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Operativo Impunidad Cero de Súmate estará en 8 estados

La ONG Súmate informó este sábado que habilitó el número telefónico (0212) 750.7300 para atender consultas y recibirán denuncias sobre irregularidades que ocurran durante el proceso de votación de este domingo. Añadió que desplegará el Servicio de Impunidad Cero en ocho (8) estados del país, en donde los electores de estas entidades se podrán comunicar a través de los siguientes números telefónicos: Teléfonos operativo impunidad cero

Asimismo, Súmate exhortó a los electores a verificar sus datos en el Registro Electoral a través de la página web del CNE (www.cne.gob.ve); el número 0800-VOTEMOS (0800-8683667) o con un mensaje de texto en el cual envíen su número de cédula al 2637 (CNE-7). Igualmente, los invitó a conocer la boleta de votación correspondiente a su municipio y/o parroquia ingresando al sitio web “Así Votas – Parlamentarias 6D 2015” ubicado en la parte central de su portal www.sumate.org.

El comunicado recordó que quienes fueron seleccionados como Miembros y Secretarios de las Mesas Electorales deben acudir mañana domingo, a las 5 de la madrugada, a la Constitución de las 40 mil 601 Mesas habilitadas en los 14 mil 515 Centros de Votación.

Finalmente, explicó que cualquier elector puede participar en la Verificación Ciudadana de votos:

Luego del cierre de las Mesas de Votación, a las 6 de la tarde de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 121 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, Súmate informa a los electores que tienen el derecho a participar en la Verificación Ciudadana o auditoría de las mesas de votación, que es un acto público y solo limitado por la capacidad del espacio del recinto del Centro de Votación, tal como lo estipulael artículo 440 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (R-LOPRE). Explica que los pasos a seguir para la ejecución del Acto de Verificación Ciudadana son los siguientes:

  1. Luego de impresas las Actas de Escrutinio de todas las Mesas; los Presidentes de Mesa deben auditar el 53,3 por ciento de las mismas, para lo cual le corresponde realizar un sorteo, (Artículo 441, numeral 2, Reglamento General de la LOPRE).
  2. La cantidad o número de Mesas a auditar depende del tamaño del Centro de Votación. En Centros de 1 ó 2 Mesas, se audita 1 de ellas, de 3 a 6 mesas se deben auditar 2; de 7 a 9 mesas se deben auditar 3; en centros de 10 a 13 mesas 4, en centros de 14 en adelante se deben auditar 5 mesas de votación, (Artículo 439 del Reglamento General de la LOPRE).
  3. En cada Mesa de Votación a auditar, se cuentan los comprobantes de votación, se comparan los totales con los resultados del Acta de Escrutinio y se firma el Acta de Auditoría (Artículo 441, numeral 6, del Reglamento General de la LOPRE).
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