TSJ no puede emitir pronunciamiento sobre Estado de Excepción
El presidente Nicolás Maduro decretó el pasado viernes 13 de mayo, un Estado de Excepción y Emergencia Económica, el cual fue rechazado por la Asamblea Nacional. Este martes 18 además mencionó el decretar un posible «Estado de Conmoción».
Sin embargo, la Ley Orgánica sobre los Estados de Excepción, señala dos puntos importantes. Uno que el estado de conmoción no está separado de los demás establecidos en la ley y que si el Parlamento niega el estado de excepción el Tribunal Supremo de Justicia no puede avalarlo ni pronunciarse.
Así lo indica en su artículo uno que cita la ley “tiene por objeto regular los estados de excepción, en sus diferentes formas: Estado de alarma, estado de emergencia económica, estado de conmoción interior y estado de conmoción exterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 338 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; así como, el ejercicio de los derechos que sean restringidos con la finalidad de restablecer la normalidad en el menor tiempo posible».
Asimismo en su artículo 34 se explica que “la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia omitirá todo pronunciamiento, si la Asamblea Nacional o la Comisión Delegada desaprobara el decreto de estado de excepción o denegará su prórroga, declarando extinguida la instancia”.
Además, en el artículo 338 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se manifiesta que “la aprobación de la prórroga de los estados de excepción corresponde a la Asamblea Nacional”.
«Por tal motivo siendo una variante, no existe estado de conmoción interno por sí sólo, porque es una de las cuatro formas previstas en el artículo uno de la Ley Orgánica sobre los Estados de Excepción y no se pueden tratar por separado», opinó Emilio Figueredo, Presidente Editor de Analítica.
Explicó que las cuatro formas previstas en el citado artículo son: estado de alarma, estado de emergencia económica, estado de conmoción interior o estado de conmoción exterior. «Si la Asamblea Nacional se pronunció y lo rechazó, debe ser respetado y según la ley el estado de excepción no se puede aplicar».
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