Violación de la correspondencia privada al descubierto
Dejando de lado cualquiera consideración circunstancial sobre la estúpida conferencia de prensa en la que fueron insólitos protagonistas el ministro de la Defensa y una variada gama de modelos y colores de prendas íntimas femeninas, llama la atención el desparpajo con el cual el citado alto funcionario ejecutivo dio lectura a piezas de correspondencia privada, remitidas por correo electrónico, de las que es autor el ex ministro, general de división en retiro, Fernando Ochoa Antich. Al parecer, para el titular de la Defensa no reviste ninguna importancia la violación del artículo 48 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que consagra la inviolabilidad de la comunicación (“Se garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas”, reza en su primer párrafo el artículo citado).
Si se añade la circunstancia de que en esta oportunidad la correspondencia de que se trata posee un claro contenido político, se entiende la reacción que ha generado el inusitado comportamiento del ministro castrense, ya que no es frecuente que un miembro del gabinete ejecutivo prácticamente confiese ante la opinión pública que el despacho a su cargo realiza tareas de acceso ilegal a la correspondencia privada entre particulares sin sujeción a los requisitos que contempla la norma constitucional respectiva (….. las comunicaciones privadas en todas sus formas….. “no podrán ser interferidas sino por orden de un tribunal competente, con el cumplimiento de las disposiciones legales y preservándose el secreto de lo privado que no guarde relación con el correspondiente proceso”/Segundo y último párrafo del ya citado Art. 48).
Quiere decir todo esto que para el ministro de la Defensa no existe la privacidad en la correspondencia entre particulares, por lo que la disposición constitucional que señala expresamente que la inviolabilidad de la comunicación es uno de los derechos civiles reconocidos por la novísima carta fundamental de 1999, es pura y simplemente “letra muerta”, como tantos otros preceptos incorporados a su texto que vienen siendo temprana y sistemáticamente violados, dejando una sensación de sospecha en la opinión pública de que no hacía falta sustituir la admirable Constitución de 1961 para acometer el proceso de cambios institucionales que requiere la sociedad venezolana.
Pero lo sucedido no tiene por qué sorprender a nadie puesto que si algo caracteriza al actual régimen es el desenfado y el descaro con el que actúan sus distintos personeros encabezados, sin que quepa duda alguna, por el jefe del Estado y su entorno íntimo, con el propósito de no dar importancia alguna a los abusos y arbitrariedades en las que incurren cotidianamente todos ellos para justificar sus diferentes posturas políticas, coincidentes en fortalecer y promover tanto el personalismo como el populismo que, junto con la militarización de la administración pública y la politización de la Fuerza Armada, constituyen el cimiento y soporte de lo que en la jerga oficialista se conoce como el “proceso revolucionario, democrático y pacífico”.
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