Opinión Nacional

TSJ = Tribu Stalinista y Jacobina (2 de 3)

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Fidel Castro acaba de ser reelecto por enésima vez al Congreso de los Diputados del Pueblo, por la provincia de Santiago, con más del 97% de los votos. En uno de sus discursos, dijo «esta es la más contundente demostración de que en Cuba funciona la mejor democracia del mundo».

De la misma manera piensa, por supuesto, José Delgado Ocando, el redactor de la malabarismática ponencia que afirma que los referenda consultivos no son vinculantes, a pesar de que la «mejor constitución del mundo» le dá precisamente ese caráter
en su artículo 70:

«Artículo 70. Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad».

Podemos apreciar el caradurismo de José Delgado Ocando, cuando nos enteramos al leer el original de la ponencia citada, que el subrayado de la frase: «cuyas decisiones serán de carácter vinculante» es de él. Sí, el propio José Delgado Ocando, subrayó el constitucionalísimo carácter vinculante que tienen todos los referenda que se lleven a cabo mientras sigamos rigiéndonos (por ahora, en apariencia, por supuesto) por la Constitución de 1999.

Según el inefable Delgado Ocando, los referenda, no producen decisiones «sólo resultados». Es decir, Delgado Ocando acaba de proponer a la Real Academia de la Lengua Española, un nuevo verbo. El verbo «resultar».

Por ejemplo, cuando usted vote en el próximo referéndum consultivo y le comente a sus amigos como le fue, ni se le ocurra decir: «yo decidí votar por el SI», lo correcto, según Delgado Ocando es decir: «yo resulté votar por el sí»; claro, eso si lo que usted desea -como le recomienda Delgado Ocando- es evadir subrepticiamente que su voto tenga el caráter vinculante que la Constitución le asigna a todos aquellos votos emitidos durante los referenda.

Pero Delgado Ocando, no sólo se dedica a propone nuevos términos lingüísticos, también parece ser que tiene visión de rayos-x. Sí, como Supermán.

Esto es evidente cuando dice: «De acuerdo con la redacción del precepto antes trascrito, los órganos de los Poderes Públicos únicamente están obligados a acatar las decisiones tomadas por los cabildos abiertos y por las asambleas de ciudadanos, ya que éstos, entre los medios de participación política que menciona la norma, poseen carácter deliberante».

Le aseguro amigo lector, que usé todo tipo de lupas, mi mejor par de espejuelos, y la más brillante iluminación a mi disposición, para leer minuciosamente la Constitución, en la búsqueda de algún párrafo que estableciese, que, como afirma Delgado Ocando, que los poderes públicos sólo están obligados a acatar las decisiones de carácter deliberante. Por ello, no puedo más que concluír, que es necesaria una visión de rayos-x, como la de Delgado Ocando -o como la de Supermán- para poder hallar ese texto.

Pero, pobre Delgado Ocando…. ni siquiera su poderosísima visión de rayos-x, le permitió ver que el acto de votar «Si» ó «No» en un referéndum, tiene un clarísimo carácter deliberante, como bien nos lo explica el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española:

Deliberar: «Considerar atenta y detenidamente el pro y el contra de los motivos de una decisión, antes de adoptarla, y la razón o sinrazón de los votos antes de emitirlos».

En otras palabras, el malabarismático e inefable José Delgado Ocando, en su empeño por complacer al déspota de Miraflores, mediante el hallazgo -donde no los hay- de argumentos que despojen del carácter vinculante al referéndum consultivo, se mató como chacumbele, porque si él, -como lo hace en su ponencia- afirma que el poder público sólo está obligado a acatar las decisiones del pueblo que posean un caráter deliberante, esta diciendo enfáticamente, que el referéndum consultivo, TIENE CARÁCTER VINCULANTE y en consecuncia, el poder público ESTA OBLIGADO A ACATAR SUS RESULTADOS.

Finalmente, al unir el anterior comentario que hice sobre la ponencia de Iván Darío Rincón sobre el Artículo 350 de la Constitución, con este comentario sobre las opiniones de José Delgado Ocando, se reafirma en mi mente, que las siglas «TSJ» ya no significan «Tribunal Supremo de Justicia», sino «Tribu Stalinista y Jacobina».

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