Según el Contralor se quiere dar un «golpe de Estado parlamentario»
Debido a la “inexistencia” del juicio político en el marco jurídico venezolano y por efectuarse bajo un “desacato constitucional” el Poder Ciudadano de la República, a través del órgano contralor rechazó la declaración de “responsabilidad política” al presidente Nicolás Maduro sesionada el pasado martes por la bancada mayoritaria de la Asamblea Nacional, por lo que advierten de “la presencia de un golpe de Estado parlamentario”.
Manuel Galindo, contralor general de la república, calificó como “fraudulento” dicha acción del órgano legislativo, e indicó que tal mecanismo impulsado por el grupo de juristas de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), esconde “en sus entrañas” una imputación inconstitucional.
Durante un pronunciamiento, acompañado por el defensor del pueblo, Tareck William Saab, Galindo explicó que la única figura constitucional para sancionar al Poder Ejecutivo, “solo se refiere al voto de censura”, enfatizó y agregó que éste solo podría recaer en el cargo del Vicepresidente Ejecutivo, Aristóbulo Istúriz.
En este sentido, aclaró que la potestad de control que le refiere la Carta Magna nacional al Poder Legislativo para declarar responsabilidad política a funcionarios públicos, que “bajo ninguna circunstancia puede ni debe confundirse con un juicio político, y menos aún al Presidente”, requiere del visto bueno del Poder Ciudadano,
“Es necesario aclarar que en esos casos no se está en presencia de un juicio político sino de un simple procedimiento administrativo que requiere la intervención de varios órganos para ser efectiva una responsabilidad administrativa, no un delito político; por lo tanto, la declaratoria aislada de la responsabilidad política no es suficiente para entender que la misma se ha materializado, pues se requiere la intervención obligatoria del Poder Ciudadano”, reseña el comunicado leído por el contralor este jueves.
El funcionario dejó claro que en el caso de que el Parlamento efectuara un procedimiento contra algún funcionario público, para solicitar la determinación de responsabilidad administrativa al Poder Ciudadano, integrado por el Defensor del Pueblo, la Fiscal General de la República y el Contralor General de la República, es el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) quién toma la decisión.
Galindo aseguró que para declarar el abandono del cargo presidencial es necesario la aplicación previa de “un control de constitucionalidad”, la cual solo puede ejercer la Máxima Interprete de la Constitución.
Por consiguiente, en nombre de la Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela y el Consejo Moral Republicano, manifestó que la instancia de control administrativo que dirige “no debe avalar, apoyar o aceptar” la petición legislativa, ya que “de hacerlo estaría incurriendo en desacato a la Constitución y a las leyes, y estaría además tratando de subsanar el irrespeto por parte de la Asamblea Nacional al mandato jurisdiccional emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia”, sentenció.
En referencia a la denuncia hecha por el diputado (Bolívar-GPP) Héctor Rodríguez, el pasado 14 de diciembre afirmó que responderán a tal solicitud, como manda el artículo 51 de la Ley Suprema venezolana, de manera “oportuna y adecuada”.