El miedo es libre
¿Estilo cha?…
Dicen Que el Presidente dijo que a su Proyecto de Reforma Constitucional no le deberían cambiar ni una coma en la Asamblea Nacional; pero, como no lo vi ni lo escuché, eso me cuesta creerlo pues significaría que Hugo Chávez Frías se está peleado con Cervantes Saavedra, Alonso de Ercilla y con Andrés Bello, entres otros próceres de la lengua española, y debe pensar que una cosa es el “Aló Presidente” en donde la lengua es torturada, asesinada, en algunos casos y abofeteada, en los menos.
También se dice que el autor del Proyecto es Carlos Escarrá y, eso si que me cuesta creerlo, pues Escarrá como profesor de derecho, ex profesor de Salamanca, y ex Magistrado, si maneja el idioma como corresponde y no chabacanamente. Por lo tanto, no le acrediten a Carlos Escarrá este adefesio jurídico.
Si revisamos, concienzudamente, el Proyecto en cuestión, veremos que si tiene problemas con las comas, que si tiene problemas con los puntos y comas, con los dos puntos, con los puntos seguidos y con los puntos apartes. Punto…
Pero, eso no es todo, en el Artículo 9º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se establece, claramente que: “el idioma oficial es el castellano”, lo cual significa que si la Constitución es aprobada con palabras inexistentes en el idioma, o no correspondientes a él, o sinónimos o antónimos, adjetivos por sustantivos o viceversa, cuyo significado no es el que se pretende que sea, como “estadal”, la Reforma debería quedar sujeta a interpretación o nulidad. Por ejemplo, en algunos artículos se habla, como dije, de estadal para referirse a estatal. ¿Qué significa estadal? De acuerdo al DRAE es “una medida de longitud” y no Estado que es una entidad Federal que goza de autonomía. Por cierto, al quitársele los poderes a los Estados estos pierden autonomía y dejan de ser federales, en otras palabras los Estados dejan de serlo. Cuestión de idioma amigos, idioma… ¿Verdad Don Quijote?…
Geopolítica y demases
Otra cosa que me ha llamado la atención en la Reforma, es que la Isla Margarita desaparece como espacio insular de Venezuela. (Del territorio y demás espacios Geográficos – Art. 11). En ese mismo artículo la Reforma propone “derechos en el espacio ultraterrestre”, siendo la Tierra redonda y que gira y se traslada en el espacio, y considerando que nuestra constelación, la Vía Láctea, a la cual pertenece nuestro sistema solar también lo hace, se me hace difícil entender como nuestros sesudos astronómicos y astrofísicos asambleístas aprobarán esto y no han enviado sus descubrimientos a Kagagistán para que los usen los rusos en sus viajes al Cosmos, como ellos denominan el espacio extraterrestre; ese artículo, de ser aprobado por nuestros parlamentarios astrónomos, nos podría colocar en una posición de agresión espacial en contra de Venus, Marte, Plutón,y todos los demás planetas y obligaría a los OVNIS a pedir permiso para entrar en nuestro espacio sideral (ultraterrestre), que no sabríamos ubicarlo por esa ley llamada Teoría de la Relatividad de Einstein, quien, por cierto, no fue un beisbolista sino que fue y sigue siendo el mayor astro-físico de la historia de la humanidad, por eso de E=mc2.
En esta reforma, obviamente, se olvidan de que en el Tratado Espacial – (ONU) – de 1966 se estipula que “el espacio ultraterrestre es patrimonio de la humanidad y que por lo tanto no puede ser objeto de expropiación”. Fíjense ustedes, ya en esos años los legisladores internacionales no querían problemas con ET, o con Nano-Nano, Superman, Flash Gordon, Dale, el doctor Zarkov, el imperialista Ming y compañía, por reacordar a algunos personajes siderales. Claro, se me olvidaba el buenote de Alf, peligro para los gatos terrestres, que por cierto tanto le gustan a Nicolás Maduro.
¿No será que el legislador, que escribió la reforma, se refería al espacio subyacente atmosférico que alcanza hasta los 11 Km. de altitud, marca superada, actualmente, por los aviones espías atómicos, que vuelan hasta 30 Km. de altura y no se reabastecen por un año?.
