad venezolana, imputado por de facilitador en el delito de tráfico de personas. Las investigaciones continúan a objeto de hallar a otras personas vinculadas con esta red delictiva.

IMPROCEDENTE SOLICITUD DE EJECUCIÓN FORZOSA DE SENTENCIA CONTRA DIRECTIVA DEL MAS. La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia de su presidente magistrado Juan José Núñez Calderón, declaró improcedente la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia del 2 de marzo de 2006, mediante la cual se declaró con lugar la acción de amparo constitucional ejercida por José Luis Meza contra Felipe Mújica y Leopoldo Puchi, en su condición de Presidente y Secretario General, respectivamente, de la organización con fines políticos Movimiento al Socialismo (MAS), y donde se ordenó además realizar el proceso electoral para la renovación de las autoridades de la referida organización; también ordenó la Sala el cumplimiento de una serie de actos tendentes a restituir la situación jurídica infringida. Observó la Sala Electoral que se desprende de la documentación presentada por las partes y cursante en autos, así como de la información suministrada por el CNE que, a diferencia de lo expuesto por la parte accionante, existen elementos que permiten considerar que en la actualidad se viene dando cumplimiento voluntario del mandato judicial contenido en la sentencia de esta Sala número 32 del 02 de marzo de 2006, encontrándose la referida ejecución voluntaria en fase de aprobación -por parte del organismo rector electoral- del Cronograma Electoral elaborado por la Comisión Electoral del MAS, ello, de conformidad con lo dispuesto por este Órgano Jurisdiccional en el fallo antes referido.La Sala señaló, que aún cuando se ha constatado que se está dando cumplimiento a la sentencia número 32 del 02 de marzo de 2006, se hace necesario agilizar los trámites actualmente en curso, razón por la cual estimó requerir lo siguiente: 1.- Que el Consejo Nacional Electoral emita, a la mayor brevedad posible, pronunciamiento respecto a la aprobación del Cronograma Electoral presentado por la Comisión Electoral del MAS; 2.- Que una vez el CNE emita el pronunciamiento correspondiente con relación al Cronograma Electoral presentado para su aprobación por parte de la Comisión Electoral de la organización MAS, Informe inmediatamente a esta Sala, sobre el contenido de la decisión que adopte, vista la naturaleza del caso; 3.- De ser aprobado el Cronograma Electoral antes referido, proceda el CNE, en concomitancia con la Comisión Electoral del MAS, a dar cumplimiento al Cronograma Electoral aprobado, de manera tal que este proceso electoral se realice con antelación suficiente al proceso electoral nacional de elección del Presidente de la República; y 4.- En caso de que el Cronograma Electoral presentado por la Comisión Electoral del MAS no sea aprobado por el Máximo Organismo Electoral, debe el CNE comunicar su decisión a la Comisión Electoral del MAS, con el objeto de que ésta última realice los correctivos necesarios para que efectivamente a fin de su aprobación definitiva por el CNE. Finalmente, respecto del requerimiento efectuado por el accionante a la Sala el 6 de junio de 2006, mediante el cual solicitó la designación por parte de este Órgano Jurisdiccional de una Comisión Electoral paritaria, que asuma provisionalmente la dirección de la organización política Movimiento al Socialismo, así como la elaboración, de un Cronograma Electoral en el que se establezcan las fases del proceso para la renovación de la dirigencia partidista del MAS; la Sala, se reserva la oportunidad de emitir cualquier pronunciamiento al respecto hasta tanto no conste en autos el dictamen del Consejo Nacional Electoral respecto de la aprobación del Cronograma Electoral presentado por la Comisión Electoral del MAS, en virtud del vínculo existente entre dicho veredicto administrativo y las pretensiones solicitadas por el actor.

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