Regulan presentación y etiquetado de los refrescos
Las bebidas gaseosas deberán estar rotuladas o usar etiquetas de advertencia sobre los efectos perjudiciales de su consumo en el organismo, por orden del Ministerio de Salud.
“Las bebidas gaseosas y azucaradas contendrán en el etiquetado y rotulado de los envases advertencias a través de textos acerca de los daños a la salud derivados de su consumo en exceso. El etiquetado y rotulado deberá contener adicionalmente las advertencias escritas, emblemas, leyendas, distintivos y en general cualquier otro elemento que no deje lugar a dudas respecto a la verdadera naturaleza del producto”, dice la resolución gubernamental publicada en la Gaceta Oficial No. 40.803, que circuló el pasado martes.
Las compañías productoras de estas bebidas tendrán un lapso de dos meses a partir de la publicación de la norma para comenzar a acatarla. El incumplimiento acarreará sanciones administrativas y medidas cautelares.