Otrosí
La colapsada Caracas sigue siendo la capital de la República. Yo habría puesto “por ahora”, o “mientras la autoridad no disponga lo contrario”, etc., pues si el país quiere desarrollarse algún día tendrá que cambiar el asiento de los órganos republicanos, aunque parece que vamos hacia la Monarquía Absoluta…(Y sin guillotina).
En la reforma al artículo 70, el “legislador” se olvidó de mencionar cuales serán las condiciones que deben establecerse en la Ley para “la participación y protagonismo del pueblo”. ¿Cómo entiende el legislador, el protagonismo que el DRAE define “como afán de mostrarse como la persona más calificada y necesaria en determinada actividad, independientemente de que posea o no méritos que lo justifiquen”? ¿Cómo será la cosa? Por ejemplo, casi todos los funcionarios del régimen son protagonistas, pero si a ver vamos, no son realmente personas con méritos suficientes para ejercer sus cargos; es cuestión de ver como está el país, sus condiciones sociales, políticas, de seguridad ciudadana, maletines con dólares, etc.
Pensamiento único
Otra cosa que llama mi atención, aunque debo confesar que soy politólogo y no constitucionalista, y como tal sólo me enseñaron a redactar Leyes, es que en el Artículo 18 de la Reforma, que tiene que ver con la “división política”, se establecen criterios, como el del socialismo que la Constitución vigente debería establecer en el Artículo 2º de los principios fundamentales, para que la Reforma tenga valor y no sea ilícita. Ese sistema político-económico (y religioso, para el gobierno), no aparece el la norma constitucional vigente y la Reforma plantea “la solidaridad socialista”, Para que se pueda hablar de socialismo en Venezuela, éste tiene que estar estatuido en la Constitución vigente y no contrabandeada en algunos artículos no pertinentes a los “principios fundamentales”.
Pero, eso no es todo, en este entuerto jurídico se establece el sistema socialista de facto en los artículos70-112-113-158-168-184-300 y 318. Digo de facto porque este principio cambia la estructura constitucional establecida en el Artículo 6º, que no es derogado, ni alterado, en el cual se establece el pluralismo y, al establecer el socialismo se acaba el pluralismo pues, como decía Cantinflas en su discurso famoso de “Su Excelencia”, ante la ONU, se acaban los “ismos” y se crea “el pensamiento único”, lo cual es igual a cero libertad de pensamiento y de democracia; ¿verdad? En otras palabras, la antítesis del pensamiento, de la creación y generación de ideas, del avance humanista, es el “pensamiento único”.
Demagogia Inc
En el caso de la reducción de la jornada de trabajo y la creación de un Fondo de Seguridad Social para los trabajadores independientes o por cuenta propia, ninguna de ellas necesita un cambio en la Constitución para ser instrumentada. Eso se podría decretar ahora mismo, sin necesidad de una reforma constitucional. Lo mismo se puede hacer con el ingreso de los trabajadores de la cultura a la seguridad social del país.
Otra cosa que me llama la atención, es que pareciera que al pueblo se le toma el pelo cuando se quiere establecer por medio de la Carta Magna “la mayor suma de felicidad posible”. No sé, realmente, que entiende el legislador por felicidad. Para algunos es el coito, para otros la bebida y el cigarrillo, para los más obtusos las drogas, para los garimpeiros del pensamiento la necesidad de imponer el pensamiento único para poder apropiarse de los bienes del pueblo y del Estado sin problemas; es decir, para muchos, la mayor suma de felicidad es la corrupción; pero, para los más, el poder comer por lo menos una vez al día y tener un techo digno en el cual cobijarse. En definitiva, felicidad es complacencia y buen estado de ánimo, es no ser víctima del estrés al que nos tiene sometidos el hampa y algunas acciones de los malos gobiernos.
Hay que decir que es bueno que el Estado prohíba los monopolios, lo cual se enfatiza en el Artículo 113 y que me trae a la memoria de que en Venezuela no hay monopolios privados sino estatales ¿Será que con la Reforma de la Constitución se privatizarán esos monopolios estatales?.
En este Artículo, se vuelve a insistir en el sistema socialista al hablarse de “unidades de producción socialistas”, cuestión que, como dijimos anteriormente, sería inconstitucional.
