TSJ avaló convocatoria presidencial de ANC y considera “innecesario” referendo
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) avaló este miércoles la convocatoria del presidente de la República, Nicolás Maduro, a una Asamblea Nacional Constituyente (ANC), en respuesta a un recurso de interpretación sobre los artículos 347 y 348 de la Constitución Nacional.
De acuerdo con la sentencia N° 378, el pueblo venezolano “es el depositario del poder constituyente originario” y en tal condición “le corresponde la convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente”, sin embargo agregó que la “iniciativa” para convocar el mecanismo también le concierne “por regla general” a los órganos del Poder Público.
“El Presidente de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; y los concejos municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos, quienes ejercen indirectamente y por vía de representación la soberanía popular”, precisa el organismo judicial en una nota de prensa difundida en su portal web.
De igual forma, estableció que la única excepción de iniciativa popular de convocatoria es la del 15% de los electores inscritos en el Registro Civil y Electoral.
Por otra parte, la Sala Constitucional consideró como “innecesario” ni “constitucionalmente obligante” realizar un referéndum consultivo para que los venezolanos aprueben la celebración del proceso Constituyente, cuyo fin es “transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”, según la Carta Magna.
El presidente Nicolás Maduro convocó a una Asamblea Constituyente el pasado 1 de mayo como un método, según ha argumentado, para garantizar la estabilidad política y social del país, pues, a su juicio, “el juego se trancó”, en referencia a los conflictos que mantiene con el Parlamento Nacional, controlado por la oposición.
Entre tanto, la oposición ha rechazado la propuesta al considerar que con ella se pretende vulnerar el derecho de los venezolanos a unas elecciones libres, directas, universales y secretas bajo un sistema de votación hecho a la medida del Jefe de Estado, y a su vez, en la que no contemplan una consulta para que la población avale o se oponga a la redacción de una nueva Constitución.
Entre este miércoles 31 de mayo y jueves 1 junio, el Consejo Nacional Electoral (CNE) realizará el proceso de inscripciones de candidatos aspirantes a la ANC, cuya conformación será de 545 representantes, de los que 364 se elegirán por circuitos territoriales y 181 por ámbito sectorial (estudiantes, empresarios, clase trabajadora, pensionados, indígenas, discapacitados, comunas y consejo comunales).