Condena de 4 años para dos adolescentes por la muerte de Mónica Spear
El Ministerio Público condenó a cuatro años de privación de libertad y seis meses de regla de conducta, dos adolescentes de 15 y 17 años de edad, quienes admitieron su participación en la muerte de la actriz Mónica Spear (29) y su pareja Thomas Henry Berry (39), ocurrida el 06 de enero de 2014, en la autopista Puerto Cabello-Valencia.
En la audiencia preliminar, el fiscal 24º de Carabobo con competencia en materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, Wilmer Romero, ratificó la acusación contra el joven de 17 años por ser coautor del delito de homicidio calificado en la ejecución de un robo agravado e igual delito en grado de frustración en perjuicio de una niña de cinco años, asociación para delinquir y robo agravado.
De igual modo, ratificó la acusación contra el adolescente de 15 años por el delito de resistencia a la autoridad, aprovechamiento de cosas provenientes del delito y asociación para delinquir.
En ese sentido, luego de la admisión de hechos por parte de ambos jóvenes, el Tribunal 1º de control de Responsabilidad Penal del Adolescente del estado Carabobo dictó la referida condenatoria para ambos jóvenes.
Vale recordar que conforme con lo establecido en la legislación nacional, la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, su artículo 628, y tratados internacionales suscritos por la República, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño del 26 de enero de 1990 (la cual tiene ley aprobatoria en Venezuela de fecha 20 de julio de 1990), ningún venezolano que tenga menos de 18 años puede ser sancionado a una pena mayor a los cinco años de prisión.
Es importante mencionar que por este caso fueron condenados a penas que oscilan entre 24 y 26 años José Ferreira Herrera (18), Jean Carlos Colina (19) y Nelfrend Jiménez Álvarez (21); mientras que en juicio se encuentran Alejandro Maldonado Pérez (21), Adolfo Rico Agreda (26), Franklin Cordero Álvarez (28), Leonar Marcano Lugo (32) y Eva Armas Mejías (39).
El referido día en horas de la noche, la actriz regresaba de viaje con su pareja e hija, y el vehículo en el que se trasladaban sufrió un percance a la altura del kilómetro 194 de la mencionada autopista, cerca de la población de El Cambur.
Momentos más tarde, llegó una grúa al lugar para auxiliar a la familia, cuando fueron interceptados por varios hombres que dispararon al automóvil en repetidas oportunidades, ocasionando la muerte de la pareja y heridas a la niña de 5 años de edad.
«ningún venezolano que tenga menos de 18 años puede ser sancionado a una pena mayor a los cinco años de prisión»: Eso es un enorme estímulo para los malandros que comienzan desde muy jóvenes a delinquir, y están conscientes de que hagan lo que hagan siempre les va a tocar una sentencia ínfima, lo que aumenta el grado de Impunidad y de crueldad con que cometen sus crímenes. Es un privilegio para quienes conforman el LUMPEN, la cantera fundamental de criminales, que incluso compiten entre sí por demostrar quien tiene más atracos, secuestros y asesinatos en su currículum, A quienes menos considera la alcahueta «legislación» es a las víctimas, a quienes les quitan mucho más de cinco años de vida. Ya quisieran Mónica y su esposo poder seguir existiendo luego de cinco años de ese horrible encuentro con esa banda (que ya tenía entre sus «proezas» muchos crímenes, pero con los anteriores no hubo escándalo ni movilización policial. Ni siquiera el trauma causado a su hijita lo va a poder superar luego de cinco años. Parece que hay más consideración con los victimarios que con las víctimas y sus familiares y amigos. Una vergüenza !!