El artículo 184 trata el tema de la descentralización del “Poder Nacional, Estadal y Municipal”, y si estadal no significa estatal ¿cómo se pone en práctica este Artículo y su presunta transferencia de funciones a entes del Poder Popular?…¿Qué opina usted? ¿Considera que en lugar de haber mayor participación de las comunidades, el poder se concentrará en la figura del Presidente?.
Democracia
El Artículo 6º de la Constitución vigente, reza que Venezuela será “siempre democrático, participativo, descentralizado, responsable, pluralista y de mandatos renovables”. En la Reforma propuesta esto se acaba y, es más, se cambia la estructura fundamental de la Constitución violando ese principio amparado por el Artículo 342 de ella.
Lo mismo ocurre con la Economía. El vigente Artículo 299 y otros, de la Constitución, no es derogado por la Reforma, lo cual creará una ensalada rusa de opiniones ante la falta de claridad y/o seriedad legislativa. Si actualmente impera (aunque la verdad sea dicha, no se respeta), la libre iniciativa como motor económico, la seguridad jurídica, la protección a la pequeña y mediana industria, la promoción del Estado a la iniciativa privada, la libre competencia, la descentralización, etc. ¿Cómo se entiende que se establezca la propiedad socialista, que es lo contrario a la privada? Además, no se aclara, si la propiedad socialista sobre los medios de producción la ejercerán los trabajadores o el Estado. La práctica, hasta el momento, así como los discursos oficiales, nos dicen que la propiedad sobre los medios de producción serán de Estado y eso, no es socialismo, es Capitalismo de Estado que, en definitiva, es peor que el Neo Liberalismo que actualmente practica el régimen.
El Capitulo I de la actual Constitución, es modificado sus artículos 302-305 y 307, lo cual deja incólume la estructura económica que se pretende cambiar en artículos que nada tienen que ver con la economía nacional. En el 302, por ejemplo, se establece a darle preferencia a la “tecnología nacional”, lo cual no es discutible. En el 305 se elimina la propiedad privada agrícola de facto, así como la pecuaria, pesquera y acuícola, algo que se hizo en Cuba con el resultado que conocemos: hambre, colas, desabastecimiento, mercado negro, etc.. El artículo 307 establece la propiedad social de la tierra; es decir, el colectivismo que ha fracasado en todo el mundo menos en Israel, pero, nosotros no somos judíos…
Poder total
En el artículo 318 el Banco Central pierde su autonomía y en lugar de haberse gastado palabras en su nuevo rol, el cual es manejado desde la Presidencia, hubiera sido mejor cerrarlo y haber creado una especie de Caja de Conversión para que el gobierno manejara los dineros a su libre albedrío y no tuviera problemas en regulaciones económicas de acuerdo a sus políticas anti mercado.
Las 26 competencias entregadas al Ejecutivo Nacional (Artículo 236), son tan amplias y concentran tanto poder en el Ejecutivo, que hubiera sido mejor eliminar a la Asamblea Nacional, lo cual significaría como un 4% del PIB de ahorro a las arcas fiscales.
Entre esas competencias figura el comando total de la Fuerza Armada Nacional con atribuciones de manejo exclusivo de los ascensos, así como el uso de la fuerza para el mantenimiento del orden público, lo cual debería corresponder a los cuerpos policiales.
Finalmente, y por su importancia lo he dejado de último, el legislador propone en la Reforma Constitucional que el ya largo período presidencial de seis años pase a siete y plantea la reelección indefinida o perpetua al establecer que el Presidente “puede ser reelegido de inmediato para un nuevo período”. De esta manera, el presidente Chávez, quien va a cumplir nueve años de mandato ininterrumpido, se asegura la presidencia hasta el año 2015, por ahora, y si Dios le da una larga vida como a todos los amantes del poder omnímodo, pues se creen seres eternos… Y, hay que considerar que cuando alguien se aferra del poder indefinido es porque el miedo no tiene límites. Siempre hay miedo de rendirle cuentas al pueblo y la mejor manera de no hacerlo es permanecer en el poder hasta la muerte: César, Nerón, Calígula, Franco, Salazar, Perón, Stalin, Castro, y muchos más lo hicieron y, la historia no miente…