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El 6D solo votan venezolanos dentro del territorio nacional

A través de una nota de prensa, la Asociación Civil Súmate aclara que por ser la Asamblea Nacional un órgano del Poder Público Nacional, las elecciones Parlamentarias del próximo 6 de Diciembre son de carácter nacional y solo podrán votar los venezolanos inscritos en el Registro Electoral (RE) dentro del territorio nacional hasta el pasado 8 de julio.

La ONG explica que los venezolanos residenciados en el exterior y que hayan actualizado esta información en el Registro Electoral no tienen derecho a votar en estos comicios, ya que los mismos son por áreas geográficas dentro del territorio nacional conformadas en circunscripciones nominales (Municipios y/o Parroquias) para el Voto Nominal, y estadales para el Voto Lista; como tampoco podrán ejercer el sufragio los extranjeros residenciados en Venezuela, tal como se desprende de lo estipulado por los artículos 64 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y 41 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), en los que les concede este derecho solo para elecciones municipales y estadales.

El artículo 64 de la Constitución cita: “…El voto para las elecciones parroquiales, municipales y estadales se hará extensivo a los extranjeros o extranjeras que hayan cumplido dieciocho años de edad, con más de diez años de residencia en el país, con las limitaciones establecidas en esta Constitución y en la ley, y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política.”

Por su parte, el artículo 41 de la LOPRE expresa: “…Los extranjeros y las extranjeras debidamente inscritos e inscritas en el Registro Electoral, que hayan cumplido diez años o más de residencia en el país, no sujetos a interdicción civil o inhabilitación política, podrán ejercer su derecho al voto en los procesos electorales para elegir a los o las titulares de los cargos de elección popular a nivel regional o municipal.”

Además, Súmate precisa que los únicos requisitos para votar en las Elecciones Parlamentarias del 6-D, según lo previsto por los artículos 41, 123 y 125 de la LOPRE son: “1. Estar inscrito en el Registro Electoral y 2. Presentar la cédula de identidad laminada, sin importar si está vencida, en la Mesa de Votación donde le corresponde ejercer su derecho al sufragio.”

Electores deben verificar centro de votación y si son miembros de Mesa

Súmate exhorta a los 19 millones 496 mil 365 electores con derecho a votar en las Elecciones del 6 de Diciembre a verificar sus datos en el Registro Electoral, luego de que el pasado sábado 05 de septiembre fuera publicado el Padrón Definitivo, entre ellos su número de cédula de identidad, nombres y apellidos, estado y municipio, y la dirección del centro de votación, como también la información sobre si fue seleccionado como Miembro o Secretario de Junta o Mesa Electoral. Para ello invita a entrar en la página web del CNE e ingresar su número de cédula de identidad en el módulo “Consulte sus Datos – Registro Electoral”, como también pueden hacerlo llamado al 0800-VOTEMOS (0800-8683667) ó enviando al 2637 desde un teléfono celular un mensaje de texto con su número de cédula de identidad.

La ONG recuerda que el proceso de Inscripción y Actualización en el Registro Electoral para las Elecciones Parlamentarias del 6D cerró el pasado 08 de julio, el cual fue publicado como RE Preliminar el 24 de julio y como RE Definitivo el 5 de septiembre, cumpliendo los pasos indicados para ello, tal como lo prevé el artículo 40 de la LOPRE: “El Registro Electoral Preliminar depurado y actualizado constituye el Registro Electoral Definitivo (…) contendrá los electores con derecho a votar en el proceso electoral convocado.»

Los nuevos electores que no aparezcan inscritos o aquellos que fueron migrados a otros centros de votación sin su consentimiento, como también quienes fueron excluidos o encontraron errores en algunos de sus datos personales, aunque pueden hacer la solicitud de subsanación o corrección de estos errores, porque el Registro Electoral es continuo, ésta no será efectiva para las elecciones del 6D.

CNE debe notificar a electores su selección como Miembros de Junta o Mesa

Adicionalmente, Súmate llama a los electores a verificar si fueron seleccionados como Miembros de Juntas o Mesas Electorales, ya que como estaba previsto en la actividad 49 del Cronograma Oficial, el CNE realizó el jueves 10 de septiembre la selección complementaria de 88 mil 310 electores, que se incorporaron a los 406 mil 198 escogidos el jueves 19 de marzo, lo cual suma un contingente de 494 mil 508 electores que deben prestar el servicio electoral obligatorio en las elecciones del 6D 2015, distribuidos en: 486 mil 732 electores como Miembros de Mesa, 440 en las Juntas Regionales, 6 mil 264 en las Juntas Municipales, un mil 324 en las Juntas Parroquiales y 37 para Juntas Metropolitanas.

Por ello, considera la ONG que el CNE está a tiempo para notificar a cada uno de los electores seleccionados de cumplir con este servicio electoral obligatorio, como también del lapso de su adiestramiento, tal como lo estipulan los artículos 99 y 112 de la LOPRE.

Multas y prisión para quienes incumplan servicio electoral

Súmate advierte a los electores seleccionados como Miembros de las Juntas y Mesas de Votación que en el caso de no poder cumplir con el servicio electoral obligatorio para las Elecciones Parlamentarias del 6 de Diciembre, están sujetos a ser sancionados con multas que oscilan entre 15 a 50 Unidades Tributarias, es decir, entre 2 mil 250 a 7 mil 500 bolívares; como también con arresto proporcional, a razón de un día de arresto por unidad tributaria, según determine la autoridad competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 230 y 231 de la LOPRE.

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