Un alerta a los venezolanos!
El avance hacia la reforma constitucional y el contenido de las disposiciones constitucionales reformatorias y en proyecto, animados por la idea de transformar a Venezuela en una República Socialista y hacer de su sociedad otro tanto: una sociedad socialista, representa una violación expresa y grave a la Constitución Bolivariana de 1999. Son un atentado, por lo demás, a la manoseada idea de la democracia participativa que tanto predicara nuestro Dictador.
Si acaso cristaliza el despropósito, sea porque su autor y sus escribanos la instalan a la fuerza, sea porque los venezolanos no mostremos contundencia en su rechazo mediante el voto: hipótesis, ambas, que en todo caso y de suyo implicarían un fraude a la vigente Constitución, es bueno que sepamos, desde ahora, que si alguna vez los venezolanos fuimos entidad moral y tuvimos en nuestras manos el destino de nuestras realidades, en lo sucesivo perderemos tales atributos y mudaremos en un pueblo postizo, que nada es y nada propio tiene.
Me explico.
La Constitución de 1999, con todo y sus defectos – que no son pocos – e incluso con sus desviaciones antidemocráticas: que han hecho posible buena parte de los atropellos del poder sucedidos en el curso de los últimos ocho años, fija como concepto central que sirve de puente entre sus dos dimensiones: la de los derechos que nos pertenecen a todos, y la de la definición de la República y su organización dentro del Estado, el de la participación popular.
De un tiempo acá se nos ha dicho, para vituperar a la clásica democracia representativa, que sólo la participación realiza la democracia. Es la misma idea del Abad Sieyés durante la Revolución Francesa: “El pueblo repito, en un país que no es una democracia, no puede hablar, no puede actuar más que por medio de sus representantes”.
Ahora los venezolanos presenciamos algo insólito: el funcionamiento de una Comisión creada y nombrada a dedo por el Dictador para que le reforme “su” Constitución y empuje a Venezuela hacia los predios del socialismo marxista, y cuyas actuaciones, de paso, las ha revestido de la exigencia de la confidencialidad: contando con el ucase de las Presidentas del Tribunal Supremo de Justicia y de la Asamblea Nacional, sus correligionarias.
En pocas palabras, quien tanto habla de participación, actúa hoy como el más aberrante de los representantes. Ha secuestrado el poder y lo ejerce a su antojo, de manera unitaria, sin miramientos ni consultas, y sustituyendo a los representantes naturales del pueblo – los diputados – legisla mediante decreto y al ritmo que le dictan sus caprichos. Procede, en suma, como si los venezolanos y sus representantes encarnasen a la fuerza en su mesiánica y omnipotente figura.
Pero lo que importa a la luz de la reforma constitucional planteada – sin que esto deje ser lo fundamental – es que para hacer buena la idea de la participación – como expresión tangible de la soberanía – y con el objeto de blindar la naturaleza y esencia del modelo constitucional que ya nos diéramos en 1999, el artículo 347 de la Constitución dispone que, por ser el pueblo el depositario del poder constituyente originario, la idea de “transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico” – que supone, quiérase o no, “redactar una nueva Constitución”, sólo cabe mediante la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente.
Cualquiera que le haya dado lectura, sin solución de continuidad, a los postulados de La Nueva Etapa: El Nuevo Mapa Estratégico de la Revolución Bolivariana” (2004) y a los propósitos de Los Cinco Motores de la Revolución (2007), como a los artículos que haciendo parte de la Reforma Constitucional le dan forma a los documentos anteriores: todos a uno obra del Dictador y de sus lecturas sobre la Constitución Cubana, sabrá bien que lo planteado bajo el nombre de reforma implica la total mutación del cuerpo constitucional vigente y de su arquitectura.
Por lo pronto y mucho antes de que caigamos en el juego y en el error de discutir sobre los contenidos de la reforma en curso, creyendo que el Dictador cederá y enmendará su articulado para alcanzar su objetivo sin mayores tropiezos, cabe reiterar sobre lo esencial: la República no puede mudar su naturaleza y los derechos fundamentales que nos pertenecen mal pueden verse acotados que no sea mediante un acto de la soberanía popular originaria.
A la luz de la Constitución actual no cabe cambiarle el vestido al país para que endose los fustanes de otro modelo, que como el cubano nos es extraño en todos sus ordenes. La nueva geometría del poder, la organización de la sociedad socialista, la dominancia del Estado y de su ideología sobre la gente y sus derechos, no son posibles a través de enmiendas o de reformas al texto citado.
No olvidemos nuestros pecados.
La Constitución de 1999 nació de una violación abierta a la Constitución de 1961 y de la complacencia de la antigua Corte Suprema de Justicia: que hizo posible el mecanismo referendario y la Constituyente no contemplados en ésta. Y más luego, violando el Estatuto que rigiera sus actuaciones, dictado por el pueblo, la Asamblea Constituyente así instalada se cargo a todos los poderes públicos democráticamente electos en 1998, los clausuró y removió a todos sus titulares, sustituyéndolos por otros que impuso de espaldas al pueblo. Las graves consecuencias están a la vista y no reclaman de consideraciones ya inútiles.
Cabe, pues, la pregunta: ¿Dejáremos los venezolanos, sin protestar, sin resistir, que se nos cambie la esencia que aún le da sentido a nuestra identidad y que nos mantiene en la ilusión del reencuentro entre las dos mitades en que nos dividiera el Dictador, y aceptaremos que avance la reforma planteada a contrapelo de La Bicha, aceptando que sea violentada una vez más y por enésima vez?
Breves
• Del texto que filtrará la Comisión de Reforma Constitucional – ¿deliberadamente, con fines tácticos o movida la conciencia de alguno de sus miembros – cabe una observación que no debe pasar desapercibida. El derecho a la propiedad no es ampliado para fijar otras modalidades junto a la clásica propiedad privada, como las llamadas propiedad pública, propiedad social, propiedad colectiva, propiedad mixta, que de conjunto, libres de eufemismos, son propiedades bajo control estatal. Lo veraz es que desaparece la propiedad individual, al reducírsela a los bienes de consumo – léase los perecibles, como las caraotas o el pan que compramos cada día – y a los medios de producción legítimamente adquiridos: como el taxi o la máquina de coser o de hacer zapatos o el carrito de perros calientes y que pueden dejar de ser propios cuando el Estado, a su arbitrio, considere que lo afectan a él o a la sociedad. En cuyo caso los confiscará: no los expropiará, téngase ello presente. Se los quitará a sus poseedores, sin que medie pago alguno. Así de simple.
• La reforma constitucional, al referirse a esos dos únicos bienes que podríamos conservar como “propios”, excluye a la vivienda. No hay dudas al respecto. Ella no es un bien de consumo y tampoco un medio de producción, que serán los únicos apropiables, según el artículo constitucional reformado.