¡A la porra con la democracia!
No fueron suficientes el escándalo suscitado con la suspensión de las megaelecciones y el desprestigio que para nuestra precaria institucionalidad significaron los dislates del oficialista y ya renunciado CNE; por lo que ahora el Congresillo nos despierta con otro golpe al higado de la democracia. La recien aprobada Ley de Telecomunicaciones, que en líneas generales favorecería la seguridad jurídica y el desarrollo comercial del sector, fue receptáculo de un contrabando de última hora. Leo y releo el texto del artículo 208, incluído entre gallos y media noche por una mano «quintorepublicana», y no salgo de mi sorpresa: «El Ejecutivo Nacional podrá, cuando lo juzgue conveniente a los intereses de la nación, o cuando así lo exigiere el orden público, la seguridad, suspender o impedir la transmisión de comunicaciones cursadas a través de los distintos medios de telecomunicaciones».
En otras palabras, para la naciente legalidad neobolivariana el ejercicio de los derechos humanos, en este caso de los derechos a la libertad de expresión y a libertad de información, podrá restringirse a criterio del gobierno de turno y según su leal saber y entender.
Y de nada servirá como excusa, a este respecto, decir que la norma de marras ya se encontraba en las regulaciones del puntofijismo. O que lo que se hizo fue trasladarla a la nueva Ley, dejando las cosas como estaban antes ¿O es que acaso las cosas no son distintas a las del pasado oprobioso? ¿O es que olvidaron los proponentes de este adefesio antidemocrático que la Constitución bolivariana, en sus artículos 57 y 58, prohibe todo tipo de censura a la expresión o a la comunicación? Distinto es que el autor deba, como debe ser, responder de sus delitos de opinión ante un juez de la República; pero mal debe hacerlo ante el policía o el comisario del Régimen.
Así las cosas, el supremo Congresillo ha vuelto a desconocer su propia Constitución. Y peor aún, se ha burlado de la doctrina internacional de los derechos humanos, a cuyo tenor el Estado -que no el Gobierno- puede intervenir en las comunicaciones; pero sólo cuando se trata, con base en la ley, de asegurar la pluralidad democratica. Vale, entonces, su intervención técnica y operativa cuando se busca asegurar la diversificación de las fuentes de la información o prohibir el abuso de las posiciones dominantes. Otro tanto es admitir que a través de providencias sublegales y ejecutivas se pueda censurar el contenido mismo de la información. Ello sólo ocurre en las dictaduras, cuando sus patrones mandan a la porra todo sentimiento de libertad.
(*) Jurista y ex ministro del Interior